
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha detectado posibles infracciones al principio de neutralidad por parte de funcionarios y servidores públicos en el contexto de las Elecciones Generales 2026. Así lo informó Liz Barrera, vocera del organismo electoral, quien recordó que la imparcialidad es un deber constitucional que prohíbe a quienes ejercen función pública realizar actos a favor o en contra de organizaciones políticas.
“La neutralidad es un deber y principio constitucionalmente reconocido”, afirmó Barrera en entrevista con TV Perú. Además, señaló que los servidores públicos deben mantener una conducta imparcial durante todo el proceso electoral, cuya fecha ha sido oficialmente fijada por la Presidencia de la República para el 12 de abril de 2026 mediante el Decreto Supremo N.° 039-2025-PCM. En esa jornada se elegirá a presidente, vicepresidentes, senadores, diputados y representantes ante el Parlamento Andino.

Fiscalización continúa
Barrera explicó que la detección de estas posibles infracciones responde tanto a denuncias ciudadanas como al trabajo de los fiscalizadores del JNE, quienes operan a nivel distrital y provincial. La fiscalización incluye la revisión de medios de comunicación, redes sociales y la observación directa durante actividades públicas donde se detecten indicios de actos proselitistas.
Actualmente, el proceso se encuentra en la etapa de descargos, en la que los presuntos infractores pueden presentar sus argumentos. “Estamos en la etapa de descargos por parte del presunto infractor, los cuales van a ser analizados y posteriormente el jurado va a emitir un pronunciamiento”, indicó la funcionaria al citado medio.

El Jurado Electoral Especial (JEE) competente será la instancia encargada de determinar, tras el análisis correspondiente, si efectivamente se cometieron infracciones al deber de neutralidad. La vocera del JNE reiteró que cualquier vulneración será evaluada conforme a los procedimientos establecidos y con el objetivo de garantizar la transparencia, legalidad y legitimidad del proceso electoral.
JEE podría sancionar a Rafael López Aliaga
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro evaluará en los próximos días si sanciona al alcalde capitalino, Rafael López Aliaga, por una posible infracción al principio de neutralidad electoral. La decisión surge tras un informe del Área de Fiscalización del JEE, que identificó más de 50 espacios públicos con propaganda que incluiría la frase “Rafael López Aliaga presidente”, pintada con el color celeste característico del partido Renovación Popular.

Según el informe, estas pintas, afiches y paneles publicitarios estarían vinculados a una campaña anticipada en favor de la organización política liderada por el burgomaestre. La fiscalización sostiene que López Aliaga habría promovido su figura y la de su partido, lo cual vulneraría las disposiciones que prohíben a los funcionarios públicos realizar actos proselitistas mientras ejercen funciones.
“Podríamos inferir que la presunta intencionalidad de Rafael Bernardo López Aliaga Cazorla, a través del uso de su imagen y/o nombre habría sido el realizar proselitismo político mediante el uso de distintos medios publicitarios que vienen difundiendo propaganda electoral en favor de la organización política Renovación Popular”, se lee en el comunicado del JEE.

Pide que se archive
En su descargo ante el JEEL, el alcalde Rafael López Aliaga solicitó que se archive el expediente por supuesta infracción a la neutralidad electoral, al considerar que las acusaciones carecen de pruebas concretas sobre su participación directa. A través de un documento presentado el 10 de julio, calificó las imputaciones como “temerarias” y perjudiciales para su imagen, argumentando que no se han acreditado los elementos necesarios para configurar una falta. Además, enfatizó que la conducta cuestionada no ocurrió durante una actividad oficial ni en ejercicio de sus funciones.

López Aliaga fundamentó su defensa en el principio de legalidad consagrado en la Constitución, que prohíbe sancionar actos no previamente tipificados como infracción. Para reforzar su posición, citó jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la necesidad de que las conductas sancionables estén claramente definidas por la ley. También señaló que no fue notificado oportunamente del proceso, ya que su casilla electrónica aún se encontraba en proceso de activación.
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