
El Ministerio de Educación (Minedu) oficializó que más de 65 mis docentes, cesantes, jubilados y trabajadores administrativos del sector serán beneficiados con la reciente transferencia de S/200 millones realizada a los gobiernos regionales. El objetivo principal es el pago o amortización de la deuda social, un compromiso que responde a sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada. Los beneficiarios podrán recibir hasta S/30 mil, según los criterios establecidos.
El proceso de pago se ejecutará durante el mes de julio a través de las direcciones regionales de Educación (DRE) y las unidades de gestión educativa local (UGEL), siguiendo lo dispuesto en el Decreto Supremo N.º 134-2025-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano.
El titular del Minedu, Morgan Quero, sostuvo que este esfuerzo presupuestal “reafirma el compromiso del Estado con la mejora de la situación del magisterio y con el cumplimiento de los derechos reconocidos judicialmente”. Quero también aseguró que los docentes deben tener la seguridad de que “se avanzará de manera paulatina y sostenida en el cumplimiento del pago pendiente de la deuda social, así les expresamos nuestra gratitud”.

Criterios de pago y padrón de docentes beneficiarios
La selección de los beneficiarios y la asignación de los montos ha seguido un proceso técnico. La lista nominal, elaborada por los comités permanentes del pliego nacional y regional, fue aprobada por la Comisión Multisectorial Evaluadora compuesta por representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y del Ministerio de Justicia (Minjus). Los interesados pueden verificar si figuran en el padrón de beneficiarios ingresando a la web oficial del Minedu, en el apartado de financiamiento: https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/financiamiento.php.
Los criterios de priorización establecidos en el Decreto Supremo N° 001-2025-MINEDU determinan la asignación de montos: el primer grupo recibirá hasta S/30 mil; el segundo, hasta S/10 mil; el tercero, hasta S/3.000, y el cuarto, hasta S/2.500. La medida apunta a beneficiar a quienes poseen sentencias judiciales firmes y que formaban parte de la deuda social.
¿Qué es la deuda social?
La deuda social en el ámbito educativo peruano tiene su origen en una serie de conceptos acumulados a lo largo de los años. Según información oficial del Ministerio de Educación, esta deuda incluye la asignación por años de servicios, subsidios por luto, gastos de sepelio, la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, así como incentivos vinculados al desempeño en el cargo y la elaboración de documentos de gestión. Cada uno de estos conceptos representa derechos laborales reconocidos a los trabajadores del sector, pero que, por diversas razones presupuestales y administrativas, no siempre se han pagado oportunamente.
La identificación de los beneficiarios de estos pagos sigue un proceso riguroso. La lista se elabora inicialmente por los comités permanentes del pliego nacional y de los pliegos regionales, quienes revisan los expedientes y determinan quiénes cumplen con los requisitos para acceder a los beneficios. Posteriormente, la Comisión Multisectorial Evaluadora, integrada por representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus), revisa y aprueba la relación definitiva. Este procedimiento busca garantizar la transparencia y la equidad en la distribución de los recursos destinados a saldar la deuda social.
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