Indecopi fijó una sobretasa de US$ 64.6 por tonelada a las importaciones de alambrón sin alear de China

La medida provisional responde al crecimiento de las importaciones chinas y el daño financiero sufrido por Aceros Arequipa, principal fabricante nacional del insumo

Guardar
Indecopi atendió la solicitud de
Indecopi atendió la solicitud de la empresa peruana Corporación Aceros Arequipa S.A. (CAASA), que denunció que las importaciones del alambrón de acero de China | Foto cortesía: Raminatrans

Luego de una denuncia presentada por la empresa Corporación Aceros Arequipa S.A. (CAASA), la Comisión de Dumping y Subsidios del Indecopi resolvió imponer derechos antidumping provisionales (sobretasas) a las importaciones de alambrón de acero sin alear originario de China, que en los últimos años ingresaba al mercado peruano a precios artificialmente bajos.

La empresa nacional, que representa el 100% de la producción local de este insumo, presentó en octubre de 2024 una solicitud formal argumentando que estas prácticas comerciales desleales estaban provocando un deterioro severo en sus indicadores económicos y financieros.

Según el análisis técnico, entre 2021 y 2024, las importaciones chinas crecieron más de 130% y lograron una participación de 99% del mercado importador en el segundo semestre de 2024, afectando la competitividad de la producción nacional.

“No se trata solo de una distorsión de precios, sino de un riesgo directo para la sostenibilidad de toda una cadena industrial”, señaló una fuente vinculada a la empresa denunciante.

Una industria en riesgo

El alambrón de acero es un insumo fundamental para sectores como la metalurgia, la construcción y la infraestructura. En Perú, es transformado en productos como clavos, alambres, mallas y partes de estructuras metálicas. Frente al crecimiento acelerado de las importaciones chinas a precios por debajo del costo nacional, CAASA vio cómo sus utilidades operativas se desplomaron casi 90% y sus márgenes de ganancia cayeron más de 17 puntos porcentuales.

Además, el precio promedio de venta interna de CAASA se redujo en 18.3%, una baja que, según el informe técnico, no pudo ser explicada por causas ajenas al dumping.

Medida provisional de contención

Tras analizar el caso, la Comisión del Indecopi determinó aplicar derechos antidumping provisionales de US$ 64.6 por tonelada de alambrón importado desde China. Esta medida, que se dispone oficialmente en la Resolución N° 092-2025/CDB-INDECOPI, estará vigente por cuatro meses y busca evitar que el daño económico a la industria nacional se agrave mientras se completa la investigación.

El procedimiento se inició en enero de este año, pero hasta el momento ninguna de las 20 empresas exportadoras chinas contactadas respondió al cuestionario oficial. En contraste, nueve importadoras locales sí presentaron observaciones.

La decisión marca un precedente clave en la defensa de la producción nacional frente a prácticas de competencia desleal. Si los hallazgos se confirman al cierre de la investigación, los derechos antidumping podrían convertirse en permanentes por un período de hasta cinco años.

¿Qué son derechos antidumping?

Los derechos antidumping son sobretasas que se aplican a las importaciones de productos que se comercializan a precios dumping y que causan daño a la industria nacional. El dumping es una práctica desarrollada por aquellas empresas que exportan un producto a un precio menor al que cobran en su mercado doméstico.

¿Cómo contactarse con Indecopi?

Para contactarse con Indecopi y presentar un reclamo, denuncia o consulta, puede utilizar diversos canales, incluyendo llamadas telefónicas, correo electrónico, mesa de partes virtual y presencial, o a través de la plataforma “Reclama Virtual”.

Canales de contacto con Indecopi:

  • Telefónico:
    • En Lima: 224-7777. 
    • Desde regiones (llamada gratuita): 0-800-44040. 
  • Correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe.