
Cientos de peruanos con abuelos españoles están frente a una oportunidad única para obtener la nacionalidad española a través de una vía legal abierta por la Ley de Memoria Democrática (LMD). La norma permite a los nietos de exiliados españoles acceder al reconocimiento de su vínculo familiar con España, lo que ha generado una creciente ola de solicitudes en consulados de América Latina.
Hasta el 20 de octubre de 2025, los interesados podrán iniciar el proceso de solicitud en virtud de esta norma aprobada en octubre de 2022. A partir del 21 de octubre, ya no se permitirá presentar nuevas solicitudes bajo este mecanismo. La disposición adicional octava de la ley, que establece tres supuestos para optar a la nacionalidad, dejará de estar vigente desde esa fecha.
La mayoría de solicitudes proviene de nietos de españoles que emigraron tras la Guerra Civil o durante la dictadura. El proceso suele comenzar con la búsqueda de partidas de nacimiento u otros documentos que acrediten el origen español del abuelo o abuela, muchos de ellos conservados en archivos saturados por la alta demanda.
Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, las solicitudes por LMD casi se triplicaron en 2024 respecto al año anterior. Sin embargo, los retrasos en consulados han afectado la inscripción de expedientes en los registros civiles, paso necesario para acceder a documentos como el DNI o el pasaporte.

¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad española según la LMD?
La Ley 20/2022, de Memoria Democrática, contempla una vía extraordinaria para que ciertos descendientes de españoles adquieran la nacionalidad española. Según su disposición adicional octava, pueden solicitarla:
- Las personas nacidas fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
- Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen conforme al derecho de opción, de acuerdo a lo dispuesto en esta ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007 (Ley de Memoria Histórica).
Aunque la ley no menciona específicamente a ciudadanos peruanos, sí los contempla plenamente, ya que el criterio se basa en la ascendencia y no en la nacionalidad del solicitante. Al igual que en otros países de América Latina que recibieron el exilio español, los peruanos que cumplan con alguno de estos supuestos tienen derecho a presentar su solicitud.

¿Qué deben hacer los interesados en Perú?
Los ciudadanos peruanos que crean cumplir con alguno de los tres supuestos anteriores deben seguir tres pasos clave:
- Consultar con el Consulado de España en Lima: Es indispensable confirmar la elegibilidad, recibir orientación y solicitar cita previa para iniciar el trámite. cog.lima@maec.es
- Reunir la documentación exigida: Esto incluye certificados de nacimiento, matrimonio, pasaportes antiguos o documentos que acrediten la nacionalidad española del ascendiente, así como pruebas documentales de su exilio o pérdida de nacionalidad.
- Presentar la solicitud: El trámite se realiza en el consulado correspondiente. Allí se verificará la documentación y se dará inicio al expediente, que deberá resolverse antes del cierre del plazo.
Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España, los interesados deben formalizar la declaración de opción dentro del plazo de dos años establecido por la ley.

La normativa también contempla la posibilidad de prórroga por un año adicional, que solo podría aplicarse mediante un Acuerdo del Consejo de Ministros. Hasta el momento, no se ha anunciado ninguna extensión oficial del plazo vigente, por lo que se mantiene la fecha límite de octubre de 2025.
Para más información sobre el proceso y requisitos para solicitar la nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática, se recomienda consultar directamente con el Consulado de España en Lima o visitar el sitio web oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.
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