La nueva Ley de Turismo promueve la erosión y enanismo fiscal: Zonas Especiales de Desarrollo tampoco ofrecen incentivos inmediatos

Contra la pared. Perú aprueba una nueva Ley General de Turismo con exenciones fiscales históricas, pero con serias dudas sobre su implementación, transparencia y equidad en torno a zonas con 0% de renta hasta 2030

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La ZEDT del Mincetur ofrece
La ZEDT del Mincetur ofrece una estructura escalonada de beneficios fiscales: durante los primeros 5 años, las empresas tributarán 0% de renta. Del sexto al décimo año, la tasa subirá a 10%, y del undécimo al decimoquinto año, se aplicará un 15%. Lo normal es 29,5%.

Lejos de constituir una solución inmediata para el desarrollo del sector, la Nueva Ley General de Turismo, impulsada desde el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y el Congreso de la República, supone un serio riesgo en materia de implementación, transparencia y equidad.

La ausencia de reglamentación, la falta de estudios de impacto y la ambigüedad en las definiciones legales configuran un escenario en el que los beneficios fiscales anunciados aún permanecen en el terreno de la expectativa, más que en el de la realidad jurídica y económica.

Nueva Ley de Turismo en Perú genera dudas sobre beneficios fiscales, ¿Quién paga?

El tributarista Rafo Inurritegui explica que la ley introduce las denominadas Zonas Especiales de Desarrollo Turístico (ZEDT), con tasas de 0% de Impuesto a la Renta, mecanismos de depreciación acelerada y deducciones fiscales atractivas. Estas medidas, en teoría, convertirían a las ZEDT en un entorno sumamente favorable para los inversionistas, por lo que Mincetur espera no menos de US$1.000 millones en nuevas inversiones solo al 2030.

No obstante, la entrada en vigor de estos incentivos está lejos de ser automática. “La publicación de la ley no significa que sus beneficios ya estén vigentes”, enfatiza el especialista. En la actualidad, las ZEDT no existen jurídicamente ni producen efecto tributario alguno, ya que su creación depende de la declaración de interés nacional mediante una ley específica.

Machu Picchu. Otro mástil es
Machu Picchu. Otro mástil es el acceso, hasta el 31 de diciembre de 2028, al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para inversiones turísticas que contemplen un mínimo de 1 millón de dólares.

Además, resulta imprescindible la emisión de reglamentos que definan aspectos fundamentales como la inversión mínima requerida, las actividades consideradas principales o accesorias y las condiciones para acceder al régimen. Mientras estos requisitos no se cumplan, los artículos 24 y siguientes de la ley son inaplicables.

No existe derecho adquirido ni base legal para aplicar ninguna tasa cero en el marco de las ZEDT, lo que significa que los inversionistas interesados deberán esperar a que el Congreso y el Ejecutivo avancen en la reglamentación y declaración formal de estas zonas”, señala el experto. ¿Y cuáles serán estas zonas, y bajo qué criterio se elegirán?

Mincetur: Zonas Especiales de Desarrollo Turístico no ofrecen incentivos inmediatos

Pero también están los beneficios fiscales previstos fuera de las ZEDT de la ministra Desilú León, regulados en el artículo 25 de la ley. Entre estas medidas se encuentran la depreciación acelerada, deducciones especiales para servicios turísticos o artesanales y el acceso excepcional al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV (Decreto Legislativo 973).

Sin embargo, su entrada en vigor también está condicionada a la emisión de reglamentos que especifiquen montos mínimos para la inversión de los nuevos operadores, los procedimientos, los formatos de declaración y otras condiciones operativas que disponen entidades como la SUNAT.

El nuevo régimen también cambia
El nuevo régimen también cambia la Ley General de Aduanas y el Régimen de Admisión Temporal de Aeronaves para reducir los costos que enfrentan las aerolíneas y, presuntamente, facilitar la apertura de nuevas rutas, la creación de tarifas más accesibles y la adquisición de flotas modernas. Una quimera. Crédito: FENTA

Hasta que estos reglamentos no se publiquen, los potenciales beneficiarios no podrán ejercer plenamente sus derechos, aunque la fecha de inicio esté fijada en 2026. Seis meses tienen tanto Ejecutivo como Congreso para materializarlo.

“No hay incentivo vigente hasta que existan reglamentos y se declaren por ley específica. Otros beneficios fuera de las ZEDT: rigen desde 2026, pero también requieren reglamentación para ser realidad”, asegura Inurritegui.

Nueva Ley de Turismo, sin impacto de costos y promoviendo el enanismo fiscal

Francisco Pantigoso, profesor de Derecho de la Universidad del Pacífico, identifica una serie de riesgos y vacíos en la nueva normativa. El docemte destaca que el régimen tributario preferencial en las ZEDT contempla exoneraciones agresivas sin un estudio de impacto fiscal previo, lo que podría comprometer la sostenibilidad de las finanzas públicas.

Para Pantigoso, esta ausencia de análisis técnico “genera incertidumbre sobre los efectos reales de la ley en la recaudación y en la equidad del sistema tributario”.

Tridente. La nueva Ley de
Tridente. La nueva Ley de Turismo introduce incentivos como la depreciación acelerada del 20% anual para los ejercicios 2026 y 2027, aplicable a inmuebles vinculados a hospedaje, gastronomía o espectáculos culturales. (Foto: Sernanp)

Otro aspecto crítico señalado por Pantigoso es la prohibición de subcontratación dentro de las ZEDT, una restricción operativa que podría afectar la viabilidad de ciertos proyectos turísticos, especialmente aquellos que requieren flexibilidad en la gestión de servicios y recursos humanos.

Además, el acceso a los beneficios fiscales está limitado a nuevos sujetos jurídicos, lo que implica una exclusividad para nuevas empresas y podría excluir a actores locales preexistentes -o subdividirlos-, generando tensiones y posibles distorsiones en el mercado. Esto pone al sector a un paso del enanismo fiscal.

Ambigüedad legal en la Ley de Turismo podría generar conflictos administrativos

La falta de definiciones precisas en la ley constituye otro motivo de preocupación. Términos clave como “actividades principales” o “errores involuntarios” carecen de una delimitación clara, lo que abre la puerta a interpretaciones discrecionales y a posibles conflictos en la aplicación de los beneficios.

Pantigoso también advierte sobre la evaluación y fiscalización limitada prevista en la normativa, lo que incrementa el riesgo de discrecionalidad en la pérdida de beneficios y en el seguimiento de las inversiones comprometidas.

¿Nueva Ley de Turismo? En
¿Nueva Ley de Turismo? En adelante, Mincetur permitirá la deducción del 50% de los gastos en servicios turísticos y artesanales, a fin de estimular la inversión y el consumo en actividades relacionadas.

Finalmente, el profesor de la Universidad del Pacífico subraya el peligro de posibles distorsiones competitivas derivadas de los incentivos desbalanceados, que pueden afectar la equidad entre los distintos actores del sector turístico.

La combinación de exoneraciones fiscales, restricciones operativas y falta de claridad normativa podría generar un entorno desigual, en el que algunos operadores se beneficien en detrimento de otros, sin que existan mecanismos efectivos de control y corrección. ¿Será realmente lo que necesitaba el sector?

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