Pensión mínima de S/600 será para quienes tengan 240 aportes en AFP, afirma el MEF

El Ministerio de Economía y Finanzas propone un esquema que garantiza un ingreso mensual básico solo a quienes acrediten aportes suficientes y un saldo mínimo en su cuenta individual para asegurar la sostenibilidad del sistema privado

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Autoridades advierten que un octavo
Autoridades advierten que un octavo retiro de fondos AFP implicaría la salida de más de 26 mil millones de soles. - Crédito Infobae/Paula Díaz

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) precisó los requisitos que se exigirán para acceder a la pensión mínima de 600 soles en el Sistema Privado de Pensiones (AFP), en el marco de la propuesta de reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano. Para ello, los afiliados deberán acreditar 240 aportes acumulados a lo largo de su vida laboral y contar con un saldo mínimo en su fondo.

Equivalencia con la pensión mínima de la ONP

Según la propuesta normativa presentada por el titular del MEF, Raúl Pérez Reyes, en la Comisión de Economía del Congreso de la República el martes 3 de junio, el monto de la pensión mínima en las AFP se equiparará con el establecido actualmente para los jubilados de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), que es de 600 soles mensuales.

El ministro explicó que el objetivo es igualar condiciones básicas entre los sistemas público y privado de pensiones, asegurando un piso mínimo para quienes hayan tenido un nivel sostenido de aportes. “La idea es que quien aportó durante 240 meses, no consecutivos, sino acumulados, y tiene un fondo, por ejemplo, de 5,000 soles, esa persona recibirá una pensión de 600 soles al mes”, indicó Pérez Reyes.

240 aportes acumulados: no necesariamente consecutivos

El requisito de 240 aportes corresponde a aproximadamente 20 años de contribuciones a lo largo de la vida laboral del afiliado, pero el ministro aclaró que no es necesario que esos pagos sean consecutivos. “Lo único que se pide es que, además de tener un saldo en un monto de 5,000 o 20,000 soles en su fondo, también tengan aportes por 240 meses a lo largo de su vida laboral”, detalló.

La propuesta del reglamento busca
La propuesta del reglamento busca igualar el monto mínimo con la ONP en el sistema previsional peruano. (Composición: Infobae)

Esto significa que un trabajador formal podría cumplir el requisito incluso con períodos de interrupción laboral o informalidad, siempre que al final de su vida activa acumule esos 240 pagos. “Si una persona trabaja 40 años, quiere decir que la mitad de su vida laboral tendría que haber hecho aportes al sistema de pensiones. Si eso ocurre, entonces tiene derecho a los 600 soles de pensión mínima”, añadió el ministro.

El planteamiento busca reconocer el esfuerzo contributivo sostenido de los trabajadores, aunque sea irregular, e incentivar la formalidad y el ahorro previsional a largo plazo.

Saldo mínimo en el fondo: condición adicional

Además del requisito de los 240 aportes acumulados, el reglamento establece que el afiliado debe tener un saldo mínimo en su cuenta individual. El ministro mencionó como referencia montos de 5,000 o 20,000 soles. La idea es que el fondo acumulado contribuya a financiar la pensión mínima, reduciendo la carga fiscal o el eventual subsidio estatal necesario para cubrir la diferencia.

Esta medida busca desalentar el retiro masivo de fondos y promover la capitalización individual. “Por eso es importante que las personas no retiren su fondo, tengan alguna cantidad determinada y continuamente estén aportando”, subrayó Pérez Reyes.

El MEF plantea que afiliados
El MEF plantea que afiliados al sistema privado tengan 240 aportes acumulados para recibir la pensión mínima de 600 soles. EFE/Stringer/Archivo

El MEF espera que este diseño evite la descapitalización de las cuentas individuales y preserve la sostenibilidad del sistema de pensiones, al tiempo que otorga una garantía de ingreso mínimo en la vejez para quienes cumplan las condiciones.

El ministro advierte sobre impacto de un eventual octavo retiro

En su presentación ante el Congreso, el titular del MEF también abordó la discusión legislativa sobre la posibilidad de un octavo retiro de los fondos de las AFP. Pérez Reyes advirtió que permitir otro retiro extraordinario implicaría la salida de 26,320 millones de soles adicionales del sistema privado de pensiones.

El ministro detalló que, sumados a los retiros ya aprobados desde 2020, el monto total extraído alcanzaría los 141,000 millones de soles, lo que representa aproximadamente el 83 % de los fondos que existían antes de la pandemia (171,000 millones de soles en total). Según sus estimaciones, un octavo retiro dejaría a unos 8.6 millones de afiliados sin saldo en sus cuentas individuales.

“Si se aprueba este octavo retiro, pasaríamos a más o menos unos 8.6 millones de afiliados que no tendrían cuenta”, manifestó el ministro, enfatizando la preocupación del Ejecutivo sobre el debilitamiento del sistema previsional y la reducción de la cobertura para la población en edad de jubilación.

Reforma previsional y debate parlamentario

La Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, aprobada por el Congreso y observada por el Ejecutivo antes de su posterior promulgación por insistencia, busca unificar reglas mínimas para la protección de los jubilados. El reglamento propuesto por el MEF aún está en discusión y deberá ser aprobado formalmente para entrar en vigencia.

El tema ha generado un intenso debate político y social en Perú. Mientras algunos congresistas y sectores sindicales demandan mayor flexibilidad para los retiros de fondos, el Ejecutivo y expertos en economía alertan sobre el riesgo de vaciar el sistema previsional y comprometer la seguridad económica de millones de peruanos en su vejez.

Por ahora, la propuesta de reglamento intenta encontrar un equilibrio entre proteger el ahorro previsional y ofrecer una pensión mínima garantizada para quienes hayan demostrado un nivel razonable de aportes. El MEF insistió en que la clave está en mantener la disciplina de ahorro a largo plazo y fortalecer la cobertura contributiva.