
El Instituto Nacional Materno Perinatal (INMP) modificó su guía de procedimiento para aborto terapéutico, una medida que ha encendido alertas en colectivos de derechos humanos y salud pública.
La nueva directiva, oficializada a través de la Resolución Directoral N.° 200-2025-DG-INMP/MINSA, reduce de quince a once los supuestos médicos bajo los cuales se puede aplicar esta intervención, eliminando las causales vinculadas a la salud mental de la gestante.
El cambio fue promovido por la congresista Milagros Jáuregui de Aguayo, de la bancada Renovación Popular, quien en una nota de prensa celebró que se haya retirado lo que calificó como “causales agregadas irregularmente” a la guía anterior, emitida en el 2024.
¿Qué cambios específicos se han realizado?
La nueva resolución dejó sin efecto la anterior guía emitida hace tan solo un año atrás. Se trata de escenarios que afectan directamente la salud mental de la persona gestante.
Las causales retiradas incluían el cuadro clínico de psicosis puerperal, con riesgo de suicidio u homicidio, el embarazo con feto con malformaciones congénitas incompatibles con la vida y el daño a la salud mental en casos de embarazo producto de violación sexual en niñas y adolescentes, y otras patologías que pusieran en riesgo la salud física y mental, fundamentadas por una junta médica.

Según la congresista Milagros Jáuregui, la razón para el retiro de estas precisiones de debe a que las causales “no se encuentran contempladas en la guía nacional y fueron agregadas en forma irregular a la guía del Instituto Nacional Materno Perinatal.”
Sin embargo, la guía sí reconoce el daño grave a la salud física o mental de la gestante como causal válida, conforme al artículo 119 del Código Penal. Es en ese marco que se incluyeron, desde 2024, escenarios clínicos específicos. Además, estas causales fueron avaladas por nueve sociedades científicas y el Colegio Médico del Perú.
Según Chávez, estos supuestos permitían dar mayor certidumbre a los médicos tratantes y facilitar la atención cuando se trataba de menores en estado crítico. Además, estos casos no llegaban por detección espontánea, sino porque las familias solicitaban atención médica, por lo que retirar estas causales solo restringe el acceso.
“Los hospitales siguen obligados a atender a las niñas. Esta modificación no deroga la ley, pero sí quita herramientas que daban respaldo a los profesionales”, aclaró Chávez.
La interrupción legal del embarazo por razones terapéuticas está permitida en Perú cuando existe riesgo grave para la vida o salud de la mujer gestante. Este derecho no ha sido eliminado, pero sí restringido. La guía nacional, basada en el artículo 119 del Código Penal, continúa vigente, pero ahora sin considerar explícitamente afectaciones graves a la salud mental como causal suficiente.
Impacto en niñas víctimas de violencia sexual
Organizaciones defensoras de los derechos sexuales y reproductivos consideran que esta modificación representa un retroceso grave. Para Susana Chávez, obstetra y directora de Incidencia de Promsex, la exclusión de estas causales invisibiliza realidades urgentes, como el embarazo forzado en niñas producto de violación.
Chávez explicó que el reglamento vigente desde 2014 fue producto del caso de LC, una niña víctima de violación desde los 9 años, la cual intentó suicidarse tras ser criminalizada y obligada a continuar un embarazo. El caso fue condenado por las Naciones Unidas y permitió la implementación de protocolos de atención para la maternidad no deseada. Desde entonces, se empezó a ampliar ligeramente el acceso al aborto terapéutico en contextos complejos.

La especialista remarcó que en Perú la mitad de los embarazos por violación que hemos documentado en los últimos años corresponden a niñas. El cuerpo de una menor no está preparado para gestar, y obligarla es exponerla al riesgo mortal, sostuvo Chávez.
El incumplimiento del Estado Peruano ante menores en estado mortal
Uno de los antecedentes más dolorosos que dio pie a la revisión de la guía fue el caso de Camila, una niña de trece años obligada a continuar con su embarazo tras una violación. No solo fue criminalizada por la Fiscalía, sino que el Ministerio de Salud le negó atención psicológica y el Ministerio de Educación no le otorgó la beca para continuar sus estudios.
A raíz de este caso, el Comité de Derechos del Niño de la ONU condenó al Estado peruano e instó a garantizar la despenalización del aborto en casos de embarazo infantil. Sin embargo, el Estado no ha cumplido con adecuar su protocolo nacional a las recomendaciones internacionales, ni ha reforzado la protección de niñas embarazadas producto de violencia sexual. Para Chávez, el nuevo protocolo desprotege aún más a niñas y adolescentes en contextos de alta vulnerabilidad.
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