Pago triple el 29 de junio: esto debes saber si trabajas en feriado nacional

El feriado coincide con un domingo. Solo quienes laboren ese día sin compensación tendrán derecho a tres pagos distintos, según la ley

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El feriado del 29 de
El feriado del 29 de junio es oficialmente un día no laborable remunerado para todos los trabajadores del sector público y privado. | Composición Infobae Perú

El próximo domingo 29 de junio de 2025 será feriado nacional en el Perú, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, que reconoce esta fecha como día no laborable tanto para el sector público como el privado. Sin embargo, este año, el feriado coincide con un domingo, lo que genera dudas sobre su aplicación real en los centros de trabajo.

Frente a esta situación, el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) ha brindado una serie de precisiones destinadas especialmente a los trabajadores del sector privado. La principal: si una persona labora ese domingo sin descanso sustitutorio, le corresponde una triple remuneración.

El cálculo no se basa en tres sueldos diferentes, sino en tres componentes: el pago normal del día feriado (que ya está incluido en la remuneración mensual o quincenal), el pago adicional por haber trabajado ese día, y una sobretasa del 100% por hacerlo en un feriado nacional.

A modo de ejemplo, el gremio empresarial indicó que si un trabajador gana 1,500 soles mensuales, lo que equivale a 50 soles diarios, entonces debería recibir 150 soles por laborar el 29 de junio: 50 soles como pago del feriado, 50 soles por trabajar ese día, y 50 soles adicionales por la sobretasa.

Pescadores van en procesión detrás
Pescadores van en procesión detrás de la representación de San Pedro, transportada en un bote, en Pucusana, el jueves 29 de junio de 2023. (AP Foto/Martín Mejía)

Este tipo de situaciones no son nuevas, pero sí suelen generar confusión entre empleadores y trabajadores, especialmente cuando un feriado nacional coincide con el día de descanso semanal obligatorio, como es el caso del domingo. La diferencia clave está en si se trabaja o no, pues quienes descansen ese día no reciben pago adicional, ya que el feriado se superpone con su descanso habitual.

Estas disposiciones son de aplicación nacional y están vigentes para todos los trabajadores formales del sector privado, sin importar si laboran en oficinas, servicios, comercio o industrias.

San Pedro, San Pablo y el Día del Pescador

Más allá del aspecto laboral, el 29 de junio también concentra tradiciones religiosas y culturales de larga data en el país. Ese día se conmemora el Día de San Pedro y San Pablo, una festividad católica que recuerda el martirio de los dos apóstoles en Roma y que tiene una especial relevancia en varias ciudades del Perú.

San Pedro es considerado el patrón de los pescadores, por lo que en localidades costeras como Chorrillos, Pucusana, Callao, Chimbote, Ilo o Iquitos, es común que se realicen procesiones acuáticas. En estas celebraciones, pescadores locales sacan a los santos en embarcaciones decoradas, acompañados por música, oraciones, flores y cánticos.

Devotos de San Pedro. (AP
Devotos de San Pedro. (AP Foto/Martín Mejía)

Por esta razón, el 29 de junio también se conoce como el Día del Pescador. Ambas festividades se fusionan en una misma jornada que combina lo espiritual con lo popular. Aunque no es un feriado doble, sí concentra una importante carga simbólica para quienes viven del mar o rinden tributo a esta actividad ancestral.

En los puertos y caletas del país, se acostumbra a pedir por faenas seguras y abundantes, en una especie de ritual que mezcla devoción, agradecimiento y esperanza. Los preparativos suelen comenzar días antes y pueden incluir ferias, misas, concursos y espectáculos artísticos.

De hecho, para muchas comunidades pesqueras, el Día de San Pedro no solo representa una fecha religiosa, sino también una forma de reafirmar su identidad y recordar que su trabajo está expuesto al riesgo, a la incertidumbre del mar y al vaivén de las corrientes.

Aunque el calendario lo marque como una jornada de descanso, en la práctica, miles de personas estarán activas: algunos por fe, otros por cultura, y otros más por necesidad laboral. Para estos últimos, la legislación ofrece un marco que reconoce su esfuerzo económico con una compensación adicional.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordaron en otras fechas similares que el cumplimiento de este pago es obligatorio y forma parte de los derechos fundamentales del trabajador. De ocurrir omisiones, se pueden presentar reclamos a través de canales formales.