
La Comisión de Economía del Congreso de Perú aprobó recientemente el dictamen del proyecto de ley 7868, que propone la creación de un registro obligatorio para medios digitales, influencers, creadores de contenido y otras plataformas similares que deseen contratar con el Estado.
Según informó el Congreso, esta medida busca establecer un marco normativo que regule la contratación de servicios de publicidad digital por parte de las entidades públicas, con el objetivo de garantizar transparencia, equidad y eficiencia en el uso de los recursos públicos.
Sin embargo, diversas entidades técnicas especializadas, como la Dirección de Adquisiciones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), han denunciado una posible vulneración a las competencias del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), además de restringir la libre competencia entre estos prestadores.
Influencers deberán tener un registro para contratar con el Estado
El congresista Ilich López, presidente de la Comisión de Economía, explicó que el proyecto responde a una brecha regulatoria en la legislación actual, que se centra en los medios tradicionales y deja fuera a las plataformas digitales. Durante la sesión del 4 de junio,
López señaló que el registro será un instrumento obligatorio para acceder a los procesos de contratación estatal en el ámbito digital. Según detalló, el proyecto también incluye definiciones específicas sobre los sujetos que podrán participar en estos procesos, como páginas web, redes sociales, streamers y líderes de opinión.

No obstante, el dictamen en cuestión establece que el 75% de la inversión publicitaria estatal destinada a plataformas digitales deberá contratarse con medios que sean titulares de servicios de radiodifusión sonora o televisión (como RPP TV o ATV Noticias por YouTube), mientras que solo el 25% podrá dirigirse a redes sociales como TikTok, Instagram o Twitter.
Este punto ha generado cuestionamientos, ya que no se presentó un sustento técnico que justifique la distribución porcentual de la inversión, según observaciones del MEF.
Solo el 25% de la publicidad estatal con influencers podrá ser vista en sus canales
El proyecto de ley, titulado “Ley que crea el registro de medios digitales y regula los criterios para la inversión del Estado en publicidad”, tiene como finalidad promover la transparencia en todos los niveles de gobierno respecto a las contrataciones de publicidad digital.
Además, establece que la implementación y administración del registro estará a cargo de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). Este registro será aplicable a todas las instituciones del sector público, incluyendo el Poder Ejecutivo, gobiernos regionales, municipalidades y organismos autónomos.

Entre los requisitos para acceder a la contratación de publicidad estatal, el proyecto exige que las plataformas digitales cuenten con un plan de comunicación estratégico, un sistema de medición de impactos auditable, y un Registro Único de Contribuyentes (RUC) con una antigüedad mínima de tres años.
También se requiere inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) con al menos dos años de antigüedad, así como domicilio legal en Perú. Estas condiciones han sido objeto de críticas por parte del MEF, que considera que podrían restringir el universo de proveedores y carecen de un sustento técnico adecuado.
Influencers: Ley de publicidad digital enfrenta oposición por medidas restrictivas
Durante el debate en las comisiones del Congreso, el proyecto recibió observaciones de diversas instituciones. El MEF cuestionó la necesidad de crear un nuevo registro, argumentando que ya existe el Registro Nacional de Proveedores, administrado por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), que cumple funciones similares. Además, señaló que el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) ya registra y difunde información sobre todas las contrataciones públicas, incluyendo servicios digitales.
Por su parte, la Asociación Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR) coincidió en que no es necesario crear un nuevo registro, ya que el RNP puede ser adaptado para incluir los requisitos específicos del proyecto. También expresó su preocupación por el artículo que establece que el 75% de la inversión publicitaria estatal debe dirigirse a plataformas de radiodifusión o televisión, calificándolo como una medida que carece de sustento jurídico y estadístico.
La PCM, a través de su Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, declaró que el proyecto no es viable, argumentando que las plataformas existentes ya cumplen con las funciones propuestas y están alineadas con la normativa vigente de gobierno digital. Además, destacó que la creación de un nuevo registro podría generar duplicidad de funciones y aumentar la burocracia.

Debate sobre publicidad estatal se intensifica tras dictamen en el Congreso
Pero la nueva ley tampoco dará carta libre. El proyecto incluye prohibiciones específicas, como la contratación con medios digitales que no cumplan con los requisitos establecidos, el uso de recursos destinados a otros fines para publicidad digital, y la utilización de la imagen o nombre de funcionarios públicos en gestión. Asimismo, establece que las entidades públicas deberán informar trimestralmente sobre los gastos realizados en publicidad digital a través de un portal web.
Mientras llega al Pleno, el proyecto sigue generando debate entre los propios legisladores, actores del mercado y las instituciones involucradas, mientras se evalúan las observaciones presentadas. La discusión se centra en la necesidad de garantizar la transparencia en las contrataciones de publicidad digital, pero sin imponer restricciones que puedan limitar la participación de proveedores o generar costos adicionales para el Estado.
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