
El congresista Edward Málaga Trillo presentó un proyecto de ley que busca modificar la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) para permitir la publicación de encuestas electorales hasta 24 horas antes del inicio de las votaciones, así como la eliminación de la obligatoriedad de la conocida ley seca.
La iniciativa, denominada “Proyecto de ley que modifica los artículos 191 y 351 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones”, tiene como objetivo flexibilizar las restricciones existentes. De acuerdo con el texto del proyecto, las proyecciones electorales podrán publicarse hasta un día antes de la jornada electoral, siempre que cumplan con los estándares técnicos establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE); y la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas será, de manera excepcional, en determinadas zonas.
El proyecto también detalla que el incumplimiento de la modificación del artículo 191 será sancionado por el JNE con multas que oscilan entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), las cuales se convertirán en recursos propios del organismo electoral, lo que podría fortalecer su capacidad operativa y de supervisión.
Sobre el segundo punto precisa que la imposición de ley seca deberá hacerse mediante resolución debidamente motivada, e iría desde las 8:00 horas del día anterior al día de la votación, hasta el cierre de los locales de votación. “Dicha resolución debe ser publicada en el diario oficial El Peruano con una anticipación mínima de quince (15) días calendario a la jornada electoral, señalando de manera expresa la justificación, el ámbito territorial y las condiciones específicas de la restricción”, se lee.

Asimismo, se precisa que las municipalidades provinciales o distritales pueden establecer medidas complementarias, previa coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y la Policía Nacional del Perú (PNP), “en función de antecedentes comprobados que evidencien riesgos para el proceso electoral en su jurisdicción.”
¿Cuáles son los argumentos?
La iniciativa a favor de la extensión de publicar encuestas expone que la restricción de siete días previos constituye una afectación significativa al derecho constitucional a la libertad de información, expresión y prensa, derechos fundamentales consagrados en el artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Además, impide que el ciudadano acceda a información estratégica en una etapa crítica de decisión, limitando su autonomía como votante y desnaturalizando el sentido deliberativo de una campaña electoral democrática.
A ello se suma que genera escenarios de desinformación, incertidumbre y circulación clandestina de encuestas no verificadas, y que la restricción vigente no cuenta con sustento empírico ni evidencia técnica que respalde su eficacia para proteger efectivamente la decisión electoral libre e informada del ciudadano. Por el contrario, puede incentivar prácticas contrarias al orden y la transparencia electoral.
En relación con la ley seca electoral, mencionó que actualmente existen mejores condiciones logísticas y de seguridad en los procesos electorales, lo cual vuelve anacrónica y desproporcionada la restricción absoluta vigente, especialmente por su impacto en sectores económicamente vulnerables, como el comercio minorista (bodegas, restaurantes y negocios familiares).
Además, que resulta evidente que la norma vigente responde a un enfoque prohibicionista propio de contextos históricos en los que la ciudadanía no contaba con niveles de organización electoral, institucionalidad y cierto grado de madurez democrática como los actuales. “La restricción absoluta a la venta de bebidas alcohólicas no solo no responde a una amenaza actual y concreta, sino que además genera desobediencia civil, fomenta la informalidad, y afecta la percepción de legitimidad del proceso electoral. […] Por tanto, mantener una restricción desproporcionada sin base empírica refuerza el desajuste entre la regulación vigente y la realidad ciudadana y democrática del país”, se lee en la iniciativa presentada.
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