Uso obligatorio de chaleco para motociclistas: Todo lo que se sabe tras la última reunión con el Mininter

Desde la Asociación de Motociclistas del Perú esperan una respuesta final por parte del Ministerio del Interior sobre la derogación de esta ley que entra en vigencia el jueves 22 de mayo

Guardar
Asociación de motociclistas rechaza medida
Asociación de motociclistas rechaza medida del Gobierno y exige derogatoria de la ley por considerarla discriminatoria, además de atentar contra otros derechos fundamentales. |Andina

La reciente reunión entre la Asociación de Motociclistas del Perú (Asmope) y el Ministerio del Interior (Mininter) ha captado la atención de la comunidad motera, destacando el debate en torno a la controvertida ley que exige el uso de chalecos retrorreflectivos con la placa del vehículo impresa.

Esta normativa, cuyo cumplimiento comienza oficialmente el jueves 22 de mayo, ha sido objeto de intensas negociaciones y reivindicaciones por parte de Asmope, que busca su derogación.

Tras la última reunión que mantuvieron ambas partes, llevada a cabo este martes 20, los representantes de Asmope lamentaron la postura adoptada por parte del titular de la cartera, Carlos Malaver.

“Había voluntad política del exministro saliente Julio Díaz Zulueta de eliminar esto del uso obligatorio de los chalecos, sin embargo, hubo cambio de ministros y, el actual, Malaver, no comparte esta idea, por lo que parece que quiere que sí o sí que utilicemos los chalecos”, dijo el presidente de la asociación, Ricardo Millones.

“Hemos usado todos los argumentos, porque la razón está de nuestro lado para que deroguen esta ley del chaleco, la pospongan o la prorroguen al final de cuentas. Pero nos han dicho que nos iban a responder hasta el final de la tarde hoy día (martes 20). Pero seguimos esperando. Estamos en ascuas esperando esa comunicación”, agregó a Infobae Perú.

Eliminarán uso obligatorio de chalecos
Eliminarán uso obligatorio de chalecos para motociclistas, asegura Asmope tras reunirse con el Mininter.

Postura del MTC

Mientras se espera una respuesta definitiva por parte de Mininter, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha reafirmado la obligatoriedad de la medida. A la fecha, los motociclistas que no acaten la ley se enfrentarán a sanciones significativas.

El incumplimiento del uso del casco o chaleco adecuado conllevará a multas de 428 soles, equivalentes al 8% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Además, se retendrán los vehículos y se añadirán puntos negativos al récord del conductor.

Las multas específicas incluyen: la infracción G.59 por conducir sin casco o con un casco que no cumpla con las especificaciones, y las infracciones G.68 y G.69 por no llevar o no visibilizar el chaleco con la placa.

En Gamarra, epicentro del comercio textil limeño, se ha visto un aumento en la venta de chalecos destinados a cumplir con la norma. Los precios oscilan entre 15 y 35 soles, dependiendo del material.

A pesar de las ventas, muchos motociclistas se han manifestado en contra de la medida. Señalan que los chalecos podrían ser clonados y no contribuyen efectivamente a la seguridad.

Un ciudadano comentó que el gasto es adicional y que “no se verá la placa, ya que algunos utilizan mochila”. “Pienso que si no han hecho nada por un buen tiempo con la delincuencia que aún sigue, menos va a ser con los chalecos”, argumentó un motociclista.

Las sanciones por incumplir con
Las sanciones por incumplir con el uso de chalecos con la placa y cascos certificados asciende hasta los 428 soles. Foto: Andina

¿Cuáles son las sanciones?

Uso de casos reglamentarios

Desde estas fechas, conducir una motocicleta sin casco, con un casco que no cumpla las normas técnicas, o utilizando elementos que oculten la identidad, acarreará la aplicación de la infracción G.59 del Reglamento Nacional de Tránsito.

-Infracción con código G.59 (conducir una motocicleta sin casco, o con un casco que no cumpla con las especificaciones técnicas, o utilizar elementos que impidan la identificación del rostro):

  • Multa equivalente al 8 % de una UIT (S/ 428.00)
  • Retención del vehículo
  • 40 puntos en el récord del conductor

Chalecos con el número de placa

El uso obligatorio del chaleco con la impresión de la placa del vehículo, tanto para el conductor como para el acompañante de una motocicleta, se encuentra estipulado en el artículo 105 del Reglamento Nacional de Tránsito.

El incumplimiento acarrea la imposición de las infracciones con código G.68 y G.69, las mismas que entrarán en vigencia bajo el mismo criterio del casco de seguridad comentado anteriormente.

-Infracción con código G.68 (no llevar chaleco con la impresión de la placa):

  • Multa equivalente al 8 % de una UIT (S/ 428.00)
  • Retención del vehículo
  • 20 puntos en el récord del conductor

-Infracción con código G.69 (restringir o impedir la visibilidad del chaleco con la impresión de la placa):

  • Multa equivalente al 8 % de una UIT (S/ 428.00)
  • Retención del vehículo
  • 20 puntos en el récord del conductor

No están obligados a llevar el chaleco: motocicletas de colección, vehículos con placa de exhibición y motocicletas con cilindrada mayor a 500 cc.