
Una intervención discreta, ejecutada en un punto alejado de la provincia de Contralmirante Villar, permitió a la Fiscalía de Extinción de Dominio en Tumbes identificar y asegurar un cargamento de oro oculto bajo el piso de un vehículo. El hallazgo no fue producto del azar. Formó parte de una operación conjunta entre personal de Aduanas y la Policía de Carreteras, cuyo seguimiento había empezado semanas antes de la intervención.
El operativo concluyó con el descubrimiento de cuatro barras de oro, camufladas dentro de una estructura metálica bajo el asiento trasero. El mineral presentaba un peso total de 8,027.40 gramos y fue valorizado en más de dos millones de soles. Su incautación no solo sumó a los bienes recuperados por el Estado, sino que marcó un avance jurídico en el uso de la Ley de Extinción de Dominio en contextos de contrabando.
La sentencia, emitida por el Poder Judicial, se sustenta en el Decreto Legislativo 1373, específicamente en el artículo 7.1, literal a), que permite extinguir el dominio sobre bienes cuya procedencia esté vinculada a actividades ilícitas. La fiscal provincial Ana Karina Núñez Izaguirre, a cargo del caso, señaló: “Las circunstancias de su hallazgo no permiten otra explicación que no sea su conexión con el contrabando. El destino del bien es ilícito, por lo tanto, no puede haber derecho sobre ese bien”.
Seguimiento, hallazgo y justificación legal

El vehículo intervenido fue detenido en el distrito de Zorritos, durante un control rutinario. Al inspeccionar la unidad, los agentes notaron una modificación estructural en la cabina trasera. Una placa de hierro disimulaba una cavidad oculta donde se encontraron dos paquetes forrados con cinta adhesiva y material aislante.
Al abrir los paquetes, se identificó un mineral de tonalidad dorada. Posteriores análisis confirmaron que se trataba de oro. La cantidad incautada fue inmediatamente puesta bajo custodia y la Fiscalía de Extinción de Dominio inició la correspondiente indagación patrimonial. De acuerdo con el proceso, el objetivo fue demostrar que el material intervenido no tenía un origen lícito ni respaldo documental alguno.
La fiscal Núñez explicó: “No se presentó ningún documento que acreditara la procedencia legal de ese oro. Su ocultamiento en el interior de un vehículo con una estructura modificada solo refuerza la tesis de que se trata de contrabando”.
El proceso culminó con una sentencia judicial que validó el pedido fiscal, ordenando la recuperación del bien a favor del Estado peruano. Con esta decisión, el Ministerio Público incorporó al patrimonio nacional un recurso que había sido extraído, trasladado o comercializado al margen de la ley.
Otro caso en Lima: una barra de oro con destino a India

Semanas antes del operativo en Tumbes, otra oficina fiscal especializada logró una recuperación similar en Lima. El 8 de mayo de 2025, la Quinta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio obtuvo una sentencia favorable sobre una barra de oro vinculada a una exportación irregular con destino a India.
El mineral, con un peso de 11.04 kilos y valorizado en 644,899.83 dólares, fue inmovilizado tras una inspección en Talma Servicios Aeroportuarios. La empresa exportadora, Eamud E. I. R. L., había iniciado el trámite en enero de 2022, pero no pudo sustentar la licitud del oro ante las autoridades aduaneras.
La fiscal adjunta Cynthia Elizabeth Angulo La Torre explicó que se identificó documentación falsa en el expediente de exportación. “Se detectaron inconsistencias desde el primer momento. La División de Inteligencia Aduanera advirtió que los documentos presentados no correspondían con los registros reales. Luego de la inspección, fue evidente que se trataba de un caso de minería ilegal”.
La Sunat respaldó esta observación al concluir que la empresa no contaba con elementos probatorios suficientes para justificar la extracción ni la propiedad del oro. Ante esto, la Fiscalía solicitó la extinción de dominio, sustentándose en que el bien tenía un origen ilícito.
Minería ilegal y contrabando

Ambos casos revelan el uso estratégico del Decreto Legislativo 1373 como una herramienta contra la criminalidad organizada. A diferencia de otros procesos penales, la extinción de dominio no requiere una sentencia condenatoria previa, sino que se basa en el análisis del patrimonio. Si se determina que un bien está vinculado a un hecho ilegal, su recuperación puede ordenarse judicialmente a favor del Estado.
El objetivo, según declaraciones del Ministerio Público, es impedir que las organizaciones criminales utilicen bienes obtenidos ilícitamente para seguir operando. “La extinción de dominio busca cortar el financiamiento de las redes delictivas. Si se les quita la ganancia, se les limita la capacidad de seguir delinquiendo”, afirmó la fiscal Angulo.
En el caso de Tumbes, la investigación demostró que el oro carecía de respaldo comercial o industrial. En Lima, se trataba de una exportación camuflada con documentos falsos. En ambos escenarios, el Ministerio Público utilizó la vía patrimonial para revertir el daño económico causado al país y sancionar indirectamente a quienes buscan enriquecerse fuera del marco legal.
¿Cuánto vale un lingote de oro?

El precio del oro ha superado los USD 2.500 por onza troy, lo que sitúa el valor de un lingote de 400 onzas en alrededor de USD 1′000.000. En base al tipo de cambio impuesto por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) (S/ 3,7340 el dolar), el precio estimado de un lingote de oro estándar en el Perú sería de aproximadamente S/ 3′734.000.
En el mercado internacional, el estándar más reconocido es el ‘Good Delivery’, establecido por la London Bullion Market Association (LBMA). Este estándar define que los lingotes de oro deben pesar alrededor de 400 onzas troy (aproximadamente 12,4 kilogramos) y tener una pureza mínima del 99,5%. Sin embargo, existen barras de diversos tamaños y pesos, adaptados a diferentes necesidades de inversión y uso industrial.
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