
“Se suspenderá toda actividad minera en la provincia de Pataz por 30 días prorrogables”, aseguró la presidenta Dina Boluarte tras el secuestro y asesinato de 13 mineros, sin marcar diferencia hacia los formales. Consultado al respecto por el Congreso de la República, el ministro del Interior, Julio Díaz Zulueta, indicó que “entiende que alcanza a todos”. Sin embargo, el titular del Ministerio de Energía y Minas, Jorge Luis Montero Cornejo, corrigió a ambos y aseguró que la medida no alcanzará a las empresas que han completado su proceso de formalización.
Luego de serias críticas por parte de distintas entidades y expertos, explicó en una conferencia de prensa que la medida está dirigida exclusivamente a las operaciones no formalizadas, muchas de las cuales han sido vinculadas a actividades delictivas. Detalló que en la zona de Pataz operan aproximadamente 200 empresas de pequeña minería y minería artesanal que ya han cumplido con los requisitos legales para su formalización. “A ellas no les alcanza la suspensión de las actividades mineras”, insistió.
Mencionó también que la medida permitirá la intervención de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, quienes trabajarán para restaurar el orden y enfrentar a los grupos criminales que operan en la zona, y destacó que esta acción busca garantizar la seguridad de los ciudadanos. “Estamos decididos a retomar el control del territorio, porque aquí rige una sola ley para todos los peruanos y este es un estado unitario sólido y fuerte, más unido que nunca. Ese es el mensaje que estamos dando”, declaró.
Asimismo, señaló que muchas de las actividades suspendidas están relacionadas con empresas que operan bajo el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo). Este registro, diseñado para facilitar la transición hacia la formalización, ha sido utilizado en algunos casos como una herramienta para encubrir actividades ilícitas. “El Reinfo se ha convertido en un vehículo para el accionar delictivo”, denunció el titular del Ministerio de Energía y Minas.

Sus palabras se dan a solo días de que la jefa de Estado haya dado a entender todo lo contrario, tal es así que la presidenta de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), Julia Torreblanca, expresó su preocupación por las posibles implicancias de la medida. En declaraciones a Canal N, señaló que no se debería penalizar a los mineros que trabajan dentro del marco legal, sino a aquellos que operan fuera de la ley o están vinculados a actividades criminales. “El oro que se exporta formalmente genera divisas para el país”, recordó.
El exministro Carlos Herrera Descalzi se pronunció en la misma línea e indicó que “parar por parar no tiene sentido”. En entrevista con el mismo medio, sostuvo que este tipo de disposiciones sin planificación previa terminan siendo contraproducentes para las empresas que sí cumplen con las normas. “No le encuentro mucho sentido el suspender por suspender. La medida es bastante dura, especialmente si no tiene un plan que lo acompañe”, afirmó.
Consideró que la decisión afecta directamente al grupo de mineras legales y explicó que un mes de paralización representa una pérdida significativa para las compañías. “Significa un 8% de los ingresos, pero los gastos siguen siendo los mismos”, detalló. Asimismo, mencionó que que quienes operan ilegalmente no están sujetos a esta disposición. “Los ilegales no tienen necesidad de acatar la norma”, apuntó.
¿Qué es el Reinfo y por qué beneficia la minería ilegal?
El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), creado en 2012 como parte de un esfuerzo por regularizar la minería informal en Perú, ha sido objeto de intensas críticas debido a su presunta contribución al blanqueo de oro ilegal. Según una investigación publicada por Ojo Público, entre 2021 y 2023, más de 5.800 personas y empresas inscritas en este registro no cumplieron con la obligación de presentar sus reportes semestrales de producción de oro, lo que ha puesto en duda la efectividad del sistema de fiscalización.
Inicialmente, fue diseñado como un mecanismo temporal para formalizar la minería informal, con un plazo inicial de 24 meses. Sin embargo, desde su creación, ha sido ampliado en cinco ocasiones tanto por el Congreso como por el Ejecutivo, lo que ha generado cuestionamientos sobre su impacto real en la lucha contra la minería ilegal. Sobre todo porque los inscritos en este registro están eximidos de responsabilidad penal por el delito de minería ilegal, lo que ha provocado que diversos sectores lo consideren una herramienta que facilita actividades ilícitas en lugar de combatirlas.
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