
Este viernes 25 de abril, en la plataforma digital de El Peruano, se publicó el Decreto Supremo N.° 003-2025-MIMP, que dispone el cambio de nombre del Programa Nacional Aurora a “Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Warmi Ñan”. La medida fue firmada por la presidenta Dina Boluarte y la ministra del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), Fanny Montellanos.
Según el dispositivo legal, esta modificación tiene como finalidad renovar la identidad institucional del programa a través de la incorporación de un término en quechua. De acuerdo al Gobierno, la aplicación permitirá mejorar la comunicación con poblaciones quechua hablantes del país. La expresión “Warmi Ñan” hace referencia a un “camino para la mujer”, en relación con la atención y protección frente a hechos de violencia de género.
Pese al cambio de denominación, se precisó que la estructura y funciones del programa se mantendrán. Entre los servicios vigentes se encuentran los Centros de Emergencia Mujer (CEM), que ofrecen atención integral a víctimas de violencia física, psicológica o sexual. Estos centros operan con equipos multidisciplinarios y articulan su labor con entidades como la Policía Nacional, el Ministerio Público y el Poder Judicial.

Sin embargo, la modificación nominal ocurre mientras persisten una serie de cuestionamientos vinculados al funcionamiento de estos servicios, especialmente en relación con los mecanismos de atención legal y la contratación de personal.
Abogados denunciados y fallas críticas en el Centro de Emergencia Mujer
Una investigación del medio Ojo Público reveló múltiples deficiencias en la gestión de los CEM entre 2021 y 2024, incluida la presencia de abogados con antecedentes disciplinarios o denuncias activas por violencia. Según ese informe, al menos 301 abogados que laboraban en los CEM hasta mayo de 2024 registraban procesos administrativos. De ese total, 15 fueron investigados por hechos graves como violencia psicológica, física o sexual.
La recopilación de testimonios y documentos oficiales también dio cuenta de episodios de revictimización, pérdidas de pruebas, nulo seguimiento a casos y agresiones sufridas por denunciantes dentro del proceso. Uno de los casos más graves involucró a una víctima que reportó haber sido agredida sexualmente por el abogado público que llevaba su caso en un centro del programa en Ica. Otro conjunto de denuncias evidenció las fallas de representación penal al exponer a las víctimas a repetir pericias o declarar reiteradamente sobre sus agresores.
Además, se identificó que los filtros de selección para estos profesionales eran mínimos: bastaba una declaración jurada sobre antecedentes, formación académica básica y dos años de experiencia laboral. No se exigían evaluaciones psicológicas ni especialización en enfoque de género. La situación afecta particularmente a mujeres de bajos recursos, quienes dependen de la defensa legal gratuita ofrecida por estos centros.

Previamente, se conoció que el MIMP mantuvo en funciones, e incluso ascendió, a un funcionario investigado por abuso de autoridad y violencia cuando encabezaba una de las unidades del programa. La permanencia de ese trabajador en el cargo se produjo pese al conocimiento interno de su situación. Tras la difusión del caso, el implicado presentó su renuncia.
Aunque el MIMP reporta una ampliación de centros y cobertura, con 433 Centros de Emergencia Mujer a nivel nacional, persisten críticas sobre la falta de filtros en la contratación y la escasa formación del personal designado a labores de defensa legal.
Desde el Gobierno, la decisión de modificar el nombre responde a una necesidad de reposicionamiento institucional y de conexión cultural con sectores no hispanohablantes. No se ha anunciado, hasta el momento, un rediseño operativo ni nuevos mecanismos de control sobre el personal que labora en los CEM.
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