Prohibido que dos personas circulen en una motocicleta desde el lunes: Los detalles de la norma

El gobierno peruano decidió optar por esta medida en busca de reducir la ola de criminalidad en Lima y Callao. Además, también prorrogó el estado de emergencia hasta el 17 de mayo

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Gobierno de Dina Boluarte prohibe
Gobierno de Dina Boluarte prohibe que dos personas circulen a bordo de una motocicleta.

El gobierno de la presidenta Dina Boluarte decidió prohibir que dos personas circulen a bordo de una moto. Esto fue oficializado a través del Decreto Supremo N° 046-2025-PCM, con el cual se extiende por 30 días más el estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao.

Esta medida entró en vigencia desde el lunes 14 de abril y durará hasta que finalice la prórroga del estado de excepción, el sábado 17 de mayo, según se lee en el documento oficial. Durante este periodo de tiempo, la Policía Nacional del Perú (PNP), con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF. AA.), ejercerán las acciones de control preventivo y control administrativo de lo dispuesto.

El Ejecutivo espera combatir la
El Ejecutivo espera combatir la criminalidad con una medida que ha fracasado en otros países.

Esta norma también prohíbe que los motociclistas porten elementos o accesorios adheridos al casco que impidan o limiten la visibilidad del rostro del conductor.

“Durante la vigencia del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo N° 035-2025-PCM en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, y la prórroga dispuesta por el presente Decreto Supremo se restringe el acceso a las vías a los vehículos menores de las categorías vehiculares L1 y L3, los cuales solo podrán circular con su conductor, sin llevar ningún acompañante”, se lee en el decreto.

“Se aconseja que se adviertan indicios de la comisión de un delito, los involucrados serán conducidos a las comisarías policiales para realizar las investigaciones que correspondan conforme al marco normativo administrativo y penal correspondiente”, continúa el documento oficial.

Extracto del Decreto Supremo N°
Extracto del Decreto Supremo N° 046-2025-PCM.

Paquete de normas

Hace unos días, el titular del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), Raúl Pérez Reyes, confirmó que desde el Ejecutivo preparaban un paquete de leyes relacionado a la circulación de motos lineales, con el objetivo de facilitar la tarea fiscalizadora de la Policía Nacional.

“Estamos trabajando, junto a todas las autoridades, una norma que busca mejorar de una forma notable el proceso de fiscalización, que está a cargo de la Policía, a actividades de sicariato y hurto, como celulares. Esto tiene que ver con el tema de las motos lineales”, indicó.

“Estamos siendo cuidadoso de las definiciones porque, por un lado, está la legítima preocupación de la ciudadanía por la utilización de las motos lineales asociados a delitos, pero, por otro lado, tenemos que tener cuidado porque estamos hablando de personas que, honestamente, se desplazan también en moto”, agregó.

Todo Lima Norte tiene el
Todo Lima Norte tiene el compromiso de prohibir la circulación de dos personas en moto. (Foto: Andina)

Según explicó, este paquete de normas podría haber sido oficializado en el marco del paro de transportistas en Lima y Callao realizado el pasado jueves 10 de abril, sin embargo, prefirieron ser mesurados y tomarse su tiempo para no perjudicar a la ciudadanía que utiliza este medio de transporte.

“Tenemos un texto que hemos presentado en el debate que hemos tenido. Tanto el premier, como la presidenta Boluarte, que participó de manera detallada en el debate, planteamos la necesidad de tener un paquete de medidas mucho más completo. Esta es la razón por la que hoy día no aprobamos una medida puntual que estábamos viendo, manifestó.

“Estamos trabajando en un borrador de un paquete de medidas, unas cuatro o cinco, que creemos que van a ayudar notablemente a mejorar el trabajo de la Policía en cuanto a la fiscalización de la calle y también a reducir el número de delitos”, finalizó.

Raúl Pérez-Reyes, ministro de Transportes
Raúl Pérez-Reyes, ministro de Transportes y Comunicaciones. Foto: Andina

Todas las restricciones del estado de emergencia

Con el Decreto Supremo N° 046-2025-PCM, se restringieron varios derechos constitucionales, que afectan directamente las libertades individuales de los ciudadanos.

  • Suspensión o restricción del libre tránsito: Se limita el movimiento de las personas dentro del espacio territorial afectado. Esto puede implicar toques de queda, controles de carretera y limitaciones para entrar o salir de ciertas zonas.
  • Suspensión de la libertad de reunión: Las autoridades pueden restringir la capacidad de las personas para reunirse en público, ya sea en protestas, concentraciones o reuniones sociales, con el fin de evitar disturbios o actos de violencia.
  • Suspensión del derecho a la inviolabilidad del domicilio: Durante el estado de emergencia, las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional tienen la autoridad para ingresar a los domicilios sin una orden judicial, bajo la justificación de sospechas de actividades delictivas o para prevenir posibles amenazas a la seguridad pública.
  • Intervención de las Fuerzas Armadas: En el marco del estado de emergencia, las Fuerzas Armadas asumen roles de control y vigilancia, colaborando con la policía en la supervisión y protección del orden público. La presencia militar en las calles es una de las características más visibles de este régimen.
Otro distrito de Lima publica
Otro distrito de Lima publica ordenanza que prohíbe que dos personas viajen en una sola moto lineal| Andina (Composición Infobae)

Congreso busca hacer permanente la propuesta

La congresista de Acción Popular, Hilda Portero, ha presentado un proyecto de ley para volver permanente la prohibición de que dos personas circulen a bordo de una moto. De acuerdo con la medida, solo se hará una excepción en los siguientes casos:

  • Motocicletas de uso laboral: para fines laborales o comerciales, en donde se transporte a un acompañante que cumpla con funciones laborales de asistente o ayudante, con la autorización de la autoridad competente.
  • Motocicletas de fuerzas de seguridad y emergencias: para los funcionarios de seguridad pública, militares, paramédicos u otras autoridades que requieran movilizarse en situaciones de emergencia o en cumplimiento de su labor.