
La Fiscalía de la Nación presentará una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional si es que se concreta el desmantelamiento de la extinción de dominio. Esto en el escenario de que el Ejecutivo observe las modificaciones aprobadas por el Congreso y este las promulgue por insistencia.
Así lo aseguró en entrevista con RPP Noticias el fiscal adjunto supremo Mirko Cano, coordinador nacional de las Fiscalías de Lavado de Activos, Extinción de Dominio y Corrupción de Funcionarios.
“Definitivamente esta es una norma inconstitucional, pero saben los efectos. Ante una ley promulgada, ¿los fiscales qué tenemos que hacer? Cumplirla. ¿Qué tenemos que hacer? Archivar, entregar los bienes. En otras palabras, se perdió todo lo avanzado en todo este tiempo”, declaró el fiscal.
Cano ratificó que con las modificaciones se verían beneficiados Vladimir Cerrón, Lucio Tijero Guzmán, Camarada Artemio, Alejandro Toledo, Pedro Pablo Kuczynski, Metro de Lima, Susana Villarán, Clan Orellana, Keiko Fujimori, entre otros.

“El delito que nosotros vemos es lavado de activos. Por ejemplo, en el caso de Artemio, el delito de terrorismo seguido de lavado de activos no podríamos (investigarlo) porque no se encuentra (en las excepciones). No se han dado cuenta del daño que le han hecho al sistema”, reprochó el fiscal adjunto supremo.
La autógrafa de la norma que desbarata la extinción de dominio deberá ser enviada en los próximos días a la presidenta Dina Boluarte a fin de que, en un plazo de 15 días hábiles, la promulgue o la observe. En este último escenario, el Congreso evalúa las observaciones y vota por la insistencia o el allanamiento.
Congreso extingue la extinción de dominio
El Congreso ha dado luz verde a una reforma significativa en la ley de extinción de dominio, un mecanismo legal que permite al Estado decomisar bienes vinculados a actividades ilícitas. La modificación fue aprobada el pasado jueves y ha generado un intenso debate entre quienes la consideran un avance en la lucha contra la criminalidad y quienes critican la posible vulneración de derechos fundamentales.
La reforma introduce cambios en varios artículos del decreto vigente, estableciendo que la extinción de dominio solo podrá proceder con una sentencia firme en última instancia en casos relacionados con delitos graves. Este ajuste podría tener un impacto directo en investigaciones emblemáticas, especialmente aquellas vinculadas a la corrupción de funcionarios públicos.
¿Qué es la extinción de dominio y cómo funciona?
La extinción de dominio es un procedimiento legal que permite al Estado recuperar bienes que se presumen obtenidos a través de actividades ilícitas. Este mecanismo opera de manera autónoma e independiente de los procesos penales o civiles, aunque se rige por las disposiciones de los códigos procesales penal y civil. Según explicó Raphael Lisandro Muñoz Carbajal, CEO de Muñoz Defensa Legal y especialista en temas legales, este procedimiento tiene como objetivo principal atacar el patrimonio de quienes se benefician de actividades delictivas.
El proceso comienza con una investigación a cargo de la fiscalía especializada, que puede iniciarse de oficio o mediante una denuncia. Durante esta etapa, se analiza el patrimonio de los ciudadanos presuntamente implicados en la adquisición de bienes de origen ilícito. Si se encuentran indicios suficientes, el fiscal puede presentar una demanda ante un juez especializado en extinción de dominio. En caso de que no se hallen pruebas concluyentes, la investigación puede ser archivada.
Antes de la reforma, la extinción de dominio se aplicaba a bienes relacionados con delitos graves, pero no requería una sentencia firme en última instancia para proceder. Con la nueva normativa aprobada por el Parlamento, este requisito se convierte en un paso obligatorio, salvo contados delitos, lo que podría ralentizar el proceso en algunos casos.
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