Benji Espinoza en el juicio contra Pedro Castillo: “Nunca me mencionó que iba a cerrar el Congreso”

Exabogado del golpista remarcó ante la Corte Suprema que, hasta las 11:00 a. m. del 7 de diciembre de 2022, se tenía previsto que Castillo vaya al Congreso para defenderse de la moción de vacancia

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Benji Espinoza y Pedro Castillo
Benji Espinoza y Pedro Castillo se vieron las caras por primera vez desde el 7 de diciembre de 2022. Foto: composición/Justicia TV/ Poder Judicial

El exabogado del golpista Pedro Castillo, Benji Espinoza, declaró en el juicio oral por el Golpe de Estado que el expresidente “nunca” le comentó que daría un mensaje a la Nación en el que anunciaría el cierre inconstitucional del Congreso, la intervención del sistema de justicia y la instauración de un régimen de excepción.

Ante la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, Espinoza Ramos dijo que, antes del mensaje a la Nación, coordinó por teléfono con Castillo para encontrarse directamente en el Congreso, que ese día tenía programado debatir la tercera moción de vacancia.

“Nunca me mencionó que iba a cerrar el Congreso ni disolverlo. Nada de eso. Fue una conversación en la que quedamos que por la tarde íbamos a encontrarnos en el Congreso de la República”, declaró.

El letrado agregó que, aproximadamente a las 11:00 de la mañana, recibió una llamada de la entonces premier Betssy Chávez, quien le pidió que “no sea confrontancional ante el Congreso”. “Le digo que no se preocupe, que tengo todos los argumentos jurídicos y hay que demostrar templanza y firmeza”, respondió.

Espinoza continuó relatando los hechos desde su perspectiva: “Media hora o 40 minutos después recibo una comunicación de un asistente en mi oficina diciéndome que el presidente Castillo estaba leyendo un comunicado. Pongo el celular, me conecto a ver el comunicado y me causó sorpresa porque era un comunicado donde evidentemente ya no llegaba al Congreso por la tarde. A eso del mediodía presenté un tuit en el que renunciaba a su defensa”.

El abogado penalista precisó que dimitió a la defensa del golpista porque “consideraba que había un acto que era reñido con la Constitución y mi postura siempre fue muy clara de hacer la defensa pegada a la Constitución”. Dejó en claro que “en ningún momento hablé de que esto fuera un delito o algún hecho ilícito”.

El abogado de oficio de Pedro Castillo intentó preguntarle a Benji Espinoza sobre cómo entiende el delito de rebelión. Sin embargo, la Procuraduría y la Fiscalía plantearon objeciones debido a que el abogado fue admitido como testigo para hablar de los hechos y no para dar apreciaciones jurídicas. El colegiado declaró fundadas las objeciones

“El señor ha venido a declarar sobre los hechos objeto de la imputación. No ha venido como un perito o un testigo experto”, remarcó la jueza suprema provisional Norma Carbajal, directora de debates del juicio oral.

Pese a ello, la defensa de Jesús Venero Mellado preguntó a qué delito se refería cuando dijo que “en ningún momento hablé de que esto fuera un delito”. “A mi juicio no hay delito de rebelión evidentemente”, respondió Benji Espinoza.

Previamente a declaración del exabogado de Castillo rindieron su testimonio Nadia Patricia Contreras Gallardo y Jean Pierre D´Laura Quintana, excolaboradores de Betssy Chávez.

Juez constitucional y su voto a favor de Pedro Castillo

En un proceso de amparo, el juez Tapia Gonzáles emitió un voto en minoría en el que sostuvo que el Congreso no garantizó el debido procedimiento en los actos que llevaron a la destitución de Pedro Castillo y a la autorización para procesarlo penalmente. Según su análisis, estas acciones habrían violado derechos fundamentales del exmandatario, lo que, en su opinión, justifica la procedencia de la demanda de amparo.

No obstante, el magistrado también reconoció que el daño causado por estas decisiones es “irreparable”, lo que implica que, incluso si se declarara fundada la demanda, no sería posible revertir completamente las consecuencias de la vacancia y el procesamiento penal. Este reconocimiento subraya la complejidad del caso y las limitaciones del sistema judicial para corregir posibles irregularidades en procesos políticos de alto impacto.