Proyecto Ariana sigue en pie: Poder Judicial decide no anularlo y ordena un nuevo EIA antes del inicio de operaciones

Sala Constitucional reconoce que funcionamiento de la mina podría “derivar en consecuencias graves e irreversibles”, pero optó por emitir un fallo “razonable” que cuide el derecho al agua y la inversión privada. Anuncian que recurrirán al TC

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Demandantes han advertido que Ariana
Demandantes han advertido que Ariana podría dejar sin agua a más de 10 millones de personas, así como exponerlos a la contaminación.

Tuvieron que votar 6 jueces superiores para resolver en segunda instancia la demanda de amparo contra el Proyecto Ariana, cuyo inicio de operaciones pone en peligro el 70% del agua potable que se distribuye en Lima y Callao. Infobae accedió a la sentencia que cierra la vía judicial y abre el camino para que los demandantes recurran al Tribunal Constitucional.

Al final, la Primera Sala en lo Constitucional de Lima decidió no anular las autorizaciones, sino que optó por que se realice un nuevo Estudio de Impacto Ambiental (EIA) complementario en 12. Este debe garantizar “una inversión minera socialmente responsable y sostenible, respetuoso del marco constitucional, así como la protección efectiva de los derechos fundamentales al agua potable, a la salud y a un ambiente sano y equilibrado”.

Hasta que ello no ocurra, ordena el tribunal, el Ministerio de Energía y Minas y cualquier otra entidad estatal tendrá que suspender el otorgamiento de la autorización para el inicio de la explotación minera. Esta fue la posición que obtuvo los 3 votos necesarios.

Sentencia de segunda instancia de
Sentencia de segunda instancia de la demanda de amparo contra el Proyecto Ariana

La posición que proponía anular las autorizaciones del Minem que aprobó el Proyecto Ariana solo alcanzó dos votos. Hubo un solo por rechazar la demanda. Así votaron los jueces superiores:

  • Votación ganadora (Vílchez Dávila, Romero Roca, Ruiz Arrieta): Confirmar parcialmente la sentencia de primera instancia, revocar la suspensión total de operaciones, ordenar un nuevo EIA complementario en 12 meses, con participación de entidades públicas y privadas, y prohibir la autorización final de explotación hasta su aprobación, equilibrando desarrollo económico y protección ambiental.
  • Voto singular (Tapia Gonzales, Ordoñez Alcantara): Anular las resoluciones que aprobaron el Proyecto Ariana y realizar un estudio por una entidad técnica extranjera imparcial.
  • Minoría (Cueva Chauca, Suárez Burgos): Declarar infundada la demanda, argumentando que no se acreditó una amenaza cierta e inminente y que el EIA era suficiente.

“Pueden seguir con la construcción, pero no pueden iniciar. El inicio está supeditado y condicionado al estudio ambiental complementario. Vamos a ir al Tribunal Constitucional”, declaró Ana Leyva de CooperAcción a Infobae.

¿Amenaza cierta e inminente?

La posición mayoritaria, a comparación de la sentencia de primera instancia, no considera que el inicio de operaciones de la Mina Ariana represente una “amenaza cierta e inminente”. Se sostiene que los peligros advertidos son “indicios objetivos de riesgos ambientales potenciales”, que “podrían derivar en consecuencias graves e irreversibles”.

Según los jueces, su decisión de no anular el proyecto minero y exigir un EIA complementario “es consistente con los principios de prevención y precaución, pilares fundamentales del desarrollo sostenible, que integran la inversión privada dentro del marco constitucional”.

“Así se garantizará un equilibrio entre el desarrollo sostenible, la protección de los derechos fundamentales al agua potable, la salud y un ambiente sano, y el respeto por la inversión privada dentro del marco de la Constitución. Se busca asegurar una actuación estatal proporcional y razonable, priorizando la protección de derechos fundamentales, pero sin menoscabar el desarrollo económico legítimo (inversión privada), ni el marco jurídico aplicable”, se lee en la sentencia a la que accedió Infobae.

¿Cuáles son los riesgos que implica el Proyecto Ariana?

Estos son los riesgos que significa la mina Ariana, según los demandantes:

  • Alta y razonable posibilidad de un corte y suspensión de la provisión de agua a 10 millones de habitantes de Lima y Callao, como consecuencia de un sismo o un accidente en las operaciones de la mina, pues afectaría el sistema de trasvase de agua
  • Alta y razonable posibilidad de contaminación con relaves mineros de muy alta toxicidad a las lagunas que proveen el agua que consume Lima como también Callao a consecuencia de las operaciones de explotación del proyecto Ariana
  • Alta y razonable posibilidad de afectación y grave alteración de los servicios ecosistémicos en la zona donde se ubica el proyecto e interrupción de la conexión natural de las aguas subterráneas y las lagunas
  • Alta y razonable posibilidad de filtración de relaves mineros en las lagunas que proveen de agua a Lima y Callao
  • Alta y razonable posibilidad de afectación de la infraestructura hidráulica que trae el agua de la cuenca del río Mantaro hacia la cuenca del río Rímac, como consecuencia de un accidente o un sismo

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