
El debate es inminente. El dictamen del retiro CTS ya ha sido aprobado en la Comisión de Trabajo y Seguridad social del Congreso de la República y ya espera su pase al Pleno. Sin embargo, primero deberá verse en la Comisión de Economía, donde se ha confirmado, según declaraciones de Ilich López a RPP, que la fecha para eso será el próximo miércoles 2 de abril.
Sin embargo, dado que el dictamen en mayoría de la Comisión de Trabajo ha acumulado trece proyectos de ley para dar acceso a una especie de acceso a la CTS. Esto significa que no todas las propuestas están dirigidas a aprobar un retiro de CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. Así, otras dos medidas han sido incluídas en este dictamen: además del acceso extraordinario al 100% de los fondos, también se busca aprobar los retiros parciales para siempre y otra modalidad.
“El trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos. [Asimismo,] el trabajador en caso de ser diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar, en cualquier momento, el retito del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados. El cálculo se efectuará a la fecha en que el trabajador solicite dicho retiro total”, apunta el dictamen.

Retiro parciales de CTS podrían aprobarse
Curiosamente, el dictamen del retiro CTS no tiene en su único artículo la medida del retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, sino que está incluida como disposición complementaria transitoria.
“Disponibilidad temporal de los depósitos de la compensación por tiempo de servicios (CTS) Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, a los trabajadores comprendidos dentro del (...) Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (...) a disponer libremente del cien por ciento (100 %) de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS)”, señala.
Lo que detalla el nuevo artículo que busca aprobar este dictamen involucra cambiar la esencia de “seguro de desempleo” de la CTS y modificaría el artículo 42 del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios con el siguiente texto: “Artículo 42. - El trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos”.

Esto significa que, de pasar a Pleno y aprobarse esta fórmula, no solo se podrá retirar el 100% de la CTS hasta fines del 2026, sino que, en adelante, los trabajadores podrán sacar hasta el 50% del monto (contando intereses acumulados) que se mantenga en las cuentas CTS. Es decir, si mantienes S/2.000 en esa cuenta, a partir del 2027 podrías retirar S/1.000, aunque no se detalla cómo implementaría este “medio candado”.
También habría retiro CTS por enfermedad
Asimismo, el artículo 42 incluiría otra modalidad de retiro de CTS, que sería del 100% también, pero en caso de enfermedad grave, el cual estaría disponible posteriormente al plazo que va hasta el 31 de diciembre de 2026 para retirar libremente todo el 100% de los montos.
“El trabajador en caso de ser diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar, en cualquier momento, el retito del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados. El cálculo se efectuará a la fecha en que el trabajador solicite dicho retiro total”, señala el dictamen.

Los proyectos que acumula
- Ley que establece medidas complementarias pra garantizar los derechos de los trabajadores afectados por las disposiciones legales implementadas en el marco de la emergencia sanitaria por Covid-19, presentado el 02/09/2021, por Isabel Cortez (ahora en Podemos, entonces en Juntos por el Perú). Este proyecto se acumuló a pedido de la congresista
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 07/01/2025 por Segundo Teodomiro Quiroz Barboza (Bloque Magisterial de Concertación Nacional)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2025, presentado el 13/01/2025 por Edgard Cornelio Reymundo Mercado (Bloque Democrático Popular)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 14/01/2025 por Margot Palacios Huamán (No agrupada)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2025, presentado el 15/01/2025 por Juan Bartolomé Burgos Oliveros (Podemos Perú)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 16/01/2025 por Digna Calle Lobatón (Podemos Perú)
- Retiro de CTS del 100% hasta el 31 de diciembre de 2025. Y autoriza el retiro del 50% de los fondos siempre vigente, y 100% en caso de cáncer o enfermedad terminal, presentado el 22/01/2025 por Elva Edhit Julón Irigoín (Alianza Para el Progreso)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 28/01/2025 por Paul Silvio Gutiérrez Ticona (Bloque Magisterial de Concertación Nacional)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 30/01/2025 por Alfredo Pariona Sinche (Bancada Socialista)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 14/02/2025 por Jorge Luis Flores Ancachi (Podemos Perú)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 17/02/2025 por Jhaec Darwin Espinoza Varga (Podemos Perú)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026 solo para mujeres, presentado el 03/03/2025 por Luis Roberto Kamiche (Alianza Para el Progreso)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 06/03/2025 por Guido Bellido (Podemos Perú)
- Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, presentado el 18/03/2025 por Jorge Coayla (Juntos por el Perú - Voces del Pueblo)
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