
En segunda y última instancia, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi (SPC) ha multado a la empresa Rappi S.A. por incluir dos cláusulas abusivas que libraban de responsabilidad a la aplicación por daños en las entregas realizadas por repartidores o ‘rappitenderos’, así como las fallas que presentaran su plataforma de pedidos y envíos.
Estas se encontraban en los términos y condiciones de su portal web, con las cuales la misma empresa se excluía de responsabilidades en estos casos de daños y fallas. Es decir, no se reconocía como una entidad ante la cual el usuario podía reclamar por estos problemas. Sin embargo, el Indecopi señaló que no podían excluirse automáticamente de esto.
“Al respecto, la Sala explicó que Rappi es una plataforma virtual que facilita la realización de operaciones de consumo en las que participan proveedores (comercios aliados), usuarios y repartidores o ‘rappitenderos’; sin embargo, no solo actúa como un intermediario, sino que interviene en la asignación y en el desenvolvimiento de los repartidores de los productos que adquieren los consumidores a través de su plataforma”, acotan desde la entidad.

Acurea vs Rappi
En el caso inicio el 20 de enero de 2020, cuando la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (Acurea) denunció a Rappi S.A.C. por infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor. Es en este caso de Acurea contra Rappi que el Indecopi señaló las inicialmente presuntas “cláusulas abusivas” que incluía Rappi en su web y que la eximían de responsabilidad.
Estas eran las siguientes:
- Cláusula Séptima: Responsabilidad - primer párrafo: Rappi no interviene en el perfeccionamiento de las operaciones, actividades o servicios realizadas por el Rappitendero y a favor del Usuario Registrado, por ello no será responsable respecto de la calidad, cantidad, estado, integridad o legitimidad de la mercadería transportada por el Rappitendero, así como de la capacidad para contratar del Rappitendero o de la veracidad de los Datos Personales que este ha ingresado
- Cláusula Séptima: Responsabilidad - segundo párrafo: En ningún caso Rappi será responsable por lucro cesante, o por cualquier otro daño y/o perjuicio que haya podido sufrir el Usuario Registrado o el Rappitendero, debido al Servicio de Reparto prestado a través de la Aplicación
- Cláusula Séptima: Responsabilidad - tercer párrafo: En caso que uno o más Usuarios Registrados o algún tercero inicien cualquier tipo de reclamo o acciones legales contra un Rappitendero, todos y cada uno de los involucrados en dichos reclamos o acciones eximen de toda responsabilidad a Rappi y a sus directores, gerentes, empleados, agentes, operarios, representantes y apoderados
- Cláusula Octava: Uso y Garantía de la Aplicación - primer párrafo: Rappi no garantiza la disponibilidad y continuidad del funcionamiento de la Aplicación. En consecuencia, Rappi no será en ningún caso responsable por cualquier daño y/o perjuicio que puedan derivarse de: (i) la falta de disponibilidad o accesibilidad a la Aplicación; (ii) la interrupción en el funcionamiento de la Aplicación o fallos informáticos, averías telefónicas, desconexiones, retrasos o bloqueos causados por deficiencias o sobrecargas en las líneas telefónicas, centros de datos, en el sistema de Internet o en otros sistemas electrónicos, producidos en el curso de su funcionamiento; y, (iii) otros daños que puedan ser causados por terceros mediante intromisiones no autorizadas ajenas al control de Rappi
- Cláusula Octava: Uso y Garantía de la Aplicación - segundo párrafo: Rappi no garantiza la ausencia de virus ni de otros elementos en la Aplicación introducidos por terceros ajenos a Rappi que puedan producir alteraciones en los sistemas físicos o lógicos del Usuario Registrado o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en sus sistemas. En consecuencia, RAPPI no será en ningún caso responsable de cualesquiera de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que pudieran derivarse de la presencia de virus u otros elementos que puedan producir alteraciones en los sistemas físicos o lógicos, documentos electrónicos o ficheros del Usuario Registrado

Como se ve, Rappi no asumía responsabilidad ni por el daño a pedidos por los repartidores, ni por fallas en su aplicativo, se eximía de responsabilidad por todo reclamo a algún rappitendero e inclusive no garantizaba que su aplicativo tuviera ausencia de virus.
Sin embargo, según Indecopi, Rappi “no puede deslindar su responsabilidad por la actuación de los rappitenderos, en tanto es aquel quien los pone a disposición de los consumidores según sus criterios propios de selección”.
“Es por ello que, no puede excluirse automáticamente de las responsabilidades por las fallas en su plataforma o por los daños que puedan causar sus repartidores en perjuicio de los consumidores, como entregar productos manipulados (envases de comida abiertos), no entregar los productos adquiridos, entre otros”, afirmó la entidad.

La multa a Rappi
“La Sala impuso una sanción de 45,50 UIT, equivalente a S/ 243 425. Además, como medidas correctivas ordenó a Rappi que retire de su web las cláusulas declaradas como abusivas y que publique avisos para informar a los consumidores cuáles fueron esas cláusulas”, reveló Indecopi.
Asimismo, la entidad ordenó “otorgar a la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash el equivalente al 20,75% de las multas impuestas a Rappi S.A.C.”. Asimismo, ordendo que la empresa pague de las costas del procedimiento en un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la resolución.
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