El incremento de la ola de criminalidad, que en el último fin de semana acabó con la vida de Paul Flores, vocalista del reconocido grupo musical Armonía 10, y con Eulalio Valverde Bargas, teniente alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Chao, en La Libertad, generaron el anuncio de la declaratoria de emergencia en Lima y Callao por un periodo de 30 días. Aunque la medida fue anunciada por el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, a través de su cuenta de X, no fue oficializada hasta el lunes 17 de marzo, con la publicación del decreto en edición extraordinaria del diario El Peruano.
Durante el estado de emergencia impuesto por la pandemia del covid-19, uno de los más recordados por la población nacional e internacional, se prohibieron reuniones sociales, como fiestas infantiles, despedidas y quinceañeros; centros nocturnos como restobares y discotecas tuvieron que cerrar a partir del toque de queda que prohibía a las personas estar fuera de su domicilio mientras se ejecutaba. De estarlo, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional tenían la facultad de llevar y encerrar a las personas en una carceleta, así como imponer multas; por lo que muchos se preguntan si la situación será la misma. No obstante, hay algunos cambios en el presente decreto.

Entre las medidas expuestas se destaca la suspensión del ejercicio de derechos constitucionales, referidos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Además, la intervención de las Fuerzas Armadas junto a efectivos de la Policía Nacional del Perú en el resguardo de las calles.
¿Habrá toque de queda y prohibición de reuniones en Lima y Callao?
Si bien en el punto dos del decreto se habla de inviolabilidad de domicilio y suspensión de la libertad de tránsito, no se ha expuesto un toque de queda ni se han prohibido reuniones sociales, dado que para ello deberían aclarar en el documento el o los horarios desde que regirá hasta que termina.
No obstante, lo que sí se debe tener en cuenta es que las fuerzas de seguridad estarán alertas para evitar cualquier incidente que pueda alterar el orden público. En caso de que se presenten situaciones de riesgo, podrán intervenir sin orden judicial un domicilio o establecimiento y suspender una fiesta, reunión o cualquier otro tipo de evento si fuera el caso.
¿Qué medidas ‘nuevas’ exponen?
Fuera del resguardo de las Fuerzas Armadas en el control del orden interno en apoyo de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las iniciativas conocidas, el decreto expone la articulación de medidas por parte del Ministerio del Interior —a favor de la Policía Nacional del Perú— que sean requeridas por el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES), la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), el Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos locales de la circunscripción departamental para que, en el marco de sus respectivas competencias, coadyuven para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Asimismo, se dispone que dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia declarado, la Policía debe presentar al Ministerio del Interior un informe detallado de las acciones realizadas durante la declaratoria del régimen de excepción y los resultados obtenidos.
Por otro lado, se establece que la implementación de este Decreto Supremo se financia con presupuesto institucional asignado “a los pliegos involucrados, y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas”.
Cabe mencionar que la declaratoria de emergencia se da en medio de pedidos de renuncia y mociones de censura contra el titular del Mininter, Juan José Santiváñez, quien ha descartado dimitir. El gobierno de Dina Boluarte ni siquiera ha discutido su salida del cargo, indicó el ministro de Educación, Morgan Quero, en entrevista con Punto Final.
¿Cuándo se verá la censura a Juan José Santiváñez?
Tal como Infobae Perú adelantó, los documentos a favor de la salida del responsable de la seguridad ciudadana están programados para este viernes 21 de marzo. En esta fecha se debatirán y votarán las solicitudes ingresadas. También se espera la presencia del ministro.
La aprobación de una moción de censura requiere el voto favorable de más de la mitad del número legal de miembros del Congreso. Es decir, para hacerse efectiva la salida de Juan José Santiváñez, el documento deberá contar con el voto a favor de 66 congresistas. ¿Existe el respaldo para ello?
Considerando que todos los que firmaron las mociones no cambiarán de posición frente a la exposición del ministro, se tiene el número requerido proveniente de Fuerza Popular (18), Renovación Popular (11), Juntos por el Perú - Voces del Pueblo (8), Avanza País (6), Bancada Socialista (5), Podemos Perú (5), Bloque Democrático Popular (4), Alianza para el Progreso (2), Bloque Magisterial de Concertación Nacional (1), Honor y Democracia (1) y cinco no agrupados. Es decir, existen los votos mínimos para aprobar la censura al ministro Juan José Santiváñez.
El número de congresistas que respaldan su salida es tal que el titular del Interior solicitó acudir al Pleno a fin de exponer resultados y la estrategia de su sector, y con ello cambiar el sentido del voto de la mayoría.

¿Servicio militar y policial obligatorio?
Como parte de las medidas contra la criminalidad, el premier Gustavo Adrianzén anunció la presentación de un proyecto de ley ante el Congreso de la República que busca implementar el servicio militar y policial obligatorio en el país. Aunque todavía no se conocen mayores detalles de la medida, su mención ha generado polarización entre la población.
Algunos especialistas consultados por Infobae Perú, como el exministro Ántero Flores Aráoz y el exdirector de la Policía Nacional del Perú (PNP) Eduardo Pérez Rocha consideraron que demandaría un fuerte gasto al erario público y no tenemos suficientes recursos. Por su parte, el abogado Diego Arteaga indicó que su aplicación podría recaer en la comisión de delitos como abuso de autoridad y otros, ya que el artículo 129-O del Código Penal sanciona al que somete u obliga a otra persona, a través de cualquier medio o contra su voluntad, a realizar un trabajo o prestar un servicio, sea retribuido o no.
“Si bien el artículo 163 del Plexo Constitucional establece la obligación de participar en la Defensa Nacional, dicha obligación no debe ser efectuada afectando principios y derechos constitucionales que rigen en un Estado democrático como el Peruano”, indicó.
Más Noticias
Darinka Ramírez afirma que Jefferson Farfán le advirtió que no quería ‘repetir patrones’ de su relación con Melissa Klug
La influencer relata cómo Jefferson Farfán le expresó que no deseaba repetir una relación similar a la que tuvo con Melissa

Darinka Ramírez le reclamaba a Jefferson Farfán: “Si tienes intimidad conmigo, ¿por qué estás saliendo con otra?”
La influencer cuenta cómo el exfutbolista minimizaba sus preocupaciones y cómo eso afectó su salud mental

Arequipa registró un temblor de magnitud 4
El movimiento comenzó a las 00:54 hora local

Qué se celebra este 15 de abril en el Perú: arte, poesía y patria se cruzan entre nacimientos, muertes y gestas fundacionales
En esta fecha convergen figuras que marcaron la historia, el arte y la identidad nacional con su legado intelectual, cultural, político y musical que aún perdura en la memoria colectiva.

Darinka Ramírez le descubrió a Jefferson Farfán un depósito de 15 mil soles a Xiomy Kanashiro: “Me indigné”
En una emotiva entrevista, la influencer detalló los últimos momentos de su relación con el futbolista, revelando cuándo y cómo terminó su intimidad, además de la impactante sorpresa que encontró en su celular y que tiene pruebas
