
¿Problemas para obtener un crédito en el banco? La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) ha establecido ahora que el seguro de desgravamen dejará de ser una condición exigible para productos financieros como préstamos vehiculares, personales y tarjetas de crédito. Según lo dispuesto en la Resolución SBS N° 00890-2025, publicada el 7 de marzo de 2025, esta medida busca garantizar una mayor transparencia y flexibilidad en la contratación de productos financieros, permitiendo a los usuarios decidir si desean adquirir este tipo de seguro.
De acuerdo a la resolución, publicada esta mañana en el Diario Oficial El Peruano, los cambios en la aplicación del seguro de desgravamen entrarán en vigencia a partir de septiembre próximo para las nuevas contrataciones de los productos antes mencionados. En tanto, se pondrá en marcha un proceso de adecuación por parte de las entidades administradas, como bancos y cajas municipales. La medida, anunciada por SBS en octubre del 2024, encontró resistencia en el sector.
La resolución modifica varios reglamentos clave, incluyendo el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, así como disposiciones relacionadas con comisiones y gastos aplicados por las empresas del sistema financiero. De acuerdo con la SBS, esta decisión responde a la necesidad de alinear las prácticas locales con estándares internacionales, donde el seguro de desgravamen es obligatorio únicamente para créditos hipotecarios destinados a la vivienda.
Cambios en la obligatoriedad del seguro de desgravamen
El seguro de desgravamen, que hasta ahora era frecuentemente requerido por las entidades financieras para diversos tipos de créditos, tiene como objetivo principal cubrir el saldo pendiente de una deuda en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente del titular. Sin embargo, la SBS ha determinado que este seguro será obligatorio únicamente para los créditos hipotecarios para vivienda, debido a la naturaleza de estos préstamos, que suelen ser de largo plazo y de montos elevados.
La resolución enfatiza que, en el caso de los créditos hipotecarios, el seguro de desgravamen protege tanto a los herederos del deudor como al bien hipotecado que respalda la operación crediticia. Esto asegura que, en caso de fallecimiento del titular, los familiares no queden con la carga de la deuda y el bien hipotecado no sea ejecutado.
Para otros productos financieros, como préstamos vehiculares, personales y tarjetas de crédito, el seguro de desgravamen será opcional. Las entidades financieras deberán ofrecer al menos una alternativa dentro de su portafolio que no requiera la contratación de este seguro. Además, deberán informar de manera clara y previa a los usuarios sobre esta opción, garantizando que los consumidores puedan tomar decisiones informadas.

Consentimiento expreso y transparencia en la contratación
La Resolución SBS N° 00890-2025 también establece que, en los casos en que los usuarios opten por contratar un seguro de desgravamen de manera voluntaria, las entidades financieras deberán obtener su consentimiento expreso. Este consentimiento deberá ser registrado y resguardado como sustento de la decisión del cliente.
Asimismo, las empresas estarán obligadas a informar de manera detallada sobre todos los cargos asociados a la comercialización de los seguros de desgravamen. Esto incluye la existencia de bonificaciones, premios, utilidades u otros beneficios que puedan recibir los corredores de seguros o comercializadores. La medida busca garantizar una mayor transparencia en las operaciones y evitar prácticas abusivas en la contratación de seguros.
En cuanto a los seguros comercializados directamente por las entidades financieras, estas deberán entregar a los asegurados las pólizas individuales o los certificados correspondientes, en cumplimiento con el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de Seguros.
Protección a los derechos de los usuarios
Otro aspecto destacado de la resolución es la inclusión de disposiciones que buscan garantizar el respeto a los derechos de los usuarios, especialmente de aquellos con discapacidad. Según la SBS, las empresas del sistema financiero deberán desarrollar políticas y procedimientos que aseguren que las personas con discapacidad puedan acceder y utilizar todos los canales de atención disponibles.
Esta medida refuerza el compromiso de la SBS con la inclusión y la equidad en el acceso a los servicios financieros, promoviendo un entorno más accesible para todos los usuarios.

Contexto y antecedentes del seguro de desgravamen
El seguro de desgravamen ha sido históricamente un requisito común en Perú para acceder a ciertos productos financieros, aunque no era obligatorio por ley. Este seguro ha sido utilizado principalmente en créditos hipotecarios, préstamos vehiculares y tarjetas de crédito con altos montos disponibles.
El propósito del seguro de desgravamen es proteger a los familiares del titular de la deuda en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente, evitando que tengan que asumir la carga financiera o que los bienes en garantía sean embargados. Sin embargo, su obligatoriedad en productos distintos a los créditos hipotecarios ha sido cuestionada, ya que limitaba la capacidad de los usuarios para elegir libremente entre las opciones disponibles en el mercado.
Con esta nueva normativa, los usuarios tendrán mayor flexibilidad para decidir si desean contratar este seguro, lo que podría traducirse en una reducción de los costos asociados a los productos financieros.
Implicaciones para el sistema financiero
La decisión de la SBS de hacer opcional el seguro de desgravamen en productos no hipotecarios representa un cambio angular en las prácticas del sistema financiero peruano. Las entidades financieras deberán ajustar sus políticas y procedimientos para cumplir con las nuevas disposiciones, lo que incluye la oferta de productos sin este requisito y la implementación de mecanismos para garantizar la transparencia y el consentimiento informado de los usuarios.
Además, la medida podría fomentar una mayor competencia en el mercado de seguros, ya que los usuarios tendrán la posibilidad de contratar seguros de desgravamen con aseguradoras externas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por las entidades financieras.

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