
El bono por maternidad es un beneficio económico destinado a las trabajadoras aseguradas, permitiéndoles cubrir el período en el que se ausentarán del trabajo debido a su licencia por maternidad. Este apoyo busca garantizar ingresos durante el postparto y la atención inicial del bebé. El subsidio cubre 98 días, contados desde el inicio del descanso médico por maternidad. En casos de partos múltiples o si el recién nacido presenta alguna discapacidad, el beneficio puede extenderse por 30 días adicionales.
Para trabajadoras de Unidades Ejecutoras del sector público, empleadas del hogar, pescadoras, procesadoras pesqueras artesanales independientes y aquellas bajo regímenes especiales, la asegurada titular debe gestionar el trámite. Por otro lado, si la asegurada es una trabajadora regular dependiente o agraria dependiente, su empleador se encargará del proceso, incluyendo la entrega del pago y la solicitud de reembolso ante EsSalud.
¿De cuánto es el bono por maternidad de EsSalud?
El subsidio por maternidad en Perú se calcula tomando como base el promedio diario de las remuneraciones asegurables que la trabajadora haya percibido en los últimos cuatro meses previos al inicio de su descanso por maternidad. Este promedio diario se multiplica por los 98 días que dura el subsidio, obteniendo así el monto total a recibir.
Por ejemplo, si una trabajadora tiene un salario mensual fijo de S/ 1.000, la suma de sus remuneraciones en los últimos cuatro meses sería S/ 4.000. Dividiendo este monto entre 120 (que corresponde a 30 días por 4 meses), se obtiene un promedio diario de S/ 33,33. Multiplicando este promedio por 98 días, el subsidio total sería de S/ 3.266,34.

Requisitos para acceder al bono de maternidad
Para acceder al subsidio por maternidad en Perú, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:
- Relación laboral vigente: Mantener un vínculo laboral al inicio y durante todo el periodo de descanso por maternidad.
- Aportes al seguro: Haber realizado aportes a EsSalud durante al menos tres meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al inicio del descanso por maternidad.
- Empleo en el momento de la concepción: Tener una relación laboral en el mes en que se produjo la concepción.
Para las aseguradas bajo regímenes especiales, como pescadoras o procesadoras pesqueras artesanales independientes, es necesario haber efectuado el pago correspondiente al mes de la concepción antes de presentar la solicitud del subsidio. Además, se requiere presentar ciertos documentos, entre ellos:

- Formulario N° 1040 debidamente completado y firmado.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) original.
- Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) que avale los 98 días de descanso por maternidad.
Es importante tener en cuenta que el subsidio puede perderse si se interrumpe la relación laboral, si se realiza alguna actividad remunerada durante el periodo de descanso o si no se siguen las indicaciones médicas establecidas.
Información importante sobre el bono de maternidad
Si el empleador registra en la Planilla Electrónica que la trabajadora percibió remuneración en algunos o todos los días que corresponden al bono por maternidad, EsSalud tomará las siguientes medidas:
- Notificación al solicitante: Se enviará una comunicación informándole sobre la observación y otorgándole un plazo de siete días para corregir la situación.
- Corrección dentro del plazo: Si el solicitante subsana la observación en el tiempo establecido, el subsidio se otorgará en su totalidad. En caso contrario, el pago solo cubrirá los días correctamente reportados como no laborados.
- Resolución de EsSalud: Se emitirá un documento donde se reconocerá parcialmente el beneficio, detallando los días no considerados debido a su registro como laborados. El solicitante podrá presentar los recursos administrativos necesarios para impugnar la decisión.

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