
La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) ha mandado una carta al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicitando que se eliminen una serie de leyes con respecto a empresas prestadoras del servicio de agua que perjudicarían a todos los peruanos.
Según la asociación, estas medidas irían desde permitir que las empresas de agua, como el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal), puedan subir las tarifas hacia los consumidores sin que cumplan una serie de metas, como estaba estipulado anteriormente, hasta trasladar el costo del pago de multas a los mismos usuarios y no desde la empresa.

Medidas perjudicarían a consumidores
El presidente de Aspec, Crisólogo Cáceres se refirió al decreto legislativo 1280, y su reglamento, el cual genera un nuevo esquema entre la relación que tienen las empresas prestadoras del servicio de agua con la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) que es el organismo regulador. Este “introduce algunas modificicaciones que spuestamente buscna fomentar la competitividad de empresas prestadoras como Sedapal. Sin embargo, existen diposiciones dentro de estas noras que perjudican severamente los intereses de los usuarios, opina. Así las detalla:
- Incremento de tarifas sin cumplir meta: Antes para solicitar un incremento tarifario la empresa debía cumplir con determinadas metas, ya no
- Pago de multas: Antes cuando la empresa cometía algun tipo de error y por ello era multada, el pago de la multa tenía que salir de su propio bosillo. Ahora ya no. Ahora se le puede trasladar el costo del pago de las multas a los usuarios
- Infracciones: Antes cuando la empresa incurría en alguna infracción, el ente regulador podía imponerle sanciones pecunarias, multas, que pague plata por haber hecho mal las cosas. Ya no, ahora se reducen a meras amonestaciones, “jaladas de oreja”.
Asimismo, señalan que los usuarios deberían ser partícipes de la aprobación de la tasa de ganancia. Esto significa que no basta con que se les informe sobre la metodología y el proecso de aprobación; “los usuarios deben ser actores clave en la toma de decisiones que afectan a sus tarifas. Es decir, estos deben tener la oportunidad de opinar y participar activaente en cada etapa del proceso. Con esto se aseguraría que sus intereses y necesidades sean considerado y que los increentos en las tarifas estén jusitificados con mejora tangibles en el servicio”, agrega Aspec.

Reglamento se habría realizado sin AIR
En este contexto, Aspec también señala que la aprobación del Decreto Legislativo N° 1620 y la de su reglamento se realizó sin llevarse a cabo un Análisis de Impacto Regulatorio (AIR). “La ausencia del AIR sugiere que las decisiones pudieron haber sido tomadas sin una evaluación completa de sus consecuencias, lo que incrementa la preocupación de Aspec sobre la posible afectación de los derechos de los usuarios del país”, argumentan y ponen el foco en esta falta de consideración con respecto a los usuarios.
Pero Aspec no solamente solicita una reunión con el ministro de Vivienda, Durich Francisco Whittembury Talledo, sino que, además, pide eliminar estas medidas anteriormente señaladas: el numeral 71.3 que habilita los incrementos sin meta, el nueral 20 del artículo 4 y el 163-2 del reglamento sobre las multas, y el texto agregado al nuemral 2 del artículo 153, vinculado a las sanciones.
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