
El congresista Víctor Flores Ruiz, de Fuerza Popular, ha propuesto que las personas que cometan fraude científico puedan ser condenadas hasta con cinco años de cárcel.
De acuerdo al proyecto de ley 09820, todo aquel que haga “suya una investigación o producción de innovación científica en calidad de autor o coautor, que no realizó, con el fin de obtener algún beneficio para sí o para terceros, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de cinco años y con 90 a 180 días multa”.
El documento estipula, además, que cuando el delito es cometido por un funcionario o servidor público, también se impondrá la inhabilitación de uno a tres años.
Como coautores de la medida aparecen sus compañeros de bancada: Arturo Alegría García, Vivian Olivos Martínez, Alejandro Aguinaga, César Revilla, Cruz Zeta Chunga, y Martha Moyano.

¿Cuál es la justificación?
Víctor Flores sostiene que el llamado ‘fraude científico’ no es un problema exclusivo para nuestro país, sino que afecta a diferentes naciones a nivel mundial.
“Algunos investigadores, con el objetivo de incrementar su producción científica para calificar para bonificaciones especiales o ganar mayor prestigio en la comunidad académica, recurren a prácticas deshonestas (...). Esto puede incluir la presentación de publicaciones en las que no han participado como autores o coautores, esencialmente comprando publicaciones e investigaciones”, menciona.
De esta manera, el legislador establece que esto representa una conducta delictiva y que la autoría inmerecida “viene causando perjuicio a nuestra reputación dentro de la comunidad científica, y refleja la deshonestidad de varios investigadores al recurrir a este tipo de prácticas”. En general, señala que la propuesta busca:
- Promover la protección a la integridad científica
- Promover ética en la investigación
- Adecuado uso de los recursos estatales o públicos
- Reforzar el sistema de justicia
- Impulsar la innovación y el progreso
- Responsabilidad de la comunidad científica
- Educación con valores
- Reputación ante la comunidad internacional
- Ventajas indebidas
- Respaldo al trabajo de verdaderos investigadores
- Mejora de la calidad de publicaciones o investigaciones científicas
- Incentivo a la investigación de calidad

Se imponen nuevas sanciones
La publicación de investigaciones fraudulentas que puedan impactar negativamente en la economía, la salud o la vida de las personas son consideradas una infracción grave en Perú, según una reciente modificación legal.
Tal como informó El Peruano, esta medida forma parte de los cambios introducidos en la Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti), que ahora establece sanciones más severas para quienes incurran en plagio, falsificación de información o manipulación de datos en el ámbito científico. La normativa, publicada el 20 de julio, busca garantizar la credibilidad y la ética en las actividades de investigación en el país.
De acuerdo con el diario oficial, la modificación se encuentra contenida en la Ley N.° 32098, que actualiza los artículos 33, 34 y 35 de la Ley 31250. En esta nueva versión, el fraude científico se define como cualquier acto de plagio, fabricación o falsificación de información en publicaciones, proyectos, reportes u otros productos académicos relacionados con la investigación. Además, se incluyen como infracciones la manipulación intencional de métodos, datos, imágenes y resultados, así como la apropiación indebida de ideas y la atribución de autoría ficticia.
La normativa también abarca investigaciones aplicadas que, de forma deliberada, violen los estándares éticos de la investigación científica. Según la ley, estas acciones no solo representan un daño a la integridad académica, sino que también pueden acarrear consecuencias penales y generar perjuicios económicos tanto para el Estado como para entidades privadas. El Peruano destacó que estas disposiciones buscan proteger la confianza pública en la ciencia y evitar que prácticas deshonestas comprometan el desarrollo del conocimiento en el país.
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