
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó este miércoles la demanda interpuesta por el Poder Ejecutivo en octubre de 2023 contra la Ley N° 31729, que establece la actualización del Bono de Reconocimiento dirigido a los aportantes y exaportantes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
La Ley N.º 31729 fue aprobada por insistencia en abril de 2023 y amplía el Bono de Reconocimiento a quienes se trasladaron al Sistema Privado de Pensiones después de esa fecha. Hasta entonces, el bono solo beneficiaba a quienes migraron hasta el año 2001, dejando sin compensación a una gran cantidad de trabajadores.
La demanda del Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo había presentado una demanda de inconstitucionalidad contra esta ley, argumentando que su implementación podría afectar la estabilidad financiera del Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Desde la perspectiva del Ejecutivo, la norma carecía de un respaldo presupuestario claro y generaba el riesgo de desfinanciar aún más el sistema público, incentivando la migración masiva de afiliados hacia el Sistema Privado de Pensiones.
En otras palabras, la principal preocupación era que el reconocimiento de estos bonos implicaría un gasto considerable que no estaba debidamente contemplado en las finanzas del Estado.
De ONP a AFP: la decisión del Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda y ratificó la constitucionalidad de la Ley N.º 31729. Esto significa que los trabajadores que se trasladaron de la ONP a las AFP desde 2002 tienen derecho a que sus aportes al sistema público sean reconocidos mediante el Bono de Reconocimiento.
Dicho bono será trasladado a las Cuentas Individuales de Capitalización (CIC) que cada afiliado posee en las AFP, lo cual garantiza que los aportes realizados durante su permanencia en la ONP no se pierdan.

¿Qué implicancias tiene este fallo?
La decisión tiene un impacto directo en aproximadamente 4,6 millones de afiliados que migraron al Sistema Privado de Pensiones después de 2002. Para ellos, esta medida representa un alivio al confirmar que sus aportes realizados al SNP no quedaron en el aire y serán transferidos a sus fondos individuales en las AFP.
Por otro lado, esta sentencia podría tener importantes repercusiones fiscales, ya que el Estado deberá destinar recursos significativos para cumplir con el pago de estos bonos. El Ejecutivo había alertado sobre este posible impacto en las finanzas públicas, lo que explica su oposición inicial a la ley.
¿Cómo cambiarse de ONP a AFP?
Para trasladarte del Sistema Nacional de Pensiones (ONP) al Sistema Privado de Pensiones (AFP) en el Perú, es necesario seguir un procedimiento específico que implica desafiliarte de la ONP y afiliarte a una AFP de tu elección.
El proceso comienza solicitando la desafiliación de la ONP. Para ello, es necesario acudir a una oficina de esta institución con tu Documento Nacional de Identidad (DNI) y presentar una solicitud formal que indique tu decisión de dejar el sistema público de pensiones. Este paso es fundamental para evitar cualquier conflicto sobre tus aportes o el reconocimiento de tu salida.

Una vez completada la desafiliación, el siguiente paso es afiliarte a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Para esto, debes elegir la AFP que prefieras y acudir a una de sus oficinas con tu DNI y los documentos adicionales que te soliciten, como las boletas de pago de los últimos meses, que sirven para verificar tu historial de aportes. Al firmar el contrato con la AFP, quedarás oficialmente inscrito en el Sistema Privado de Pensiones, donde los aportes que realices irán a una Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
Es importante tener en cuenta que cambiarte de la ONP a una AFP puede tener implicancias a largo plazo en tu futura pensión. Por ello, es recomendable buscar asesoramiento profesional antes de tomar la decisión. Un especialista en pensiones podrá analizar tu situación particular y orientarte sobre las ventajas y desventajas de cada sistema.
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