El Congreso de la República no alcanzó los votos necesarios para aprobar una reforma constitucional clave que buscaba impedir que personas sentenciadas por delitos graves pudieran postularse a cargos públicos durante un periodo de diez años después de haber cumplido su condena. La propuesta recibió 65 votos a favor, 26 en contra y 5 abstenciones, quedando por debajo de los 87 votos requeridos para su aprobación en la primera votación.
Esta iniciativa pretendía ser implementada para las elecciones de 2026, y necesitaba ser ratificada con una misma cantidad de votos en una siguiente legislatura, que comenzará en marzo de 2025. La reforma proponía modificaciones en el artículo 34-A de la Constitución Política, estableciendo que personas con sentencias condenatorias emitidas en primera instancia, particularmente relacionadas con delitos graves como terrorismo, tráfico ilícito de drogas, atentados contra la seguridad nacional, traición a la patria, y aquellos contra los poderes del Estado y el orden constitucional, estarían inhabilitadas para postularse a cargos de elección popular por diez años tras su rehabilitación.
El proyecto fue presentado al Pleno del Congreso por Luis Aragón, vicepresidente de la Comisión de Constitución, quien argumentó que la reforma no contradecía los principios constitucionales y que su aprobación consolidaría un perfil más idóneo y transparente para los candidatos en futuras elecciones.
Las bancadas que votaron a favor de la norma son: Fuerza Popular (7 de 21), APP (11 de 14), Podemos (7 de 13), Renovación Popular (10), Acción Popular (6 de 9), Bloque Magisterial (4), Avanza País (8), Somos Perú (4 de 7), Honor y Democracia (4 de 5), No agrupados (6 de 3).
En contra: Podemos (1), Podemos (1), Perú Libre (8), Bloque Magisterial (2), Cambio Democrático (7), Bancada Socialista (5), Bloque Democrático (1). Abstenciones (5)

Proyecto de ley no incluye a acusados de violación, corrupción y homicidio
Durante el debate, hubo opiniones divididas entre los legisladores. Algunos expresaron preocupaciones sobre la justicia de extender las inhabilitaciones electorales a personas que ya cumplieron condena. Esto llevó a un intento fallido de someter la propuesta a una revisión adicional en la Comisión de Constitución. Cabe destacar que este proyecto ya había sido objeto de revisiones anteriores. Originalmente incluía más delitos, como violación de la libertad sexual, corrupción de funcionarios, colusión y homicidio, pero la falta de consenso llevó a una restricción del alcance de los delitos considerados en la versión final.
En última modificación, la reforma también contemplaba cambios en el artículo 39-A, sugiriendo que quienes hubieran cometido estos delitos tampoco podrían ocupar cargos de confianza durante el mismo periodo de inhabilitación electoral.
Especialistas en temas electorales indicaron que la falta de inclusión de ciertos delitos revela una falta de preocupación por parte de los políticos hacia crímenes de corrupción y abuso. Además, este proyecto de ley era clave con miras a las Elecciones 2026, donde no sólo se elegirá al presidente o presidenta de la República y congresistas, sino también a gobernadores regionales y alcaldes provinciales y distritales.

¿Qué artículos de la Constitución pretendía modificar este proyecto de ley?
La propuesta modificaría de manera trascendental la Constitución, estableciendo barreras claras entre el servicio público y aquellos con antecedentes penales serios.
El cambio principal afectaría al artículo 34-A, que, de ser aprobado, impediría a quienes tengan sentencias condenatorias por delitos dolosos postularse a cargos de elección popular, incluso si la resolución está en primera instancia. Para delitos de mayor gravedad, como terrorismo o narcotráfico, el impedimento se prolongaría durante diez años después de que el condenado haya sido declarado rehabilitado.
Complementando esta prohibición, el artículo 39-B evitaría que estas personas sean designadas en cargos de confianza, cerrando así cualquier posibilidad de retorno al aparato estatal. Además, el inciso 22 del artículo 139, que regula la rehabilitación, sería alterado. Esta modificación excluiría este grupo de delitos del pleno restablecimiento de derechos en materia de función pública.
Con estas reformas, se buscaba crear un “cerco constitucional” que funcione como un candado reforzado, destinado a impedir que el pasado penal de ciertos individuos permita un regreso a posiciones de poder o incida en la reincidencia delictiva.
Sin embargo, las diversas bancadas no votaron a favor de esta reforma constitucional, por lo que los postulantes a cargos públicos pueden acceder a un puesto laboral sin importar sus antecedentes penales o sentencias.
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