Congreso aprueba Amnistía Tributaria por hasta S/3.600 millones dirigida a contribuyentes con mayores ingresos

El régimen introduce dos tasas impositivas para regularizar el Impuesto a la Renta no declarado: un 10 % para rentas no declaradas y un 7 % si el dinero es repatriado e invertido en el país por un mínimo de 12 meses

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Una comisión legislativa sesionando en
Una comisión legislativa sesionando en un día de diciembre. (Foto: Congreso de la República)

El Pleno del Congreso de la República aprobó una nueva Amnistía Tributaria para personas naturales que busca regularizar las rentas no declaradas hasta el 31 de diciembre de 2022. Esta medida, que condonaría deudas tributarias par un monto entre S/2.100 millones y S/3.600 millones, según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), ofrece un régimen excepcional del Impuesto a la renta (IR) para personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país.

El nuevo régimen, en viva cuenta del PL 7536/2023, establece dos tasas impositivas para regularizar las rentas no declaradas: un 10% sobre las rentas no declaradas y un 7% si el dinero es repatriado e invertido en el país durante al menos 12 meses.

Una vez acogidas las rentas a este régimen, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) no podrá fiscalizarlas ni ejercer acción penal sobre ellas.

Sin embargo, se excluyen de esta amnistía las rentas provenientes de delitos graves, así como los contribuyentes que hayan sido funcionarios públicos desde 2009.

El proyecto de ley, aprobado por insistencia en el Congreso y con un fuerte respaldo del fujimorismo, aún debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano para entrar en vigencia.

Una vez publicado, comenzará a regir al día siguiente, aunque se ha señalado que el plazo de 15 días estipulado para su implementación es operativamente inviable.

Para beneficiarse de este régimen,
Para beneficiarse de este régimen, los contribuyentes deben presentar una declaración jurada que identifique los bienes, derechos o dinero y su origen. Además, es necesario realizar el depósito del monto no declarado antes de acogerse al régimen y efectuar el pago íntegro del impuesto correspondiente. Créditos: Sunat

Amnistía tribuaria solo beneficia a grandes contribuyentes

La reciente aprobación de una Amnistía Tributaria por insistencia del Pleno del Congreso ha generado un intenso debate en torno a sus implicaciones y equidad.

Según un análisis del abogado Rafael Inurritegui, la medida podría fomentar desigualdades significativas al ofrecer tasas reducidas del 10% o 7% a quienes han evadido impuestos, en comparación con aquellos contribuyentes que han cumplido con sus obligaciones fiscales de manera oportuna.

La propuesta de amnistía también ha sido criticada por la falta de mecanismos de control adecuados para verificar el origen legal de las rentas declaradas.

“Además, de acogerse y no aprobada la solicitud, lo pagado pagado queda y deben de regularizar su situación del IR de 2023 por lo no declarado y autocorregido en 2022 por la amnistía. Obviamente, más multas y recargos. Es de locos, no tienen idea de lo que han aprobado”, destacó el especialista para Infobae Perú.

Inurritegui advierte que permitir la repatriación de fondos mediante una simple declaración jurada podría facilitar actividades ilícitas, contraviniendo las normas antilavado establecidas en el Decreto Legislativo 1372.

Inurritegui desaconseja acogerse a este régimen en caso de que sea publicado y entre en vigor, ya que anticipa que las revisiones de la Sunat serán exhaustivas y podrían objetar las declaraciones que no acrediten adecuadamente la legalidad del origen de los fondos.

Asimismo, critica la propuesta por reflejar una falta de comprensión legislativa de los procesos tributarios, lo que la convierte en una medida potencialmente ineficaz y riesgosa.

Rafael Inurritegui, abogado tributarista
Rafael Inurritegui, abogado tributarista

Amnistía Tributaria tendrá un impacto fiscal de hasta S/3.600 millones

El MEF también ha expresado su preocupación por la propuesta de Amnistía Tributaria presentada por el Congreso, argumentando que podría tener un impacto negativo en la equidad fiscal del país.

Según el ministerio, la medida beneficiaría desproporcionadamente a las personas con mayores ingresos, al ofrecer un trato preferencial a quienes no han cumplido con sus obligaciones tributarias.

Bajo el régimen propuesto, una persona con ingresos anuales no declarados de US$10 millones podría tributar solo US$3 millones, lo que representa una tasa efectiva inferior a la que se aplica a un trabajador con ingresos mensuales de US$2.000. Esto, según el MEF, contradice el principio de proporcionalidad y equidad establecido en la Constitución.

El costo fiscal de la medida también es motivo de preocupación. Se estima que, de aprobarse, se condonarían deudas tributarias por un monto entre S/2.100 millones y S/3.600 millones, lo que equivale a un porcentaje significativo del presupuesto destinado a previsión social y seguridad pública.

“Esta perdida de ingresos afecta el financiamiento de programas sociales prioritarios, como el presupuesto de Qali Warma, y debilita la sostenibilidad fiscal”, destacó el MEF.

El Poder Ejecutivo había mostrado
El Poder Ejecutivo había mostrado un fuerte rechazo a la Amnistía Tributaria promovida por el Congreso de la República. Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón)

Amnistía tributaria contraviene recomendaciones OCDE

La propuesta legislativa, que fue aprobada en junio por el Pleno del Congreso y observada luego por el Ejecutivo en agosto, contraviene igualmente los lineamientos del Marco Macroeconómico Multianual (MMM) 2024-2027, que priorizan la simplificación y racionalización de beneficios tributarios.

La experiencia internacional sugiere, continúa el ministerio, que replicar este régimen en el contexto actual no sería eficiente ni eficaz. Estudios de la OCDE y el Foro Global sobre Transparencia advierten que las amnistías fiscales pueden generar expectativas de futuras regularizaciones y debilitar la cultura del cumplimiento tributario a largo plazo.

Vale precisar que el Perú, como miembro del Foro Global, ha adoptado estándares internacionales para el intercambio automático de información financiera.

Precisamente, medidas como el Decreto Legislativo 1372 y la suscripción del Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes han permitido a la Sunat acceder a información relevante sobre activos y cuentas financieras en el extranjero, reforzando así el control tributario y minimizando el riesgo de incumplimiento.

Nueva amnistía tributaria del IR
Nueva amnistía tributaria del IR aprobada por el Congreso. La implementación de estas medidas podría tener un impacto considerable en la economía del país, incentivando la inversión y el retorno de capitales que se encuentran en el extranjero. Créditos: difusión

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