
Jorge Milla, vocero de la comisión Ad Hoc del Fonavi, expresó su descontento con la decisión del gobierno de excluir a un grupo de fonavistas de la devolución de sus aportes. Esta medida, según informó, la tomó el Ejecutivo tras la admisión de una demanda de acción popular contra el Decreto Supremo 280, aunque tendría facultades para incorporarlos.
Durante una entrevista en el programa ‘En Defensa de la Verdad’, Milla calificó de “sospechoso” que el Poder Judicial haya admitido la iniciativa legal. Según el portavoz, los argumentos jurídicos eran sólidos, pero la admisión sirvió de pretexto para evitar una resolución para no incurrir en un avocamiento indebido.
“Todo estaba establecido porque los argumentos jurídicos eran contundentes, pero sospechosamente el Poder Judicial admite una demanda de Acción Popular contra el Decreto Supremo 280 artículo 43 (...) Con base en la sola admisión de la demanda, ha sido pretexto para que los representantes de este gobierno de Dina Boluarte digan que no pueden tomar decisión porque sería un avocamiento indebido”, declaró.

En ese sentido, consideró que la comisión se rige por las normas vigentes y, según él, tendría la facultad de incluir a los fonavistas afectados. Sin embargo, la situación actual ha generado incertidumbre entre los beneficiarios, quienes esperaban una resolución favorable.
“La comisión Ad Hoc, como un órgano colegiado, se somete a las normas vigentes. Entonces, en el marco legal constitucional vigente tenemos las facultades para incorporar a los fonavistas de este sector, incluidos los prestatarios de bancos de materiales”, sostuvo.
¿Qué grupo de fonavistas es el afectado?
El grupo afectado es el de fonavistas por obras de electrificación. Es decir, aquellos que recibieron préstamos para este rubro tendrán que esperar más para acceder a su devolución del Fonavi, pues no serán incluidos en la próxima lista de beneficiarios.
Fuentes de Infobae Perú informaron que, en la última reunión, donde solo se debatió la suspensión del proceso de incorporación a la devolución a los fonavistas que accedieron a un préstamo para la conexión domiciliaria en electrificación, “los cuatro representantes del Poder Ejecutivo ante la Comision Ad Hoc, tres del Ministerio de Economía y Finanzas y uno de la Oficina de Normalización Previsional, encontraron en la admisión de la demanda por el poder Judicial de la acción popular presentada, la excusa perfecta para no continuar con la evaluación e incorporar al padrón de la devolución a los fonavistas que recibieron préstamos para pagar las obras de Electrificación hasta que el Poder Judicial resuelva la demanda presentada”.

En respuesta, la representación fonavistas en la Comisión Ad Hoc señalaron que “la admisión de una demanda no deja sin vigencia una norma ni impide un acto administrativo, salvo que el juez a través de una medida cautelar diga lo contrario”, y que la Comisión efectúa sus actos jurídicos y administrativos en el marco de la defensa, protección y restitución del derecho de propiedad, principio constitucional, sus reglamentos y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional aplicables al proceso de la devolución del dinero del Fonavi a sus aportantes”.
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