
El Banco de la Nación no solo sirve como entidad financiera principal para trabajadores del sector público y para entregar pensiones a miles de afiliados ONP, sino que también ofrece una serie de productos atractivos para los peruanos, tanto como crédito estudiantiles, hipotecarios y más —destaca estos días el crédito promocionado con motivo del Día de la Madre—.
Entre uno de estos es el seguro de sepelio, que asegura a un afiliado con un monto desde S/6.000, que se le entregará a su familia en caso este fallezca. Solo si tienes menos de 70 años y eres cliente del Banco de la Nación —titular de una tarjeta de débito MultiRed, podrás solicitarlo.
Seguro de sepelio del BN
Podrás solicitar la afiliación al seguro de sepelio del Banco de la Nación, para ti y tus familiares, de manera presencial en cualquier agencia del banco. Este producto cubrirá los gastos de sepelio en caso de que fallezcas. Asimismo, contiene dos tipos de planes, cuyas tarifas están sujetas a variación.

- Plan 1 (individual): Este supone un pago de prima de S/4,70 (cada mes) y puedes incluir a tus padres, hermanos, tíos, sobrinos, ahijados o cualquier tercero. Sin embargo, el pago de esta prima se hará por cada persona que se quiere asegurar.
- Plan 2 (familiar): Este supone un pago de prima de S/18,90 cada mes. Pero cubre tanto al titular, cónyuge y hasta a tres hijos menores de 18 años.
Este seguro no tiene ningún deducible, sin embargo, se aplica recién a los 60 días de contratado (esto se conoce como el periodo de carencia) —aunque esto no aplica para el fallecimiento accidental—. Asimismo, la edad límite que se acepta para contratar este seguro es de 69 años y 354 días, mientras que la edad límite de permanencia en el seguro es hasta que el afiliado cumpla 75 años y 364 días.
“Para recibir el sepelio indemnizatorio por caso de siniestro, tienes 180 días desde la fecha de ocurrencia (no es un plazo de caducidad) para dar aviso del siniestro”, resalta la entidad.

Cobertura del seguro
En caso de que el afiliado fallezca mientras ha contratado el seguro, el Banco de la Nación le otorgará diferentes montos a los familiares asegurados. Los básicos son los siguientes:
- Sepelio: Se indemnizará S/3 mil a los beneficiarios según la póliza o sucesores del asegurado, de acuerdo a ley.
- Luto: Se otorgará S/3 mil, de manera adicional a la cobertura de sepelio, a los beneficiarios según la póliza o sucesores del asegurado, de acuerdo a ley.
- Traslado: Se dará S/800 en caso de fallecimiento no ocurra en la ciudad de origen del asegurado, para solventar el traslado del difunto. Esto se entrega a los beneficiarios según la póliza o sucesores del asegurado, de acuerdo a ley.
- Beneficio educacional: Asimismo, se dará S/1.200 por cada hijo (como máximo tres), en caso del fallecimiento del asegurado. Los hijos deben tener entre 5 y 18 años de edad.
Asimismo, en otros casos especiales, el Banco de la Nación otorgará un monto mayor. Por ejemplo, por desamparo súbito familiar, la entidad pagará S/10 mil a los beneficiarios del asegurado según la póliza o sucesores del asegurado, de acuerdo a ley. Esto es para casos en que el fallecimiento del asegurado y su cónyuge se haya dado como consecuencia de un mismo accidente, “dentro de un plazo de 72 horas contadas desde su ocurrencia”.

Sin embargo, se excluirá del seguro al afiliado en los siguientes casos:
- Accidentes producidos cuando el asegurado se encuentra bajo la influencia del alcohol o drogas o en estado de sonambulismo
- Actos que infrinjan las leyes o reglamentos vigentes
- La práctica o desempeño de alguna actividad, profesión u oficio claramente riesgoso, así como la práctica de deportes notoriamente peligrosos (no aplica para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú)
- Enfermedades preexistentes (no se considera como preexistencia los casos de hipertensión, diabetes y asma)
- Enfermedades o defectos congénitos manifestados en cualquier etapa de la vida
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