
Cada día, innumerables conductores se encuentran con la presencia de la policía en las carreteras, ya sea en un control de rutina o por alguna falta cometida. La intervención vehicular es una práctica común en la labor de los agentes policiales, un procedimiento mediante el cual se solicita detener el auto para verificar su legalidad y la de su conductor.
Estas fiscalizaciones pueden desencadenarse por diversas razones: desde una actitud sospechosa por parte del conductor hasta la detección de una infracción de tránsito. También pueden surgir durante operativos policiales planificados o en momentos de fiscalización aleatoria.
¿Quiénes pueden detener mi vehículo?

Según el artículo 324 del Código de Tránsito, los efectivos policiales que se dedican al control del tránsito son los únicos autorizados para imponer papeletas por infracciones detectadas en la vía pública. Esto significa que aquellos policías no asignados específicamente a esta labor no deben intervenir vehículos con el objetivo de detectar infracciones o aplicar medidas preventivas como la retención del vehículo.
La Policía Nacional del Perú (PNP) se divide en diferentes órganos, cada uno con competencias específicas. Por lo tanto, un agente asignado a tareas como seguridad ciudadana, turismo, criminalística, o robo de vehículos, estaría ejerciendo una función que no le corresponde al intervenir en asuntos de tránsito.
Los policías de comisarías y del escuadrón de emergencia pueden intervenir a conductores dentro de operativos coordinados previamente por la División de la Policía de Tránsito. Sin embargo, deben estar documentados y ser comunicados al chofer de manera clara.
Estos son los documentos que tienes que mostrar ante la autoridad

El artículo 91 del Código de Tránsito detalla los documentos que un conductor debe presentar cuando se le solicite por un efectivo policial de tránsito, incluyendo el documento de identidad, licencia de conducir, tarjeta de identificación vehicular y certificado de inspección técnica vehicular.
Además, los efectivos asignados al control de tránsito reciben capacitación anual para actualizar sus conocimientos en normatividad relacionada con el tránsito terrestre. Son estos mismos agentes los que llevan consigo los formatos impresos de las papeletas de tránsito y pueden imponerlas al conductor infractor en el lugar donde ocurrió la infracción.
El artículo 4.2 del Decreto Supremo 028-2009-MTC establece que en caso de levantar una papeleta de infracción dentro de un operativo coordinado, el efectivo policial debe consignar en el rubro de observaciones el número de documento que autorizó la acción de fiscalización, o el nombre de la autoridad que dispuso el operativo.
Es importante destacar que estos principios no afectan el deber constitucional de todos los policías de detener a una persona en caso de flagrancia delictiva. Del mismo modo, cualquier efectivo policial puede requerir la identificación de una persona si considera necesario para prevenir un delito o para obtener información relevante en la investigación de un hecho condenable.
Conoce la tarifa de multas de tránsito

El alza en la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2024, pasando de S/.4,950 a S/ 5,150, representa un incremento de S/ 200. Esta modificación también impacta en las multas por infracciones de tránsito, dado que estas se calculan con base en porcentajes de la UIT.
Las sanciones monetarias varían según la gravedad de la infracción. Las faltas leves, como estacionar incorrectamente u obstaculizar el tráfico, equivalen al 4% de la UIT, es decir, S/ 206. Por otro lado, las infracciones graves, como no respetar la distancia entre vehículos, conllevan una multa del 8%, es decir, S/ 406. Mientras que las muy graves, como conducir en estado de ebriedad o sin licencia, pueden alcanzar hasta el 100% de la UIT, dependiendo de la falta cometida. Además, aquellos que paguen su multa entre el sexto día y el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción, recibirán un descuento del 67% sobre el monto total de la papeleta.
Responsable del pago de multas
El conductor será el principal responsable de hacer el pago de las multas; sin embargo, en algunos casos el propietario del vehículo será el responsable solidario de algunas multas. Por ejemplo, él será el responsable solidario de las siguientes infracciones:
- Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal
- Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional.
- Permitir a un menor de edad la conducción de un vehículo automotor, sin autorización o permiso provisional.
- Conducir un vehículo con cualquiera de sus sistemas de dirección, frenos, suspensión, luces o eléctrico en mal estado, previa inspección técnica vehicular.
- Abastecer de combustible un vehículo del servicio de transporte público de pasajeros con personas a bordo del vehículo, entre otros más.
Además, el propietario del vehículo también será el responsable del pago cuando se trate de una multa electrónica.
Descuentos de hasta el 83% por el pronto pago de multas de tránsito
Los conductores a quienes se les haya impuesto papeletas de infracción de tránsito pueden acceder a descuentos de hasta el 83%, siempre y cuando paguen dentro de los primeros cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación.
Es preciso señalar que los conductores infractores no podrán ser beneficiarios si condujeron con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal y no respetaron el límite máximo o mínimo de velocidad establecido.
Las personas que manejaron un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional y aquellos que condujeron una unidad estando la licencia retenida o suspendida, no podrán acceder al descuento.
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