
En la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la República, programada para el jueves 18 de enero, se evaluará una propuesta que podría beneficiar a universidades privadas que anteriormente no cumplían con los estándares de calidad requeridos, por lo que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) les negó su licencia de funcionamiento.
Se trata de los proyectos de ley 137, 387, 777 y 815, los cuales proponen “promover el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad para la prestación de los servicios educativos por parte de las universidades privadas asociativas con licencia denegada”. Promovido por los siguientes grupos parlamentarios: Acción Popular, Perú Libre y Renovación Popular bajo el argumento de que se propone
De aprobarse, le daría una nueva oportunidad a aquellas instituciones educativas que estuvieron involucradas en escándalos y bajo investigación de la Fiscalía, como la Universidad Privada Telesup, Universidad Garcilaso de la Vega y Universidad Alas Peruanas, con antecedentes de operar en locales no adecuados o con acusaciones de actividades ilícitas. Afectando así la calidad educativa superior.

Las propuestas parlamentarias presentadas buscarían activar un “plan de emergencia” para que dichas universidades cumplan con las condiciones de calidad fundamentales en un plazo máximo de dos años, y vuelvan a funcionar.
El proyecto incluye la labor conjunta de cuatro parlamentarios: Darwin Espinoza, Esdras Medina, Wilson Quispe y Edgar Tello, que proponen crear un “régimen de protección educativa” para todas aquellas universidades tanto públicas como privadas que hayan sido denegadas de licencia institucional previamente.

Sobre la contrarreforma universitaria
Recordemos que la contrarreforma universitaria se consumó a fines de 2022, cuando el Tribunal Constitucional (TC) de Perú ratificó la validez de la Ley 31520, cuestionada por su posible impacto negativo en la autonomía y calidad de la educación universitaria, y denominada ley contrarreforma universitaria.
La polémica Ley 31520 alteró la composición del Consejo Directivo de Sunedu, que ahora incluirá representantes de universidades tanto estatales como privadas, además de miembros de Concytec, Sineace, Ministerio de Educación (Minedu) y del Consejo de los Decanos de Colegios Profesionales del Perú. Esta nueva estructura contrasta con el modelo anterior, que consistía en cinco miembros electos mediante concurso público. Críticos argumentan que esta modificación puede traducirse en una merma de la autonomía de Sunedu, al no garantizar la selección imparcial de sus integrantes.

Se teme que, bajo la nueva ley, las universidades que no lograron la licencia académica anteriormente puedan beneficiarse de criterios más laxos para obtenerla, lo cual suscita preocupación por la calidad educativa. Además, desvincula a Sunedu del Minedu, lo que podría provocar problemas financieros por la pérdida del soporte de una entidad gubernamental superior y la limitación de capacidades en licenciamiento, supervisión y fiscalización de instituciones educativas superiores.
En resumen, la implementación de la Ley 31520 genera un debate intenso en el ámbito educativo de Perú, ya que implica cambios significativos en la gobernanza de la educación superior y la agencia encargada de velar por sus estándares. La decisión del TC de desestimar la inconstitucionalidad de la ley ha intensificado las voces disidentes en defensa de la calidad educativa y la independencia de los órganos reguladores, un tema de indudable relevancia para el futuro académico y profesional de las nuevas generaciones en el país.
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