
La estabilidad laboral en el Perú es uno de los grandes problemas que tenemos como país. Uno de los puntos para llegar a esa conclusión es que muchos de los trabajadores no conocen cuáles son sus derechos y los empleadores pueden sacar provecho de esta situación para no cumplir con sus obligaciones y dejarlos desamparados.
Uno de esos derechos que tienen todos los peruanos que cuentan con un trabajo es el tema de la liquidación cuando nos toca salir de un trabajo o cuando somos invitados a dar un paso al costado.
Y el monto que vamos a recibir dependerá de ciertos factores que vamos a analizar en las siguientes líneas.
¿Qué es una liquidación?

La liquidación laboral es un proceso fundamental en el ámbito laboral peruano, que comprende el pago que se realiza al trabajador al finalizar su relación con una empresa. En este sentido, es crucial comprender los diferentes aspectos relacionados con este proceso, así como los derechos del trabajador y los cálculos pertinentes.
En tal situación, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) se encarga del proceso, y también existe la posibilidad de acudir a un proceso conciliatorio en el Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo. Otra alternativa es recurrir al Poder Judicial, cuando el empleador se niega en todos los idiomas a cumplir con sus obligaciones.
Requisitos para cobrar la liquidación

Para tener derecho a la liquidación, el trabajador debe cumplir ciertos requisitos establecidos por la legislación laboral peruana. Estos requisitos incluyen estar registrado en la planilla de la empresa, tener al menos un mes de vínculo laboral y haber trabajado un mes calendario completo para el cálculo de las gratificaciones. Además, se requiere una jornada mínima de 4 horas diarias en promedio para el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).
El cálculo de la liquidación en Perú implica el uso de fórmulas específicas para cada componente. Por ejemplo, el cálculo de la CTS se realiza sumando la remuneración mensual (RM) más una sexta parte de la gratificación, luego se divide el resultado (R) entre 360 y finalmente se multiplica por los días laborados.
A modo de ejemplo, si un trabajador ganó el salario mínimo de S/ 1,025 y laboró 180 días, el cálculo sería el siguiente:
RM + 1/6 = 1,196
1,196 / 360 = 3.32
3.32 × 180 = 598, lo cual sería el monto correspondiente a su CTS.
En el caso de las vacaciones truncas, se divide la remuneración mensual (RM) entre 6, y el resultado se multiplica por los días laborados. La fórmula sería la siguiente: RM / 360 = R × número de días laborados = Remuneración por vacaciones. Siguiendo el ejemplo anterior: si la RM es de 1,025, se realizaría el cálculo de la siguiente manera:
1,025 / 6 = 170.83
170.83 × 180 = 351
Ese sería el monto que correspondería al monto por vacaciones truncas.
Utilidades y asignación familiar

El cálculo de las utilidades truncas varía según la actividad de la empresa. De acuerdo con el D.L. 892, las actividades pesqueras deben abonar el 10%, las empresas de telecomunicaciones y las empresas industriales el 10%, las empresas mineras el 8% y para otras actividades el 5%.
En relación con la asignación familiar, según la ley 25129, a los trabajadores que tienen a su cargo hijos menores de edad o que están cursando estudios superiores, les corresponde el 10% de la remuneración mínima mensual, que actualmente es de 1,025 soles, según el D.S. 003-2022-TR. Por lo tanto, la asignación familiar actual es de 102 soles.
Si se cumplen estos requisitos, las primeras dos horas extras se pagan con el 25% de la remuneración ordinaria por hora, mientras que a partir de la tercera hora, le corresponde el 35%. Es importante destacar que el cómputo de las horas extras puede darse antes de la hora de ingreso o después de la hora de salida establecida por la empresa.
Además, es relevante destacar que, según la legislación peruana, el trabajador debe presentar su renuncia con un preaviso de 30 días antes de abandonar su empleo.
Derecho a indemnización por despido arbitrario

Los trabajadores del Perú deben conocer que el despido solo es justificado cuando hay un motivo que esté relacionado con su capacidad o conducta laboral.
Algunos ejemplos de esto pueden ser llegar al centro de labor en estado de ebriedad o revelar información confidencial de la empresa, entre otros. Es imprescindible que la empresa cuente con pruebas que respalden esta decisión. Pero si el perjudicado considera arbitrario su despido, entonces puede emprender una demanda siguiendo algunos pasos sencillos.
Acto seguido, la Sunafil asignará un inspector del trabajo para visitar el centro laboral y recopilar información relevante que constate las razones del despido y si se cumplió con el procedimiento adecuado.
Los hallazgos se registrarán en un acta que servirá para la conciliación extrajudicial o como evidencia en un proceso judicial, según decida el trabajador.
Derecho a la IDA

En el caso de un despido arbitrario con un contrato a plazo fijo, el trabajador tiene derecho a una Indemnización por Despido Arbitrario (IDA), que corresponde a una remuneración y media por cada mes dejado de laborar hasta la fecha en que finalizaba el contrato.
Para aquellos con contrato a plazo indeterminado, recibirán el pago equivalente a una remuneración y media por cada año trabajado.
En conclusión, en caso de un despido laboral en Perú, es crucial conocer los derechos y procedimientos correspondientes. El trabajador debe asegurarse de que exista una causa justa respaldada por pruebas.
Si considera que ha sido despedido de forma arbitraria, puede presentar una denuncia ante Sunafil y, si es necesario, buscar la indemnización por despido arbitrario a través de la vía judicial.
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