
La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso citó para este miércoles a las 9:30 horas al presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, para que explique el proyecto de ley que permite a la mandataria Dina Boluarte gobernar de forma virtual desde el extranjero.
Como es público, Boluarte Zegarra no cuenta con un vicepresidente que pueda reemplazarla debido a que ella ascendió al poder tras la destitución del expresidente Pedro Castillo el 7 de diciembre del 2022 por el fallido autogolpe de Estado que quiso ejecutar contra el Parlamento.
Debido a este obstáculo, la jefa de Estado no ha podido salir del Perú. Un buen ejemplo fue lo que le pasó cuando quiso ir a la asunción del mandatario brasileño Luiz Inácio Lula da Silva el 1 de enero pasado, pero no lo logró debido a que no tenía a quién dejarle a cargo del Despacho Presidencial.
En el Poder Ejecutivo tomaron nota sobre este asunto y plantearon modificar su ley orgánica con el fin de que Boluarte pueda abandonar el territorio nacional, pero con la salvedad de que sigue gobernando.

“En tanto dure el viaje, y de conformidad con el artículo 123 de la Constitución, el Presidente del Consejo de Ministros, en su condición de portavoz autorizado del gobierno, mantiene permanente comunicación con el Presidente de la República a través de las tecnologías digitales”, agregan en la iniciativa.
En otras palabras, la presidenta Boluarte buscaría gobernar y solucionar los problemas del Perú desde una plataforma como Zoom u otras similares. Ella podría conectarse de cualquier parte del mundo. No evaluaron la posibilidad que el premier Otárola sea quien se encargue del despacho en Palacio de Gobierno.
Reforma constitucional
Marianella Ledesma, expresidenta del Tribunal Constitucional, señaló en diálogo con Exitosa Radio que si se busca que la jefa de Estado pueda viajar fuera del país, pues la propuesta planteada de gobernar de forma remota no resulta ser la más conveniente. “El camino es una reforma constitucional, no una reforma legal”, refirió a la citada emisora.

La jurista recalcó también que “el ejercicio de la función como presidente se hace dentro del territorio”. “Solamente es el Congreso quien puede autorizar que la presidenta o presidente pueda salir del país. Y si no regresa o ha salido sin autorización del Congreso, pues es una causal de vacancia de manera inmediata”, anotó.
Ledesma consideró que, en efecto, dentro de la Constitución Política se menciona que cuando un presidente de la República se retira del cargo, entonces uno de sus vicepresidentes lo reemplaza. Sin embargo, anotó que existe un vacío respecto a que, como en el caso de Boluarte Zegarra, no hay alguien que pueda asumir sus funciones dentro Despacho Presidencial cuando se ausente por algún motivo.
“Ante ese vacío [cuando no hay vicepresidentes], se tiene que crear una respuesta. Y esa respuesta la puede crear el propio Congreso, a través de una reforma constitucional, que se alinee y le dé un contenido a ese vacío”, explicó Ledesma sobre la labor que debería ejercer el Parlamento y no el Gobierno.
La extitular del TC planteó que debería permitirse que, cuando no hay primer y segundo vicepresidente, por lo menos sea el vocero del Ejecutivo quien asuma transitoriamente las funciones administrativas el Despacho Presidencial en caso de ausencia del jefe de Estado.
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