
El partido político Acción Popular fue sancionado a pagar una multa de 40.3 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 199.485, por no haber cumplido con presentar su información financiera anual (IFA 2021) en el plazo legal establecido, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Dicha organización política debió presentar su información financiera hasta el 1 de julio del 2022, de acuerdo a las normas electorales.
La ONPE indicó que, con fecha 22 de marzo del 2023, la Resolución Jefatural 000205-2023-JN/ONPE, exhortó a la organización política a regularizar la infracción cometida, considerada muy grave, conforme a lo señalado en el artículo 36-A de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP).
También fijó notificar a la organización política el contenido de la resolución jefatural, de conformidad con el artículo 36-A de la Ley de Organizaciones Políticas. Además, la disposición comunicó a Acción Popular que aún se encuentra dentro del plazo legal de 15 días hábiles, luego de ser notificada la resolución, para impugnar administrativamente la misma.
La Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios determinó la existencia de responsabilidad de Acción Popular debido a que no presentó su información financiera 2021 en el plazo previsto por ley, el 1 de julio del 2022, razón por la cual se configuró la conducta omisiva tipificada como infracción en el numeral 4 del literal c) del artículo 36 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus modificatorias.
Igualmente, el 13 de julio del 2022, la Subgerencia de Verificación y Control dejó constancia de que Acción Popular tampoco subsanó las observaciones efectuadas por la entidad y, en consecuencia, se tiene como no presentada la IFA 2021.
Posteriormente, a través del Informe 001526-2022-SGVC-GSFP/ONPE, del 4 de agosto del 2022, se realizó una nueva verificación de las organizaciones políticas que, hasta ese momento, no cumplieron con presentar la IFA 2021 o no subsanaron las observaciones realizadas a la misma. En ese informe se concluye también que la citada organización política no cumplió con presentar su IFA 2021.
“Así las cosas, se encuentra acreditado que la organización política no presentó su IFA 2021 dentro del plazo legal otorgado, esto es, hasta el 1 de julio del 2022, configurándose así la conducta típica”, establece la resolución.

Mal uso de financiemiento público
Por otra parte, el organismo electoral señaló que el uso indebido del financiamiento público directo que reciben los partidos políticos tiene sanciones que van hasta las 100 unidades impositivas tributarias (UIT).
En ese sentido, Luis Camino, subgerente de verificación y control de la ONPE, señaló que la Ley de Organizaciones Políticas establece en su artículo 36 que el usar el financiamiento público directo para fines diferentes a los señalados la norma es una falta grave.
De acuerdo con dicha ley, hasta el 50% del monto asignado a los partidos puede ser utilizado en gastos de funcionamiento ordinario, como contratación de personal, mobiliarios, inmuebles o servicios diversos. Asimismo, explicó que no menos del 50% se deberá destinar a gastos de formación, capacitación, investigación y difusión.
El funcionario indicó que la norma prohíbe usar estos recursos, por ejemplo, para gastos de campaña electoral, gastos de actividad proselitista o para promover la imagen de una o dos personas ligadas al partido político.
“La sanción es una infracción muy grave, la cual está establecida en no menos de 31 UIT y un máximo de hasta 100 UIT y la pérdida de su financiamiento público directo”, señaló Luis Camino.
El subgerente de verificación y control de la ONPE indicó que, en total, son 10 los partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo, al haber alcanzado representación en el Congreso de la República durante las últimas elecciones.
El funcionario recordó además que el ente electoral aprobó un monto total de 7 millones 798,001.64 soles a favor de dichas organizaciones políticas por concepto de financiamiento público directo para el presente semestre.
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