¿Quien se queda con la mascota en un divorcio?

El Código Civil argentino aún considera a los animales como bienes, pero la jurisprudencia prioriza el bienestar animal

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El debate sobre la custodia de mascotas tras la separación de parejas crece - (Imagen Ilustrativa Infobae)
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Cuando una pareja se separa, el reparto de bienes suele ser un momento sensible y conflictivo. En los últimos años, sin embargo, se sumó un protagonista inesperado: las mascotas. Perros y gatos dejaron de ser simples “bienes registrables” para convertirse en verdaderos miembros de la familia. Y, como ocurre con los hijos, su destino tras una ruptura se convirtió en un tema de debate jurídico y social.

El marco legal argentino El Código Civil y Comercial de la Nación todavía considera a los animales como “cosas”, “bienes” o “semovientes”. En términos estrictos, el derecho argentino no prevé un régimen específico de custodia o visitas para mascotas. Sin embargo, el propio Código brinda herramientas para una interpretación superadora: el artículo 9 impone el ejercicio de los derechos conforme a la buena fe, mientras que los arts. 240 y 241 hablan de la “función social” de la propiedad.

En otras palabras, el propietario de la mascota ejerce su derecho considerando la función social y el bienestar general. A esto se suma la Ley 14.346 de protección contra el maltrato animal, que reconoce deberes de cuidado y trato digno.

Consecuencia práctica Cuando los tribunales crean un “régimen de comunicación” o de custodia compartida de mascotas, se apoyan en estos principios para justificar que: -La propiedad no es absoluta. -El dueño registral no puede excluir arbitrariamente al otro conviviente. -El bienestar del animal y el vínculo afectivo prevalecen. Estos fundamentos permitieron que jueces de familia resolvieran casos de tenencia y “régimen de comunicación” de animales de compañía, incluso sin una norma específica. En 2015, por ejemplo, el Juzgado Civil Nº 7 de la Ciudad de Buenos Aires otorgó un régimen de visitas compartido para un perro tras la separación de sus dueños, priorizando el vínculo afectivo sobre la titularidad registral. Desde entonces, distintos tribunales replicaron esta lógica: custodia compartida, cronogramas de visitas, reparto de gastos veterinarios y alimentación.

Jurisprudencia que marca tendencia Los fallos coinciden en un principio: el bienestar del animal y el valor del vínculo emocional con cada integrante de la familia. Se deja de lado la idea de “propiedad” y se coloca en el centro la relación afectiva. En muchos casos, los jueces diseñan esquemas de convivencia similares a los que rigen para los hijos: semanas alternadas, comunicación permanente, previsión de gastos extraordinarios y acuerdos para tomar decisiones médicas.

“Custodia compartida” no significa equiparar a una mascota con un hijo, sino aplicar –por analogía– criterios de cuidado y continuidad de vínculo para proteger el bienestar animal. Este avance jurisprudencial refleja un cambio cultural profundo: las mascotas pasaron de ser un bien patrimonial a un sujeto de especial protección. para resguardar la relación de afecto que une a los humanos con sus animales de compañía.

El espejo europeo Mientras en Argentina la doctrina y los jueces construyen soluciones caso por caso, Europa ya reformó sus códigos civiles. En España, la Ley 17/2021 estableció expresamente que los animales son “seres vivos dotados de sensibilidad” y que, en divorcios o separaciones, los jueces deben decidir la custodia atendiendo al bienestar del animal. Francia (2015) y Portugal (2017) avanzaron en la misma dirección.

Los magistrados españoles aplican hoy criterios muy similares a los de nuestra jurisprudencia incipiente: tiempo disponible, entorno de convivencia, continuidad de cuidados y vínculo afectivo. Incluso se prevé la inscripción de la custodia en los registros de identificación animal para garantizar la seguridad jurídica.

Proyectos de ley en Argentina En nuestro país, distintos proyectos legislativos –conocidos genéricamente como “Ley Sintientes”– buscan reconocer a los animales como “seres sintientes” y establecer un marco específico de custodia. Las iniciativas proponen que, ante la ruptura de una pareja, los jueces puedan fijar tenencia, visitas y distribución de gastos, priorizando el bienestar de la mascota. Una norma de este tipo permitiría evitar litigios prolongados y brindaría certeza a las familias y a los profesionales del derecho. Los acuerdos privados, homologados judicialmente, ya ofrecen hoy una vía práctica para quienes desean prever la situación en caso de separación.

Experiencia profesional En mi práctica como abogada de familia, desde 2015 vengo incorporando en los divorcios de común acuerdo cláusulas específicas que regulan el cuidado y la convivencia de las mascotas. Esta previsión, que comenzó como una respuesta práctica a las disputas que surgían en las consultas de divorcio, se convirtió en una herramienta eficaz para evitar conflictos posteriores, garantizar el bienestar de los animales de compañía y resguardar la relación de afecto que une a los humanos con sus animales de compañía.

Por qué importa Quien convive con un perro o un gato sabe que su presencia no es un simple accesorio. Las mascotas cumplen un rol emocional de enorme peso: acompañan, dan contención y forman parte de la dinámica cotidiana. Cuando una pareja se separa, la pérdida de contacto con ese animal puede ser tan dolorosa como la ruptura misma, en especial para los hijos.

Investigaciones de Harvard — El Harvard Study of Adult Development, uno de los estudios longitudinales más extensos del mundo sobre bienestar y felicidad, concluye que la calidad de las relaciones afectivas es el principal factor que predice una vida larga y satisfactoria. Aunque se centra en vínculos humanos, sus directores –Robert Waldinger y Marc Schulz (2023)– señalan que las relaciones de apego con animales de compañía actúan como verdaderos lazos emocionales que reducen el estrés y mejoran la salud mental. Preservar el vínculo con la mascota, aun tras una separación, no es solo un asunto patrimonial: es una cuestión de salud emocional.

Hacia una legislación moderna Mientras esperamos una reforma legal, la recomendación práctica es clara: acordar de antemano –idealmente por escrito y con asesoramiento jurídico– un plan de convivencia para la mascota en caso de separación. Estos acuerdos, luego homologados judicialmente, evitan conflictos y protegen el bienestar del animal.

El desafío para legisladores, jueces y abogados es dar un marco normativo que acompañe este cambio cultural. Reconocer a las mascotas como seres sintientes no es un simple gesto simbólico: significa proteger los vínculos afectivos y garantizar que, aún en medio de una ruptura, quienes más amor nos dan no queden desprotegidos.

Como se ha sostenido en distintos tribunales civiles: “No se trata de humanizar a los animales, sino de reconocer la humanidad que las personas depositan en el vínculo con ellos”.

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