
La señora Victoria Villarruel está demostrando alta incapacidad para ejercer el cargo de vicepresidente.
La causa: tener una interpretación equivocada sobre cuál es la naturaleza jurídica del cargo para el que fue electa y obrar como consecuencia de esa interpretación equivocada.
En primer término, ya es evidente que ella se percibe a sí misma como un freno o contrapeso del Presidente de la Nación.
Como si fuera miembro del Congreso, del Poder Judicial o dirigente de una facción político-partidaria, opositora y no oficialista.
Sin embargo, nuestra Constitución Nacional es clara: el vicepresidente es definido en su naturaleza y función en la sección segunda de la segunda parte de la Ley Fundamental que corresponde al Poder Ejecutivo Nacional.
Por ese motivo, son electos de manera directa por el pueblo y en una fórmula conjunta.
La vicepresidente no es senadora y, por lo tanto, no es miembro del Congreso argentino, aunque tiene el derecho de presidir el Senado y la Asamblea Legislativa.
Claro está que este tema es harto, debatido y controversial en el derecho constitucional y la ciencia política.
No obstante, pocas dudas hay respecto a que la vicepresidencia no fue concebida como un límite al poder del titular del Poder Ejecutivo. De mínima, fue concebida como un mero suplente en caso de ausencia temporaria o permanente, muerte o inhabilidad. De máxima, como su más leal consejero y fiel colaborador.
En el caso de las últimas conductas y declaraciones públicas de la propia vicepresidente de la nación, cuestionando al Presidente, podemos afirmar que, a pesar de ser abogada, pareciera tener un alto grado de desconocimiento de nuestra Constitución Nacional, inspirada en la norteamericana.
Ella debería responder al Presidente, quien fue quien la eligió como compañera de fórmula.
Antes de continuar es necesario marcar lo siguiente. Para conocer la naturaleza, alcance, límites y facultades de cualquier institución, es fundamental investigar su origen, historia y evolución.
Tanto la Presidencia como la Vicepresidencia de la República son inventos norteamericanos que nuestro derecho público tomó.
En efecto, el antecedente fundamental se remonta al segundo y al tercero de los presidentes de los Estados Unidos, John Adams y Thomas Jefferson, quienes fueron amigos, rivales y amigos de nuevo.
El conflicto entre Adams y Jefferson se dio, en apretada síntesis, porque en la Constitución original de Filadelfia de 1787 se previó que el Colegio Electoral designara Presidente al candidato que obtuviera la mayor cantidad de votos y Vicepresidente al segundo. Esto derivó en que el líder oficialista se quede con el principal cargo y el líder opositor con el segundo. Esta convivencia, como quedó en evidencia, resultó inconveniente. Rápidamente advertido el problema, se aprobó una enmienda a la Constitución y desde entonces, en Estados Unidos, quedó claro que el vicepresidente acompaña y se subordina al Presidente.
En este orden de ideas, pocas dudas caben en la República norteamericana en torno a que el vicepresidente debe trabajar en armonía con el Presidente, pudiendo ejercer las competencias que quiera, siempre dentro de las que le sean asignadas por él de manera previa.
En este punto es clave detenerse en el siguiente aspecto: la elección popular del cargo de vicepresidente, que tanto invoca la señora Villarruel para justificar su accionar, lo que la diferencia del nombramiento y la legitimidad de un ministro, no tiene por objetivo que éste pueda independizarse de quien la invitó a integrar el binomio en primer lugar, sino únicamente proporcionar un grado de legitimidad popular de origen para el eventual supuesto de reemplazo.
En consecuencia, la vicepresidente está desvirtuando con su inconducta la institucionalidad. Está usando la imposibilidad jurídica del Presidente de removerla del cargo por sí mismo como escudo para abusar de sus atribuciones.
Es cierto también que no es posible atribuir a la vicepresidente Villarruel la realidad de que el Presidente cuenta con un Congreso hostil, lejos de las mayorías propias que sí tuvieron otros Presidentes para impulsar sus ideas con fuerza de ley, con lo cual desde un principio se supo que las relaciones entre ambos poderes serían difíciles.
De vuelta en el tema, el derecho que tiene la vicepresidente de presidir el Senado fue concebido a los fines de asegurar los intereses y la influencia del Presidente en el órgano representativo de las Provincias.
No para convertirlo en una isla para desplegar una política autónoma y peor aun, contraria a la del Presidente.
Esta anomalía institucional, causada por la total falta de ubicación de la señora Victoria Villarruel, debe ser corregida con urgencia. Por el bien de la República.
El diálogo maduro y franco, incluso la mediación, debería ser el principal método para solucionar esta grave dificultad institucional que genera un problema en el funcionamiento del Gobierno.
No obstante, en caso de que esta opción no prospere, el mal desempeño del vicepresidente también es pasible de ser sancionado mediante el juicio político.
Por último, es imposible soslayar que una relación conflictiva entre el titular del Poder Ejecutivo y su vicepresidente y (nótese el uso del pronombre “su”)
vicepresidente no comenzó ahora.
Esto motiva reflexionar en torno a la posibilidad de remover del diseño orgánico del Gobierno, en una remota y eventual reforma constitucional, la existencia misma de la figura del vicepresidente de la nación. Como ocurrió en otras repúblicas presidencialistas: México desde 1917 y Chile desde 1833 dos ejemplos de ello.
La ambición de poder es propia de la naturaleza humana. La tentación de estar a un peldaño de alcanzar el máximo poder debe ser grande. Y peligrosa, por cierto. En consecuencia, se requiere un alto grado de desapego, mesura y auto-restricción, para evitar las conspiraciones y la ideación golpista. De todos modos, por más virtuosas que sean las personas elegidas para las más altas magistraturas, las
personas no somos ángeles. Por consiguiente, es importante que las instituciones sean diseñadas de la manera más inteligente posible, atento a la realidad histórica, sus antecedentes y no a teorías alejadas de ella y de la naturaleza humana.
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