
El pasado 22 de mayo, el Gobierno Nacional oficializó, mediante el Decreto 353/2025, la implementación del nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes con rentas exclusivamente de fuente argentina. Esta medida, dentro del marco del Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos, representa un avance significativo hacia la simplificación y modernización del sistema tributario argentino.
Sin embargo, su efectividad plena dependerá de la actualización de normativas fundamentales y de la adhesión de las provincias al nuevo esquema. A partir del 1 de junio de 2025, los contribuyentes podrán adherirse voluntariamente al nuevo régimen simplificado; de esta manera se elimina el requerimiento del consumo y del patrimonio del contribuyente (aplicable a las Declaraciones Juradas desde junio de 2025; aquellas que corresponden al período 2024 con vencimiento ahora el 23 de junio, no sufrirán modificación por este concepto).
Esto significa que en el vencimiento del período fiscal 2025, previsto para mayo de 2026, cada ciudadano podrá ingresar a su perfil en la web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), visualizar el monto sugerido por el organismo en función de su facturación y gastos deducibles, y optar por aceptarlo y pagarlo o rectificarlo si lo considera necesario.
Este enfoque que elimina la necesidad de declarar consumos personales y variaciones patrimoniales, reduce la carga administrativa y respeta la privacidad de los ciudadanos; establece que la divulgación de información fiscal solo podrá realizarse con el consentimiento expreso del titular, reforzando la protección del secreto fiscal.
Este régimen solo estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva
En ese contexto, se dictó la Resolución General 5696/2025, por la cual establece un nuevo procedimiento sobre el tema en cuestión. Es importante destacar que este régimen solo estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva, por lo que, si un contribuyente tiene ingresos tanto nacionales como del exterior, a priori no estaría contemplado dentro del régimen.
Sistema de finanzas abiertas
En la misma línea que la resolución, el Decreto 353/2025 introduce la creación del Sistema de Finanzas Abiertas, que permite a personas humanas y jurídicas compartir información con entidades financieras registradas en el Banco Central de la República Argentina (BCRA), mediante consentimiento expreso.
Esta herramienta busca fomentar la competencia, la transparencia y el acceso al crédito, alineándose con las tendencias globales de modernización. A pesar de ello, nuevamente nos encontramos con que, si la normativa no se adapta, esto será de difícil aplicación en la práctica, pues actualmente los bancos solicitan la declaración de ganancias como requisito fundamental para acceder a un préstamo; o bien solo con el objetivo de mejorar el disponible en las tarjetas de crédito o los montos en el sobregiro.

Convenio con las provincias y CABA
En paralelo, ARCA ha convocado a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a firmar un nuevo convenio de intercambio de información, con el fin de garantizar las condiciones establecidas en el Régimen Simplificado de Ganancias.
Este acuerdo busca preservar la confidencialidad de los consumos personales y el incremento patrimonial de los ciudadanos en cada una de las 24 jurisdicciones del país; no obstante, por ejemplo, la provincia de Buenos Aires ya expresó que no se adherirá, por consecuencia, hay que ver cómo repercute esto a nivel disciplinario tributario y desde la perspectiva de ingresos municipales.
Es por ello que el convenio establece que aquellas provincias que no se adhieran al nuevo régimen perderán el acceso a la información de facturación de personas y empresas, así como a los datos sobre consumos que excedan los $50.000.000 definidos como umbral por ARCA, pero nuevamente no debemos olvidar lo señalado en el párrafo anterior.
Las provincias que no se adhieran al nuevo régimen perderán el acceso a la información de facturación de personas y empresas, así como a los datos sobre consumos que excedan los $50 millones
Desafíos
A pesar de los avances, la falta de actualización de la Ley 11.683 (de Procedimiento Tributario), la Ley Penal Tributaria y las leyes cambiarias o de normativa por lavado de dinero presenta desafíos significativos. Estas normativas, diseñadas para un sistema más invasivo, no contemplan las particularidades del nuevo régimen simplificado. Por ejemplo, la utilización de presunciones para determinar deudas fiscales, sin considerar las especificidades del nuevo esquema, puede llevar a situaciones injustas para los contribuyentes, incluidos sus asesores fiscales e impositivos.
Además, la ausencia de una reforma integral que aliné estas leyes con el nuevo régimen puede generar inseguridad jurídica y obstaculizar los objetivos de simplificación y formalización que se busca alcanzar.
En conclusión, el nuevo Régimen Simplificado de Ganancias representa un avance importante hacia un sistema tributario más accesible y respetuoso de la privacidad. Sin embargo, para que esta iniciativa llegue a su máximo potencial, es necesario que se actualicen las normativas legales existentes y se garantice la adhesión de todas las jurisdicciones al nuevo esquema. Solo así podrá consolidarse un marco jurídico coherente que brinde seguridad a los contribuyentes y fortalezca la confianza en el sistema fiscal argentino.
La autora es Contadora Pública, especializada en tributación y docente UBA
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