
Claro que no tiene toda la culpa, pero gran parte de los problemas institucionales que sufre la Argentina son responsabilidad de la reforma constitucional de 1994.
Si la actual Constitución Nacional fuese un camino, sería uno repleto de señalización confusa que te conduce incluso a callejones sin salida. Esto se debe a que la mismísima Constitución está cargada de desacuerdos respecto de instituciones fundamentales, como el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Publico Fiscal, donde poco dice sobre el armado y funcionamiento real de dichos órganos, por dar ejemplos de actualidad.
Sucede que la reforma del 94 se generó exclusivamente por intereses políticos muy específicos, como habilitar la reelección presidencial, por lo que -al ser una reforma que se impone de arriba hacia abajo- expuso las necesidades y contradicciones de las elites políticas y de poder. Recordemos que el pueblo en aquel momento no reclamaba una reforma constitucional. Por el contrario, la sociedad argentina en el año 1994 estaba ocupada y agobiada por otras razones: fuerte crisis económica producto del efecto tequila, el espanto y el dolor del atentado terrorista en la AMIA y la distracción del Mundial de fútbol en Estados Unidos.
En ese contexto, con una sociedad consternada, angustiada y distraída, la elite política decidió reformar la Constitución Nacional dejando a salvo su propia estructura de poder. ¿Cómo lo hizo? Mediante la estrategia del doble juego de modernizar instituciones y ampliar derechos, pero sin desconcentrar el poder, ni abrirlo a una real participación ciudadana.
Esta estrategia de reforma generó un fuerte desacuerdo normativo interno en nuestro sistema constitucional, el cual a partir del 94 propone entonces dos modelos diferentes de democracia:
1) Una de tipo cerrada apoyada en viejas estructuras de poder altamente concentradas, todas tributarias del siglo XIX y con pocas posibilidades reales de intervención y control popular en la gobernabilidad y toma de decisiones.
2) Otra más abierta que ofrece un nuevo catalogo de derechos, en general neutralizados por la compleja reglamentación posterior que en la práctica torna imposible su cumplimiento; o directamente por falta de los respectivos recursos económicos, especialmente respecto de los denominados derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
Esta tensión sistémica explica la razón por la cual nuestro modelo constitucional no puede cumplir razonablemente con aquello que él mismo proclama. En definitiva, en la contradicción que señalo se explican los déficits de legitimidad de nuestras instituciones.
Entonces, cada párrafo, artículo e inciso de la Constitución Nacional lucha permanentemente contra otra parte del propio texto constitucional en un proceso de desgaste que lleva 28 años.
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