
Es fundamental, para encarar la etapa de reconstrucción que el país necesitará transitar para salir de la crisis post pandemia, establecer algunos acuerdos esenciales que permitan generar rápidamente las condiciones básicas para la recuperación.
Uno de esos acuerdos, sin duda, se basa en garantizar el respeto irrestricto al derecho de propiedad. Urge terminar cuanto antes con las sutiles limitaciones a su ejercicio, como las restricciones que sufren algunos ciudadanos para abrir sus comercios, sus empresas, o disponer de sus propiedades en diferentes lugares del país; o con las claras violaciones, como las usurpaciones y tomas de tierras en la provincia de Buenos Aires, o los ataques y quemas de casas en la Patagonia argentina.
Pero lamentablemente, la grieta política escala y llega al punto de justificar la comisión de delitos en base a la instalación de falsos dilemas.
Hace pocos días, la ministra de Seguridad, Sabina Frederic, afirmó que la toma de tierras no es un tema de seguridad, sino un déficit habitacional. Por otra parte, en la controvertida sesión de este martes en la Cámara de Diputados, algunos legisladores oficialistas manifestaron, aunque no fuera tema de debate, que las tomas y los incendios de casas en el sur del país no eran atentados contra la propiedad, sino reclamos ancestrales.
Lo cierto es que estas declaraciones, en boca de la máxima responsable de velar por la seguridad interior, y en boca de diputados del partido gobernante, resultan como mínimo preocupantes.
La propiedad privada es un derecho reconocido por el artículo 17 de nuestra Constitución: “La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el Artículo 4º. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie”.
En sus declaraciones, la ministra también desconoce el mandato establecido en la Ley de Seguridad Interior que rige su gestión, donde expresamente se reconoce el derecho de propiedad, en su artículo 2, y lo plantea como uno de los objetivos a resguardar: “Se define como seguridad interior a la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional”.
La figura de usurpación, por otra parte, está expresamente contemplada en los artículos 181 y 182 de nuestro Código Penal.
La vigencia del derecho de propiedad no requiere que se solucione previamente el problema habitacional, que existe y necesita ser abordado con urgencia. Es un falso dilema.
De hecho, aunque a veces parezca poco claro, la vigencia irrestricta de los derechos de propiedad generan en el tiempo la reducción de la pobreza, porque de la pobreza se sale con trabajo, el trabajo se crea con empresas, y las empresas con inversión y reconocimiento de los derechos de propiedad. Asimismo, solucionar el problema habitacional implica no sólo salir de la pobreza con trabajo. También requiere crédito, el crédito inversión, la inversión ahorro y, de nuevo, respeto irrestricto a los derechos de propiedad.
Para salir de esta crisis, tarde o temprano, será necesario establecer un gran acuerdo nacional en torno a la Constitución y algunos puntos básicos coyunturales. Toda la dirigencia política, y en especial quienes gobiernan, debe entender que el problema argentino es principalmente institucional y, en todos los casos, la anomia propuesta desde el poder sólo empeora las cosas.
El autor es diputado nacional (PRO)
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