
El Congreso del estado de Chiapas aprobó reformas al Código Penal que establecen penas de entre ocho y quince años de prisión, además de multas que oscilan entre mil y dos mil quinientos días de salario mínimo, para quienes fuercen a menores de edad a contraer matrimonio o a integrarse en uniones informales.
Esta decisión, tomada tras intensas denuncias públicas, responde al histórico reclamo de protección de los derechos de niñas y adolescentes, especialmente en pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, donde tales prácticas solían justificarse bajo los denominados “usos y costumbres”.
Durante la discusión legislativa, se enfatizó la gravedad de los casos y los riesgos que enfrentan las víctimas. La opinión pública se vio recientemente impactada por el caso de una niña tsotsil de trece años que, tras un embarazo de alto riesgo resultado de una unión forzada, dio a luz en el Hospital de las Culturas de San Cristóbal de Las Casas.
La sexagésima novena Legislatura de Chiapas, presidida por la diputada Alejandra Gómez Mendoza, aprobó estas modificaciones al Código Penal durante un periodo extraordinario de sesiones, priorizando la problemática de la cohabitación forzada en menores.

Rosa Linda López Sánchez, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, explicó ante el pleno: “Hoy, el Congreso del Estado atiende una de las demandas ciudadanas más sentidas. Con ello, se penalizará a quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a un menor de edad, o a quien no tenga capacidad para comprender el hecho, a vivir de manera informal con otra persona”.
La propuesta fue defendida con énfasis en la protección de los derechos humanos y en la responsabilidad estatal ante la vulnerabilidad de los menores. López Sánchez declaró:
“Esta iniciativa en contra de prácticas que no pueden seguir justificándose porque vulneran derechos, libertades y la dignidad humana. Las tradiciones no pueden ser un escudo para permitir la violencia, ninguna práctica, por antigua o extendida que sea, puede estar por encima de los derechos humanos ni del interés superior de la niñez”.
Añadió que la neutralidad estatal sería equivalente a la complicidad, motivo por el cual el dictamen establece “sanciones claras y firmes porque proteger a la niñez no es una opción política: es una obligación constitucional, ética y humana”.

El dictamen reconoce que la cohabitación forzada, aun bajo la apariencia de acuerdos o consentimientos familiares y comunitarios, encubre delitos graves y agrava la vulnerabilidad de niñas y adolescentes en Chiapas. La sanción aumenta cuando la víctima pertenece a comunidades indígenas o afromexicanas.
La sesión legislativa también abordó otras reformas normativas, aunque la aprobación de estas medidas contra la cohabitación forzada acaparó la atención, dada la urgencia de frenar la perpetuación de la violencia de género y la violación de derechos fundamentales en Chiapas.
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