
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó este 21 de diciembre que México mantiene un seguimiento puntual a los compromisos de entrega de aguas del Río Bravo a Estados Unidos, conforme a lo estipulado en el Tratado de Aguas de 1944 y sus actas complementarias.
Como parte de las medidas adoptadas, se han implementado acciones extraordinarias que contemplan la entrega de volúmenes de agua del Río San Juan, priorizando el uso agrícola nacional y garantizando el abasto para consumo humano en territorio mexicano. Estas entregas se efectuarán únicamente cuando exista disponibilidad operativa en el sistema hidráulico de México.
La SRE subrayó que la utilización del Río San Juan como fuente para cumplir con los compromisos internacionales ya cuenta con precedentes, respaldados por el Artículo 9 del Tratado y el Acta 331 de la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA).
El gobierno mexicano reiteró que la coordinación y el diálogo con los usuarios de la cuenca son permanentes, y que la prioridad es asegurar el acceso al agua para consumo humano de las poblaciones mexicanas dependientes de estas fuentes.
Cumplimento del Tratado de Aguas de 1944

La reciente decisión del Gobierno de México de liberar 249 millones de metros cúbicos de agua a Estados Unidos responde a los compromisos establecidos en el Tratado de Aguas de 1944 y, según las autoridades mexicanas, no comprometerá el abasto nacional para consumo humano ni para actividades agrícolas.
Este acuerdo, alcanzado el pasado 12 de diciembre tras una temporada de lluvias que permitió acumular el volumen requerido, se apoya en la infraestructura existente y prioriza el suministro para la población y el sector agrícola, de acuerdo con la información oficial difundida por el Gobierno mexicano.
Ambos países trabajan actualmente en la elaboración de un plan conjunto para las entregas correspondientes al ciclo vigente, el cual deberá definirse a más tardar el 31 de enero de 2026.
Las autoridades mexicanas ha reiterado que mantendrá el diálogo y la cooperación con Estados Unidos en distintos niveles de gobierno, con el objetivo de asegurar una gestión equitativa del recurso hídrico para ambas naciones.
Además, los gobiernos de ambos países han ratificado la cooperación bajo el Tratado de 1944 y han subrayado la posibilidad de actuar conforme a sus intereses en caso de incumplimiento.
¿Qué dice el Tratado de Aguas de 1944?

El Tratado de Aguas de 1944 establece en su artículo 4 que México debe entregar a Estados Unidos un volumen anual de agua proveniente de seis afluentes mexicanos.
No obstante, el acuerdo contempla que, en caso de sequía extraordinaria, la entrega puede no realizarse cada año, permitiendo que el cumplimiento se ajuste en ciclos de cinco años. Además, si al final de un ciclo persisten faltantes debido a condiciones excepcionales, estos pueden reponerse en el siguiente periodo.
Durante el ciclo anterior (2020-2025), la cuenca del Río Bravo experimentó una sequía histórica que impidió a México cumplir con la cuota completa de agua, situación prevista en el propio Tratado. Por ello, el país dispone de un ciclo adicional de cinco años, que concluirá en octubre de 2030, para compensar los volúmenes pendientes.
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