
En México, el registro de líneas telefónicas móviles se ha convertido en una herramienta clave para la prevención de delitos como la extorsión y el fraude. Por esta razón, el Gobierno federal impulsó la creación del Padrón de Telefonía Móvil, un mecanismo que obliga a vincular cada número celular activo a una identificación oficial y, en la mayoría de los casos, a la Clave Única de Registro de Población (CURP), incluyendo datos biométricos.
Contrario a la creencia popular, la legislación mexicana no establece un número máximo de líneas telefónicas que una persona pueda tener registradas a su nombre. Sin embargo, en la práctica, el límite lo determinan las políticas internas de cada empresa proveedora del servicio, como Telcel, AT&T o Movistar, así como la modalidad del contrato.
En el caso de las líneas en modalidad de prepago, el sistema suele ser más flexible. Generalmente, los operadores permiten registrar entre cinco y 10 líneas por persona.

Una vez alcanzado ese rango, los sistemas de seguridad de las compañías pueden bloquear de manera automática nuevos registros para evitar prácticas irregulares, como el tráfico de chips o el uso masivo de identidades para fines no autorizados.
Por otro lado, en la modalidad de planes de renta, el límite no se define por un número específico de líneas, sino por la capacidad financiera del usuario. En estos casos, las compañías realizan evaluaciones de riesgo basadas en el historial crediticio y la capacidad de pago para determinar cuántas líneas puede contratar una persona de forma simultánea. Esto permite que un mismo titular tenga varias líneas, siempre que pueda cubrir las rentas mensuales correspondientes.
Para personas físicas con actividad empresarial y para personas morales, el esquema es distinto. En estos casos, es posible registrar decenas o incluso cientos de líneas bajo un mismo Registro Federal de Contribuyentes (RFC), siempre que se justifique su uso corporativo y se presente la documentación fiscal requerida.

Aunque el número de líneas permitidas varía según el tipo de servicio y el perfil del usuario, la obligación de registrar cada línea es universal. Todas las líneas activas deberán estar vinculadas a una identificación oficial y a la CURP antes del 30 de junio de 2026. Aquellas que no cumplan con este requisito enfrentarán la suspensión total del servicio, manteniendo únicamente la posibilidad de realizar llamadas a números de emergencia, como el 911.
El registro de telefonía móvil inició como una fase piloto en septiembre de 2025 y adquirirá carácter obligatorio a partir del 9 de enero. A partir de esa fecha, las compañías deberán contar con plataformas tecnológicas para el resguardo de la información, mientras que las personas usuarias dispondrán de un plazo de 120 días para realizar la vinculación de sus líneas.
El trámite es gratuito y no contempla multas económicas, aunque sí medidas administrativas como la suspensión del servicio en caso de incumplimiento. Las autoridades recomiendan realizar el registro dentro del plazo establecido para evitar afectaciones y contribuir a un uso más seguro y responsable de la telefonía móvil en el país.
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