Pleno del Senado aprueba cambios a la reforma contra la extorsión

El proyecto también reforma el Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales

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Imagen de archivo de una vista general del Pleno del Senado (México). EFE/Madla Hartz

El Pleno del Senado de la República aprobó en lo general, con 110 votos a favor, el dictamen que crea la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, con la cual se aumentan las penas contra los delincuentes así como a los funcionarios públicos que permitan este tipo de actividades ilícitas.

El proyecto también reforma el Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley Nacional de Extinción de Dominio y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Con estas modificaciones, los funcionarios con facultades para prevenir, investigar, perseguir delitos, procurar o impartir justicia, o encargados de la vigilancia en centros penitenciarios, recibirán penas de diez a veinte años de cárcel si no denuncian ante el Ministerio Público los delitos de extorsión.

Además, las autoridades penitenciarias o servidores públicos que faciliten o permitan la extorsión enfrentarán una pena de quince a veinticinco años de prisión, con un incremento adicional de tres a cinco años.

Debido a los cambios ejecutados por el Senado en la minuta, ésta será enviada de nueva cuenta a la Cámara de Diputados, donde las modificaciones también deberán ser avaladas.

El Senado aumentó las penas
El Senado aumentó las penas por extorsión(Infobae México|AP Foto/Eduardo Verdugo)

Senado aumenta las penas aprobadas originalmente por la Cámara de Diputados

Las recientes modificaciones propuestas por los legisladores en materia de penas por extorsión representan un giro significativo respecto a los castigos contemplados previamente en la Cámara de Diputados.

El dictamen aprobado por el Pleno endurece las sanciones: ahora la ley establece una pena de prisión de al menos quince años como mínimo y hasta veinticinco años como máximo para quienes sean declarados culpables de este delito.

Esta decisión eleva considerablemente los umbrales propuestos originalmente, que preveían sanciones de seis a quince años de cárcel.

Las modificaciones afectan únicamente al primer artículo del decreto, correspondiente a la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión.

Uno de los argumentos expuestos por los senadores es que las penas iniciales podrían beneficiar a personas actualmente condenadas por extorsión, lo que motivó el endurecimiento de las sanciones previstas.

La reforma no se reduce a los tiempos de cárcel. Por primera vez, el texto del proyecto obliga a que las autoridades responsables actúen “con pleno respeto a los derechos humanos”, una disposición que no figuraba en la minuta proveniente de la colegisladora.

Para fortalecer la investigación y persecución de este ilícito, se establece que las fiscalías, tanto federales como locales, deben contar con unidades especializadas, personal ministerial y policial capacitado, evaluado y certificado en delitos de extorsión.

En tanto se ponen en operación estas nuevas unidades, las encargadas del combate al secuestro asumirán provisionalmente la investigación de los casos de extorsión.

La iniciativa contempla incrementos de penas en situaciones agravantes. Cuando el acto de extorsión es facilitado por servidores públicos o por autoridades penitenciarias que consientan las condiciones o medios para que se perpetren estos crímenes, la sentencia se eleva: se añade un castigo extra de tres a cinco años, además del rango general de quince a veinticinco años de prisión.

A su vez, el dictamen prescribe que los funcionarios encargados de la prevención, investigación y persecución de delitos, así como de la impartición de justicia o vigilancia en centros penitenciarios, que omitan denunciar ante el Ministerio Público actos de extorsión, enfrentarán diez a veinte años de prisión.

Por otra parte, para quienes introduzcan sin autorización a centros penitenciarios o de internamiento para menores cualquier dispositivo electrónico capaz de transmitir datos, voz o imágenes por cualquier tecnología, la sanción será de seis a doce años de cárcel.

En cuanto a la aplicación de los recursos económicos generados por procedimientos de decomiso o extinción de dominio derivados de casos de extorsión, se puntualiza que preferentemente se destinarán a la restitución de los derechos de las víctimas.