¿Quiénes recibirán aguinaldo de 40 días y cuándo caerá el pago?, esto sabemos

El documento oficial detalla que esta medida corresponde a los trabajadores amparados por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado

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Dinero mexicano (Procuraduría Federal del
Dinero mexicano (Procuraduría Federal del Consumidor/Facebook)

El Gobierno de México ha dispuesto que el pago del aguinaldo 2025 para trabajadores federales se realizará a partir del lunes 10 de noviembre, según un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación y difundido este 4 de noviembre. La disposición establece que los empleados al servicio del Estado recibirán una gratificación equivalente a 40 días de salario como parte de esta prestación anual obligatoria.

El documento oficial detalla que esta medida corresponde a los trabajadores amparados por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, lo que incluye a personal operativo de confianza, empleados de enlace y de mando en la Administración Pública Federal, miembros del Servicio Exterior Mexicano en funciones tanto en el país como en el extranjero, personal militar en activo, así como personas contratadas bajo régimen de honorarios para prestar servicios profesionales al gobierno. Además, contempla a pensionados, deudos que reciben haberes de retiro, pensiones civiles, militares o de gracia con cargo al erario federal.

El pago de este aguinaldo deberá completarse a más tardar el 20 de diciembre de 2025. Para quienes hayan trabajado el año completo, el monto mínimo calculado asciende a 11 mil 152 pesos si se utiliza como referencia el salario mínimo diario vigente para ese año, que será de 278.80 pesos. Quienes no hayan laborado el ciclo anual completo tendrán derecho a la parte proporcional relativa a sus días trabajados.

En el caso de los servidores públicos de los poderes Legislativo y Judicial de la Federación, así como de los órganos autónomos, el decreto indica que estas entidades podrán adoptar los mismos lineamientos para el pago del aguinaldo, siempre que respeten su autonomía y las normas jurídicas aplicables.

El mismo decreto enfatiza que el pago de aguinaldo debe realizarse en efectivo y en moneda nacional; la Ley Federal del Trabajo prohíbe cualquier forma de pago en especie, como mercancías, vales o fichas. También estipula que, si existe acuerdo con el trabajador, el depósito puede hacerse vía transferencia electrónica, y los posibles costos asociados deberán ser asumidos por el patrón.

Mientras tanto, para el sector privado, la regulación actual mantiene el pago mínimo de 15 días de salario por concepto de aguinaldo, aunque una reforma legal de 2024 busca elevar esta prestación a 30 días de salario; dicha iniciativa continúa pendiente en el Congreso. Empleados de empresas privadas, sean de base, confianza, sindicalizados, permanentes o temporales, así como agentes de comercio y comisionistas, se encuentran amparados bajo la Ley Federal del Trabajo. Los trabajadores independientes o freelance también podrán recibir aguinaldo siempre que su relación laboral de subordinación sea comprobable.

En caso de que los patrones incumplan con el pago del aguinaldo, lo hagan fuera de plazo o entreguen cantidades incompletas, el decreto advierte que pueden imponerse multas entre 5 mil 657 y 565 mil 700 pesos, equivalentes de 50 a 5.000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para 2025.

Los trabajadores pueden presentar denuncias ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) por medio de la web oficial www.gob.mx/profedet, líneas telefónicas específicas, correo electrónico, o de manera presencial. El plazo legal para interponer una denuncia se extiende hasta un año después del 20 de diciembre de 2025, fecha límite para recibir el aguinaldo.