
La pensión es un derecho que se ofrece a aquellos trabajadore que se encuentran afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Es bien sabido que en caso de fallecimiento, los familiares cercanos pueden acceder a dicha pensión; sin embargo, hasta hace poco, solo eran los conyuges o hijos quienes podía acceder a ella.
Por suerte, un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha modificado de manera significativa el acceso a la pensión para ciertos familiares de trabajadores fallecidos en México.
Con dicha modificación, desde hace dos años, los padres de un pensionado fallecido que se encuentren bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 pueden reclamar hasta el 90% de la pensión que recibía o le correspondía al trabajador, siempre que cumplan condiciones específicas, sobre las cuales te contamos a continuación.

Quiénes son los padres que pueden acceder a la pensión de sus hijos en caso de fallecimiento
Esta decisión, que impacta directamente en la protección social de los adultos mayores, fue adoptada de forma unánime por la SCJN; sin embargo, como mencionamos, no todos los padres pueden acceder a ella sino unicamente los que cumplan con ciertos requisitos.
Es así que la resolución estableció que el IMSS debe otorgar ese porcentaje de pensión a los padres del asegurado fallecido únicamente cuando estos hayan dependido económicamente del trabajador y no existan otros beneficiarios con derecho a pensión, como cónyuge, concubina o hijos.
Si bien Ley del Seguro Social de 1973 siempre ha otorgado el derecho de heredar la pensión en caso de que no existieran otros beneficiarios, este porcentaje era tan solo del 20% pero la modificación permitió que ahora sea del 90%.
El nuevo criterio se aplica exclusivamente a los padres del asegurado fallecido que cumplan tres condiciones:
- No contar con otros beneficiarios con derecho a pensión
- Haber dependido económicamente del trabajador o pensionado fallecido
- Estar sujetos al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973
En estos casos, los padres pueden reclamar ante el IMSS el 90% de la pensión, en lugar del 20% que se les otorgaba anteriormente.

Los documentos necesarios para la solicitud son los siguientes:
- Acta de defunción del asegurado.
- Acta de nacimiento del asegurado y del padre solicitante.
- Constancia de semanas cotizadas del asegurado, la cual se puede obtener en línea.
- Identificación oficial del padre solicitante.
- Estado de cuenta de la Afore actualizado (con no más de 3 meses de antigüedad).
Para iniciar el trámite puedes acudir a la subdelegación del IMSS correspondiente o a la PROFEDET para iniciar la solicitud.
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