
Frente a la polémica que involucra a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), alrededor de 32 organizaciones manifestaron su inquietud por un proyecto de sentencia que se analizará este 9 de octubre en el máximo tribunal.
Dichas agrupaciones advirtieron que la iniciativa podría poner en riesgo los avances logrados en la garantía del derecho a un medio ambiente sano y el acceso a la justicia en la defensa de derechos colectivos, lo anterior tras limitar el concepto de interés legítimo en materia de amparo.
Cabe destacar que, el proyecto en cuestión, elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, responde a la contradicción de criterios 217/2021. Donde se plantea fijar un nuevo requisito para que las organizaciones civiles puedan presentar juicios de amparo en casos de violaciones a derechos humanos, especialmente en temas ambientales.
Organizaciones se unen contra amparo ambiental
Conforme a lo expedido, las organizaciones señalaron que la propuesta que revisará la SCJN el 9 de octubre busca restringir la posibilidad de que asociaciones civiles y grupos ambientalistas interpongan amparos ante posibles vulneraciones al derecho a un medio ambiente sano.
Afirmaron que el proyecto establece que el objeto social señalado en el acta constitutiva no basta para demostrar interés legítimo y solicitar un amparo. Esto, indicaron, contradice criterios previos de la Corte sobre la legitimación de organizaciones que defienden derechos, lo que supuestamente limitaría la protección de derechos colectivos y difusos.

En temas ambientales, la Corte ha señalado que debe garantizarse un acceso amplio a la justicia. Reconoce que, para que una asociación civil cumpla su interés legítimo basta con que se demuestre tener como objeto social la protección o defensa del medio ambiente.
Por este motivo, la función de estas organizaciones en la protección del derecho a un entorno saludable no requiere que demuestren un daño personal o una relación directa con el conflicto, sino que se fundamenta en su compromiso institucional con la defensa del interés público en dicho sector.
En su argumento, las organizaciones recordaron que el Acuerdo de Escazú, firmado por México, exige que el acceso a la justicia ambiental sea efectivo y que no existan barreras que limiten la participación de personas, grupos u organizaciones en la defensa del derecho a un medio ambiente sano.
“Restringir la legitimación de las asociaciones civiles y de los colectivos contradice el espíritu de este tratado y vulnera el principio de no regresión ambiental”, enfatizó.
Las organizaciones advirtieron que las reformas a la Ley de Amparo ponen en riesgo la eficacia de este mecanismo, ya que podrían transformarlo en un trámite formal sin capacidad para detener vulneraciones a los derechos humanos.
Advirtieron que el proyecto de la SCJN refuerza una política de cierre institucional y reduce la protección de derechos.
En caso de aprobarse, las organizaciones civiles y colectivos comunitarios solo podrían presentar amparos si comprueban un daño directo al medio ambiente desde el inicio del proceso, lo que limitaría su capacidad para enfrentar megaproyectos, políticas extractivas y decisiones gubernamentales.
“Las organizaciones firmantes rechazamos que la SCJN convalide este retroceso y hacemos un llamado a las ministras y ministros a reafirmar una interpretación amplia y garantista del interés legítimo”, puntualizaron.
Destacaron que el amparo debe permanecer como un recurso accesible para proteger derechos humanos y ambientales. Señalaron que restringirlo debilitaría las garantías judiciales y recordaron que la defensa del medio ambiente y los derechos humanos es una obligación constitucional.
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