
¿La IA llega a órganos jurisdiccionales? Recientemente, un tribunal federal en México fijó los lineamientos esenciales que guiarán a los jueces sobre el uso de la inteligencia artificial como herramienta auxiliar para la elaboración de sentencias.
El magistrado Juan Jaime González Varas, del Segundo Tribunal Colegiado en materia Civil del Estado de México, fue el encargado de promover dicha estrategia, donde destacó que la inteligencia artificial puede ser una opción viable para que los jueces para automatizar tareas administrativas.
De acuerdo con lo establecido, esta alternativa busca reducir errores humanos, no reemplaza a los jueces y garantiza la protección de datos personales, puesto que, este herramienta busca emplear datos estadísticos y públicos, sin incluir información/datos personales.
Tribunal usa IA para resoluciones
Un tribunal aplicó por primera vez un ejercicio de autocontención al definir lineamientos para el uso ético y responsable de la inteligencia artificial en procesos jurisdiccionales, incorporando un enfoque basado en derechos humanos.
En este contexto, el órgano ajustó una garantía procesal considerada excesiva dentro de un juicio de amparo y estableció por primera vez criterios para el uso ético y responsable de la IA en la labor judicial en México, bajo principios de transparencia y rendición de cuentas.

En la resolución del recurso de queja 212/2025, el magistrado González Varas empleó por primera vez inteligencia artificial para apoyar el cálculo proporcional del monto de la garantía. La sentencia incorporó la instrucción breve utilizada para realizar este cálculo, lo que permitió seguir y comprobar cada paso del procedimiento. El caso trató sobre una garantía cuyo monto resultaba excesivo.
El conflicto inició cuando las albaceas de una sucesión solicitaron amparo para proteger dos lotes de terreno. Un Juez de Distrito estableció una garantía de 50 mil pesos por lote, sin detallar cómo se llegó a esa cifra.
No obstante, el Tribunal Colegiado revisó el caso, recalculó la garantía con apoyo de inteligencia artificial y basó el nuevo monto en datos como el valor catastral, la inflación anual estimada del INEGI y la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio del Banxico.
Bajo este método, la garantía calculada fue inferior a la establecida inicialmente, pero contó con justificación y pudo comprobarse. La inteligencia artificial solo se encargó de realizar los cálculos, mientras que la decisión de fondo quedó en manos del tribunal.
Frente ello, el Tribunal indicó que al usar IA, los jueces deben informar sobre su empleo, detallar la metodología, especificar los datos utilizados y explicar cómo se obtuvo el resultado para asegurar la transparencia y permitir la revisión del proceso. Así, el Semanario Judicial de la Federación incluyó oficialmente el término en tesis de jurisprudencia de la undécima época.
Determinó que, al emplear herramientas de inteligencia artificial, los jueces deben atender ciertos requisitos básicos, tales como los siguientes:
- La proporcionalidad e inocuidad exige que las herramientas de inteligencia artificial se utilicen únicamente en la medida necesaria y adecuada para alcanzar un fin legítimo.
- Emplearlas de manera que no se comprometa la protección de datos del expediente judicial.
- La persona juzgadora no sólo informará que utiliza dichas herramientas, sino que tendrá que exponer la metodología, los datos empleados y la forma en que se arribó al resultado, para que el procedimiento sea auditado por las partes y órganos revisores
- La supervisión aseguran que la tecnología opere como auxiliar y no como sustituto, manteniendo la deliberación y decisión en el ámbito estrictamente jurisdiccional.
El órgano sugirió que los jueces pueden guiarse por normativas internacionales, como las Directrices Éticas sobre inteligencia artificial de la Comisión Europea, el reglamento de la Unión Europea para regular la IA y las recomendaciones éticas de la Unesco sobre su uso.
“Dichas referencias permiten adoptar mejores prácticas para la administración de justicia al introducir innovación tecnológica para una gobernanza administrativa judicial, preservando el núcleo de la función jurisdiccional sin afectar los derechos procesales de las partes”, apuntó.
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