CURP Biométrica: ¿Qué partes del cuerpo se deben escanear?

Esta es la información que la CURP biométrica recopilará de tu persona

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La CURP en México ahora
La CURP en México ahora incluye datos biométricos como huellas dactilares y reconocimiento facial para mayor seguridad e identidad digital. - (Imagen Ilustrativa Infobae)

Con la aprobación de la nueva Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos, se ha generado dudas sobre la información que tendrá este documentos y la obligación de tramitarla, pero qué dice la Ley.

¿Qué partes del cuerpo debe escanear la CURP Biométrica?

CURP biométrica
CURP biométrica

Con aprobación de la Cámara de Diputados en junio pasado para que la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (Renapo) ponga en marcha la nueva CURP Biométrica, se ha generado dudas sobre los datos y partes del cuerpo que se deben escanear para tramitarla.

Si nos basamos a los cambios aplicados a la Ley General de Población en su artículo 91 y 91 Bis, nos señala que:

La Clave Única de Registro de Población es la fuente única de identidad de las personas (...) integrada de una secuencia alfanumérica de 18 caracteres que permite identificarlas, la cual contará con, al menos, los siguientes datos:

  • Nombres y apellidos
  • Fecha de nacimiento
  • Sexo o género
  • Lugar de Nacimiento
  • Nacionalidad

Por su parte, en el artículo siguiente, menciona que la versión biométrica tendrá los datos anteriores y se incluye huellas dactilares y fotografía de la persona, pero no se menciona textualmente la recopilación del iris del ojo izquierdo ni derecho, como se ha replicado en diversos medios de comunicación,

“La Clave Única de Registro de Población que, además de los datos previstos en el artículo 91 de esta Ley, contenga huellas dactilares y fotografía, será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital“ Artículo 91 Bis.

Aunque no se puede descartar una posible actualización a este artículo es importante mencionar que no piden escanear los ojos de la población de manera obligatoria. Sin embargo, sí podrán recibir los datos biométricos que hayas registrado en alguna institución de los tres órdenes de gobierno, dejando en la mayoría de casos la licencia de conducir como una identificación que pide el escaneo del iris y del cual podría compartir a la Secretaría de Gobernación con previa autorización.

En sesiones extraordinarias aprobaron en
En sesiones extraordinarias aprobaron en el Senado la CURP biométrica. Foto: x.com/@senadomexicano

Inscripción voluntaria pero condicionada

Aunque la presidenta Claudia Sheinbaum señaló que este documento no será obligatorio, las modificaciones ala Ley General de Población condiciona la compra y trámites gubernamentales al manejo de la CURP Biométrica.

“Todo ente público o particular estará obligado a solicitar la Clave Única de Registro de Población para la prestación de sus trámites y servicios” Artículo 91 Sexies.

De este modo, aunque decidas no actualizar la versión de tu clave única de registro, con el paso del tiempo te será difícil realizar trámites o pagar servicios privados y públicos. Actualmente se colocan módulos pilotos para integrar los datos biométricos a este documentos, los cuales encuentras en la Ciudad de México, Veracruz o Campeche, por mencionar algunos.