
La obtención de una pensión en México es un tema de recurrente preocupación entre quienes están cerca de emprender el retiro, aunque también en un sector de las personas que recién comenzaron a laborar formalmente. Uno de los aspectos de mayor discusión es el de las semanas de cotización ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y lo que sucede si se dejan de aportar durante varios años.
Las semanas de cotización ante el IMSS son los periodos de siete días en los que un trabajador registrado y su patrón realizan aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas se acumulan durante la vida laboral de la persona y resultan fundamentales para obtener derechos y beneficios, como pensiones, incapacidades o servicios médicos.
Su relevancia radica en que el acceso a prestaciones de seguridad social depende del número de semanas cotizadas, siendo uno de los principales requisitos para solicitar la jubilación o pensión. Llevar un control adecuado garantiza la protección social y el respaldo en etapas de retiro o enfermedad.

Qué pasa si dejo de cotizar durante varios años ante el IMSS
En México, algunas personas pueden llegar a dejar de registrar semanas cotizadas por despidos o cambios de trabajo sin un registro ante el IMSS. No obstante, las aportaciones que hayan realizado se encuentran respaldadas por el instituto y pueden ser restituidas en caso de volver a formar parte del régimen obligatorio.
De acuerdo con el artículo 150 de la Ley del Seguro Social, los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio conservarán “los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales”.
De igual manera, el 151 aborda el reconocimiento del tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores. No obstante, la acción dependerá del tiempo en que demoren en volver al régimen obligatorio.

Si la interrupción del pago de cotizaciones es menor a tres años, se reconocerán todas las semanas cotizadas al momento de la reinscripción. En cambio, si la pausa es mayor a tres años, pero menor a seis, las cotizaciones anteriores serán reconocidas cuando el trabajador haya cubierto 26 semanas de nuevas cotizaciones.
Cuando el reingreso sea después de seis años de interrupción, las semanas serán reconocidas al acreditar la cotización de 52 semanas en el nuevo aseguramiento.
“En los casos de pensionados por invalidez que reingresen al régimen obligatorio, cotizarán en todos los seguros, con excepción del de invalidez y vida”, se lee en el apartado IV del artículo 151.
En caso de una baja ante el IMSS, las persona también tienen la posibilidad de adherirse a la continuación voluntaria en el régimen obligatorio.
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